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PÆg. 274313 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de agosto de 2004 necesario designar a un Magistrado Suplente que en forma exclusiva se haga cargo de dicho Órgano Jurisdiccional porel tiempo que dure la promoción del Juez Titular; Que, para dicho efecto, debe disponerse la reasignación de un Magistrado Suplente que actualmente esté a cargo deuno de los Juzgados de Reos Libres de esta Corte Supe-rior, y designarse en su reemplazo a un señor abogado quese encuentre apto para actuar como Juez Suplente en esteDistrito Judicial en el presente Año Judicial, comprendidoen la nómina que para tales fines fue aprobada por acuerdode Sala Plena de fecha 30 de enero último, oficializada me-diante Resolución Administrativa Nº 027-2004-P-CSJCL/PJde la misma fecha y publicada en el Diario Oficial El Perua-no de fecha 17 de febrero del año en curso; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por losincisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenadode la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA a partir del 11 de agosto del presente año, la designación del señordoctor Carlos Nieves Cervantes como Juez del SétimoJuzgado Especializado Penal en adición a sus funcionesde Juez Titular del Décimo Primer Juzgado EspecializadoPenal del Callao, dispuesto mediante el Artículo Cuarto dela Resolución Administrativa Nº 085-2004-P-CSJCL/PJ. Artículo Segundo.- REASIGNAR al señor doctor RO- MAIN GANVINI ASCENCIOS, Juez Suplente del TercerJuzgado Especializado Penal del Callao como Juez Su-plente del Sétimo Juzgado Especializado Penal del Callaoa cargo de los procesos con reos en cárcel, a partir del 11de agosto el presente año y hasta el 30 de setiembre próxi-mo. Artículo Tercero.- DESIGNAR como Juez Suplente del Tercer Juzgado Especializado Penal del Callao, a partir del11 de agosto y hasta el 11 setiembre del presente año, alseñor abogado MARCO ANTONIO LARA FLORES porreunir los requisitos de ley y estar considerado como abo-gado apto para actuar como Juez Suplente de este DistritoJudicial en el presente Año Judicial en la nómina aprobadapara tales fines por acuerdo de Sala Plena de fecha 30 deenero último, oficializada mediante Resolución Administra-tiva Nº 027-2004-P-CSJCL/PJ de la misma fecha y publi-cada el 17 de febrero del año en curso. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,de la Oficina de Control de la Magistratura, de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, de la Comisión Distrital de Con-trol de la Magistratura, de la señora Fiscal Superior Deca-na, de los señores Magistrados de este Distrito Judicial,de la Oficina de Administración Distrital, de la Oficina Dis-trital de Imagen Institucional, y del interesado para los fi-nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y públiquese.CARLOS ZECENARRO MATEUS PresidenteCorte Superior de Justicia del Callao 14652 Disponen un día de descanso físico para jueces penales despuØs de realizar tur- no judicial de 24 horas, en la Corte Superior de Justicia del Cono Norte deLima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 253-2004-P-CSJCN/PJ Independencia, diez de agosto del dos mil cuatro. VISTA:La solicitud de los señores jueces penales de este Dis- trito Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, este Distrito Judicial cuenta con diecisiete Juzga- dos especializados en lo penal, quienes rotativamente ypor espacio de veinticuatro horas vienen cumpliendo la la- bor de Jueces de Turno, función que ejecutan sin interferircon las labores del propio juzgado; Que, el cumplimiento de las labores como Juez de Tur- no lo inician desde las ocho de la mañana del día que lescorresponde hasta las ocho antes meridiano del día siguien-te, asumiendo competencia de todas las denuncias querealizan los fiscales de este distrito judicial o de otros, quetengan competencia nacional. También de los pedidos demedidas cautelares de naturaleza real y personal que soli-cita el Ministerio Público al amparo de la Ley Nº 27934, asícomo las acciones de hábeas corpus que se interpongan; Además el Juez penal de turno recibe denuncias de las Fiscalías de turno y post turno de la Sede y de los diversosMódulos de Justicia: Carabayllo, Condevilla y Los Olivos.Estos hechos generan que los señores jueces tengan queamanecerse o permanecer hasta altas horas de la nochedentro de las instalaciones de esta Corte Superior y reini-ciar sus labores a las ocho de la mañana del día siguiente; Que, es contrario a toda norma que una persona que haya cumplido labores por veinticuatro horas y tan luegode haberlas concluido, reinicie una nueva jornada laboralpor espacio de ocho horas más, sin haber tenido descan-so físico. Este hecho afecta a su integridad física corporaly a su derecho a la dignidad como persona humana, espor ello que resulta procedente y amparable constitucio-nalmente el pedido que realizan los jueces penales de estaCorte; Que, esta Corte Superior no cuenta con juzgado penal permanente ni juez supernumerario que se encargue dereemplazar a los jueces a quienes les corresponde su des-canso físico, luego de la jornada como juez de turno. Em-pero sí es previsible adoptar la medida administrativa co-rrespondiente disponiendo que el juez que realice turnotenga un día de descanso físico y el juez del juzgado queantecede asuma su despacho por ese día, siendo que estehecho no afectará el normal desarrollo de la actividad ju-risdiccional ni acarrea gasto alguno al Presupuesto Públi-co; Que, en el caso de los doce Juzgados Penales de la sede central y el Juzgado Penal del MBJ de Condevilla,cuando le corresponda descansar al Juez que estuvo deturno, su despacho será cubierto por el Juzgado Penal quele antecede y en el caso de los Módulos Básicos de Justi-cia de Carabayllo y Los Olivos será cubierto por el Primero Segundo Juzgado, respectivamente; Que, el Presidente de la Corte Superior al amparo del inciso 3) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica delPoder Judicial, tiene facultades para dirigir y aplicar la po-lítica del Poder Judicial en coordinación con el Consejo Eje-cutivo del Poder Judicial, por lo que en uso de dicha atribu-ción; RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER que a partir del día jue- ves doce de agosto del año en curso, los señores juecespenales luego que realicen el turno judicial de veinticuatrohoras, tendrán un día de descanso físico, la misma que sehará efectiva a las ocho de la mañana del día siguiente delturno. Artículo Segundo.- DISPONER que el despacho del juez que hace uso de su descanso físico, será asumidopor el juez del juzgado que antecede, procediéndose delsiguiente modo: EN LA SEDE CENTRAL Y MBJ DE CONDEVILLAEl Juez del 1º Juzgado Penal del 2º Juzgado Penal El Juez del 2º Juzgado Penal del 3º Juzgado PenalEl Juez del 3º Juzgado Penal del 4º Juzgado PenalEl Juez del 4º Juzgado Penal del 5º Juzgado PenalEl Juez del 5º Juzgado Penal del 6º Juzgado PenalEl Juez del 6º Juzgado Penal del 7º Juzgado PenalEl Juez del 7º Juzgado Penal del 8º Juzgado PenalEl Juez del 8º Juzgado Penal del 9º Juzgado PenalEl Juez del 9ºJuzgado Penal del 10º Juzgado Penal.El Juez del 10º Juzgado Penal del 11º Juzgado PenalEl Juez del 11º Juzgado Penal del 12º Juzgado PenalEl Juez del 12º Juzgado Penal del Juzgado Penal del MBJ de Condevilla y, El Juez del Juzgado Penal del MBJ de Condevilla del 1º Juzgado Penal. EN EL MBJ DE CARABAYLLO El Juez del 1º Juzgado Penal del 2º Juzgado Penal y, El Juez del 2º Juzgado Penal del 1º Juzgado Penal.