Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2004 (05/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 5 de agosto de 2004

porte que servira para cubrir los gastos de medicinas mientras se realiza el MORDAZA de seleccion correspondiente, ya que los internos de los mencionados Establecimientos Penitenciarios requieren de ellos porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de medicamentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como actos de violencia, reclamos y protestas de estos que comprometerian directa e inminentemente, la seguridad de los Centros Penitenciarios; debiendose tener presente que la situacion expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 1683-2004-INPE/10 de fecha 21 de MORDAZA de 2004, la Oficina General de Administracion, adjunta el Informe Nº 047-2004-INPE/10-04 de fecha 20 de MORDAZA de 2004 de la Oficina de Logistica, por el que manifiesta que el Plan Anual preve los bienes y servicios u obras que se requieren durante el Ejercicio Presupuestal y el monto del presupuesto requerido, cuyo monto tiene relacion con la programacion de los gastos que se preve ejecutar durante dicho periodo para la atencion presupuestaria de los servicios que presta y desarrolla el Pliego para el Ano Fiscal correspondiente; refiriendo que el Presupuesto para ejecutar las adquisiciones de medicinas se encuentran en cada Unidad Ejecutora y no en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central Administracion MORDAZA, motivo por el cual, senala, las adquisiciones de Menor Cuantia que seran autorizadas mediante la exoneracion por Situacion de Urgencia, deben llevarse a cabo por cada Unidad Ejecutora, dado que de no hacerse de este modo, segun refiere, se tendria que incurrir en gastos adicionales de transporte de los medicamentos, posible deterioro de la mercaderia por el traslado de MORDAZA a provincias; indicando asimismo que cada Unidad Ejecutora debera emitir su respectiva Orden de Compra, Notas de Entrada en Almacen y Pedido de Comprobante de Salida, debiendose formalizar el Contrato mediante las Ordenes de Compra y/o Servicios, documentos que son generados en cada Unidad Ejecutora, por lo que sugiere que cada Unidad Ejecutora (Direccion Regional MORDAZA, Norte Chiclayo, Centro Huancayo, Oriente Pucallpa y Nor Oriente San MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario),mientras dure la Situacion de Urgencia, adquiera las Medicinas mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, segun el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, mediante los articulos 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y el numeral 2) del articulo 108º del acotado Reglamento, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo cada Unidad Ejecutora: Direccion Regional MORDAZA, Norte Chiclayo, Centro Huancayo, Oriente Pucallpa y Nor Oriente San MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la urgencia; sin perjuicio de que se realicen los procesos de seleccion correspondientes para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Coordinacion Nacional de Salud Penitenciaria del Instituto Nacional Penitenciario y a lo opinado por las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, y de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS;

Articulo 1º.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la adquisicion del Suministro de Medicinas para los internos de la Direccion Regional MORDAZA, Norte Chiclayo, Centro Huancayo, Oriente Pucallpa y Nor Oriente San MORDAZA, por el periodo de sesenta (60) dias calendario, a partir de la fecha de la emision de la presente Resolucion, mientras se lleva a cabo el MORDAZA de seleccion programado, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR a las Unidades Ejecutoras: Direccion Regional MORDAZA, Norte Chiclayo, Centro Huancayo, Oriente Pucallpa y Nor Oriente San MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario, del requisito de Licitacion Publica Nacional para la adquisicion de medicinas a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR a las Unidades Ejecutoras: Direccion Regional MORDAZA, Norte Chiclayo, Centro Huancayo, Oriente Pucallpa y Nor Oriente San MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario para la adquisicion del Suministro de Medicinas para los internos de los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdiccion, por el periodo de sesenta (60) dias calendario, hasta por un monto total de S/. 30,439.20 Nuevos Soles, de acuerdo al siguiente detalle:
DIRECCIONES DIAS MONTO S/. REGIONALES 4,11,38,41,45,88,106,108 DIRECCION REGIONAL MORDAZA 60 9,828.00 4,11,38,41,56,86,88,106,108 DIR. REG. NORTE CHICLAYO 60 8,014.50 4,11,38,41,56,70,88,106,108 DIR. REG. CENTRO HUANCAYO 60 5,161.50 4,11,38,41,56,70,86,88,106,108 DIR. REG. ORIENTE PUCALLPA 60 4,622.70 4,11,38,41,56,70,88,106,108 DIR. REG. NOR ORIENTE SAN 60 2,812.50 MORDAZA TOTAL S/. 30,439.20 ITEMS

Dicha autorizacion es por el periodo MORDAZA senalado, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por lo que mientras dure la Situacion de Urgencia prevista en el articulo precedente se deben de adquirir las Medicinas mediante MORDAZA de adjudicacion de Menor Cuantia bajo responsabilidad, segun corresponda, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y sus modificatorias, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER la comunicacion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 14198

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Aprueban Directiva que regula el "Procedimiento para la constitucion del derecho de superficie en predios de dominio privado del Estado"
RESOLUCION Nº 028-2004/SBN La MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales, en adelante la SBN, es la entidad encargada del registro, control y administracion del patrimonio estatal, adscrita al Ministerio de Economia y Finanzas por Ley Nº 27395, la misma que tiene como finalidad promover el aprovechamiento economico de los bienes del Estado a traves de un eficiente sistema de administracion de los mismos; Que, el articulo 1º del Decreto Ley Nº 25554, modificado por el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, establece que los actos de administracion, adquisicion y

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