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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (05/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 273896 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de agosto de 2004 porte que servirá para cubrir los gastos de medicinas mien- tras se realiza el proceso de selección correspondiente,ya que los internos de los mencionados EstablecimientosPenitenciarios requieren de ellos porque su desabasteci-miento compromete directamente los servicios esencialesque presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo encuenta que el suministro de medicamentos no puede sersuspendido porque su ausencia puede ocasionar gravedeterioro en la salud de la población penal, así como actosde violencia, reclamos y protestas de éstos que compro-meterían directa e inminentemente, la seguridad de losCentros Penitenciarios; debiéndose tener presente que lasituación expuesta se encuentra prevista en el inciso c)del artículo 19º e inciso a) del artículo 20º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 1683-2004-INPE/10 de fecha 21 de julio de 2004, la Oficina General de Administración,adjunta el Informe Nº 047-2004-INPE/10-04 de fecha 20 de juliode 2004 de la Oficina de Logística, por el que manifiesta que elPlan Anual prevé los bienes y servicios u obras que se requierendurante el Ejercicio Presupuestal y el monto del presupuesto re-querido, cuyo monto tiene relación con la programación de losgastos que se prevé ejecutar durante dicho período para la aten-ción presupuestaria de los servicios que presta y desarrolla elPliego para el Año Fiscal correspondiente; refiriendo que el Pre-supuesto para ejecutar las adquisiciones de medicinas se en-cuentran en cada Unidad Ejecutora y no en el Presupuesto de laUnidad Ejecutora 001: Sede Central Administración Lima, motivopor el cual, señala, las adquisiciones de Menor Cuantía que se-rán autorizadas mediante la exoneración por Situación de Urgen-cia, deben llevarse a cabo por cada Unidad Ejecutora, dado quede no hacerse de este modo, según refiere, se tendría que incu-rrir en gastos adicionales de transporte de los medicamentos,posible deterioro de la mercadería por el traslado de Lima a pro-vincias; indicando asimismo que cada Unidad Ejecutora deberáemitir su respectiva Orden de Compra, Notas de Entrada en Al-macén y Pedido de Comprobante de Salida, debiéndose formali-zar el Contrato mediante las Órdenes de Compra y/o Servicios,documentos que son generados en cada Unidad Ejecutora, porlo que sugiere que cada Unidad Ejecutora (Dirección RegionalLima, Norte Chiclayo, Centro Huancayo, Oriente Pucallpa y NorOriente San Martín del Instituto Nacional Penitenciario),mientrasdure la Situación de Urgencia, adquiera las Medicinas medianteproceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, según el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se conside-ra Situación de Urgencia cuando la ausencia extraordinariae imprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de los serviciosesenciales o de las operaciones productivas que la Entidadtiene a su cargo; por lo que dicha situación faculta a la Enti-dad a la adquisición o contratación de los bienes, serviciosu obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso,necesario para llevar a cabo el proceso de selección quecorresponda; debiendo adquirirse bajo la modalidad de Ad-judicación de Menor Cuantía, adoptando todas las providen-cias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, trans-parencia y economía en el proceso de adjudicación de acuer-do al artículo 3º de la referida norma legal; Que, mediante los artículos 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y el numeral 2) delartículo 108º del acotado Reglamento, modificado por el artí-culo 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, se encuen-tran señalados los procedimientos para los procesos de se-lección exonerados, debiendo cada Unidad Ejecutora: Direc-ción Regional Lima, Norte Chiclayo, Centro Huancayo, OrientePucallpa y Nor Oriente San Martín del Instituto Nacional Pe-nitenciario sujetarse estrictamente a la norma indicada parala compra de lo indispensable a fin de paliar la urgencia; sinperjuicio de que se realicen los procesos de selección co-rrespondientes para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Coordinación Nacional de Salud Penitenciaria del Instituto Nacional Penitenciario y alo opinado por las Oficinas Generales de Administración yAsesoría Jurídica, contándose con las visaciones de losmiembros del Consejo Nacional Penitenciario, y de las Ofi-cinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Or- denado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, ResoluciónMinisterial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades con-feridas mediante Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS;SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Urgencia la ad- quisición del Suministro de Medicinas para los internos de laDirección Regional Lima, Norte Chiclayo, Centro Huancayo,Oriente Pucallpa y Nor Oriente San Martín, por el período desesenta (60) días calendario, a partir de la fecha de la emisiónde la presente Resolución, mientras se lleva a cabo el proce-so de selección programado, por los fundamentos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- EXONERAR a las Unidades Ejecutoras: Dirección Regional Lima, Norte Chiclayo, Centro Huanca-yo, Oriente Pucallpa y Nor Oriente San Martín del InstitutoNacional Penitenciario, del requisito de Licitación PúblicaNacional para la adquisición de medicinas a que se refiereel artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º.- AUTORIZAR a las Unidades Ejecutoras: Dirección Regional Lima, Norte Chiclayo, Centro Huancayo,Oriente Pucallpa y Nor Oriente San Martín del Instituto Na-cional Penitenciario para la adquisición del Suministro deMedicinas para los internos de los Establecimientos Peni-tenciarios de su jurisdicción, por el período de sesenta (60)días calendario, hasta por un monto total de S/. 30,439.20Nuevos Soles, de acuerdo al siguiente detalle: ÍTEMS DIRECCIONES DÍAS MONTO S/. REGIONALES 4,11,38,41,45,88,106,108 DIRECCIÓN REGIONAL LIMA 60 9,828.00 4,11,38,41,56,86,88,106,108 DIR. REG. NORTE CHICLAYO 60 8,014.50 4,11,38,41,56,70,88,106,108 DIR. REG. CENTRO HUANCAYO 60 5,161.50 4,11,38,41,56,70,86,88,106,108 DIR. REG. ORIENTE PUCALLPA 60 4,622.70 4,11,38,41,56,70,88,106,108 DIR. REG. NOR ORIENTE SAN 60 2,812.50 MARTÍN TOTAL S/. 30,439.20 Dicha autorización es por el período antes señalado, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, porlo que mientras dure la Situación de Urgencia prevista en elartículo precedente se deben de adquirir las Medicinas me-diante proceso de adjudicación de Menor Cuantía bajo res-ponsabilidad, según corresponda, con estricta observancia alas disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado dela Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM ysu Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, adoptando todas las providenciasque permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º.- DISPONER la comunicación a la Contra- loría General de la República, dentro de los diez (10) díascalendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- REMITIR copia de la presente Resolu- ción a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 14198 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Aprueban Directiva que regula el "Pro- cedimiento para la constitución del de-recho de superficie en predios de do-minio privado del Estado" RESOLUCIÓN Nº 028-2004/SBN La Molina, 23 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales, en ade- lante la SBN, es la entidad encargada del registro, controly administración del patrimonio estatal, adscrita al Ministe-rio de Economía y Finanzas por Ley Nº 27395, la mismaque tiene como finalidad promover el aprovechamiento eco-nómico de los bienes del Estado a través de un eficientesistema de administración de los mismos; Que, el artículo 1º del Decreto Ley Nº 25554, modifica- do por el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001,establece que los actos de administración, adquisición y