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PÆg. 274330 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de agosto de 2004 las de actualización. Así mismo, las RESOLUCIONES y sus correspondientes informes técnicos se publica- ron en la página WEB del OSINERG. - Resolución OSINERG Nº 070-2004-OS/CD Mediante esta resolución se aprobaron las tarifas y compensaciones y, fórmulas de actualización de los SSTde las empresas que presentaron sus propuestas: EDE- CAÑETE, EGASA, EGENOR y CEMENTO ANDINO. Así mismo, se dispuso que los correspondientes valores seconsignen en resolución complementaria, y que tales valores deberán entrar en vigencia el 1 de mayo de 2004. Esta Resolución, se realizó sobre la base del análisis y conclusiones contenidos en los siguientes informes técnicos: • OSINERG-GART/DGT Nº 011A-2004: Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones del SST de EDE- CAÑETE S.A. • OSINERG-GART/DGT Nº 012A-2004: Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de EGASA. • OSINERG-GART/DGT Nº 013A-2004: Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de Duke Energy International Egenor S. en C. por A. • OSINERG-GART/DGT Nº 014A-2004: Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de CEMENTO ANDINO S.A. - Resolución OSINERG Nº 071-2004-OS/CD Mediante esta Resolución se aprobaron las tarifas y compensaciones correspondientes a: • Los SST de la empresa Red Eléctrica del Sur S.A. • Los SST de la empresa Interconexión Eléctrica ISA PERU S.A. • Las instalaciones de SST de la empresa Red de Ener- gía del Perú S.A. • Las instalaciones de SST que cuentan con regula- ción explícita para las cuales sus titulares no presenta- ron estudios específicos. • Las instalaciones de SST para los cuales no se pre- sentaron propuestas específicas ni se efectuaron estu- dios particulares. También, se dispuso publicar todos estos valores me- diante Resolución complementaria, y que tales valoresdeberán entrar en vigencia el 1 de mayo de 2004. La Resolución OSINERG Nº 071-2004-OS/CD se rea- lizó sobre la base del análisis y conclusiones contenidosen los siguientes informes técnicos: • OSINERG-GART/DGT Nº 015A-2004: Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de de REP. • OSINERG-GART/DGT Nº 016A-2004: Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de REDESUR. • OSINERG-GART/DGT Nº 017A-2004: Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de ISA PERÚ S.A. • OSINERG-GART/DGT Nº 018A-2004: Actualización de las Tarifas y Compensaciones en los SST cuyos Titu- lares no han Presentado Propuestas Tarifarias. • OSINERG-GART/DGT Nº 019A-2004: Actualización de los Cargos de Transmisión Secundaria para Casos Generales. - Resolución OSINERG Nº 072-2004-OS/CD Mediante esta Resolución se consignaron los valores de las tarifas y compensaciones para los SST y sus co-rrespondientes fórmulas de actualización, que fueron aprobados en las Resoluciones OSINERG Nº 070-2004- OS/CD y OSINERG Nº 071-2004-OS/CD. Así mismo, se dispuso la publicación de las referidas resoluciones y sus correspondientes anexos en la pági- na WEB del OSINERG, lo cual se llevó a cabo el día 15de abril de 2004. A continuación se resumen los valores fijados en las RESOLUCIONES: 2.8.1. Peajes en Subestaciones de Referencia2.8.1.1. Peajes por Transmisión Secundaria en el Sis- tema Eléctrico Interconectado NacionalCuadro Nº 2.8-1 Subestaciones Tensión CPSEE Instalaciones Cargos Base KV ctm. S/./kW.h Secundarias ctm. S/./kW.h Paragsha II 138 Oroya Nueva 220 0,0709 SST Tr ansformación Oroya 0,0709 Oroya Nueva 50 Nueva 220/50/13,8 kV [1] Carhuamayo 138 Caripa 138 SST Transformación Oroya 0,0709 Condorcocha 44 0,4232 Nueva 220/50/13,8 kV [1] SST Caripa-Condorcocha, S.E. 0,3523 Condorcocha 138/44KV [2] Montalvo 220 Montalvo 138 Ilo ELP 138 0,4493 SST de ENERSUR [1] 0,4493 Botiflaca 138 Toquepala 138 Tacna 66 0,7711 SST Tacna - Transf. 220/66/10 0,7711 kV; 50 MVA [3] SST Aguaytía-Pucallpa, S.E. Pucallpa 60 2,7746 Aguaytía 220/138/22,9kV, S.E. 2,7746 Pucallpa 138/60/10 kV, Reactor 8MVAR [3] Arequipa 138 0,1045 SST Santuario - Chilina 138kV 0,1045 [2] Cajamarquilla 220 0,0692 SST Celda de Tr ansformación 0,0692 220 kV - S.E. Cajamarquilla [1] [1] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado de la aplicación de las fórmulas de actualización contenidas en la Resolución OSINERG Nº 105-2003-OS/CD y sus modificatorias, así como la actualiza- ción de las tasas ad valorem CIF. [2] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado del aná- lisis de las propuestas de tarifas y compensaciones presentadas, por los titulares de dichas instalaciones, en la presente regulación. [3] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado de la liquidación anual de los respectivos contratos BOOT. El Cargo de Peaje Secundario por Transmisión Equi- valente en Energía (CPSEE)21 de todas las otras Subes- taciones Base del SEIN, no contenidas en el cuadro an- terior son igual a cero. 2.8.1.2. Peajes por Transmisión Secundaria en los Sistemas Aislados El valor del CPSEE para los Sistemas Aislados, con- templados en el Cuadro Nº 1 de la Resolución OSINERG Nº 069-2004-OS/CD, es igual a cero. 2.8.2. Peajes en Subestaciones Diferentes a las Se- ñaladas en el numeral 2.8.1 2.8.2.1. Peajes por Transmisión Secundaria para Empresas Específicas Cuadro Nº 2.8-2 Empresa Concesionarios / SST CBPSE en Puntos de V enta de Energía (Ctms S/./ kW.h) a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) ELECTRONORTE ELECTRONORTE [1] 0,1577 0,5525 DEPOLTI [1] 0,4131 0,4904 ADINELSA [1] 0,1195 0,1588 TOTAL [1] 0,6903 1,2017 ELECTRONOROESTE ELECTRONOROESTE [1] 0,5431 0,8851 ADINELSA [1] 0,0839 0,1228 TOTAL [1] 0,6270 1,0079 HIDRANDINA HIDRANDINA [1] 0,6450 0,8889 EGENOR [4] 0,0118 0,0118 TOTAL [1] 0,6568 0,9007 ELECTROCENTRO ELECTROCENTRO [1][2] 0,9223 1,4656 ADINELSA [1] 0,1527 0,1761 TOTAL [1] 1,0750 1,6417 ELECTROCENTRO ELECTROCENTRO - PASCO - - 0,0565 [1][3] LUZ DEL SUR LUZ DEL SUR[1] 0,6541 1,0315 EDELNOR EDELNOR [1][5] 0,5158 0,9950 ELECTROANDES ELECTROANDES[1] 0,6402 1,3065 ELECTROSURMEDIO ELECTROSURMEDIO[1] 0,5658 1,1959 EDECAÑETE TOTAL [4] [6] 1,4664 1,9184 SEAL SEAL [1] 0,5739 1,1813 21CPSEE: Cargo de Peaje Secundario por Transmisión Equivalente en Energía local, expresado en ctms S/. / kW.h que se agrega en Subestaciones Base es- pecíficas del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN).