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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G34/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 30 de agosto de 2004 I N P E /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G79/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45 /G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 641-2004-INPE/P Lima, 25 de agosto de 2004 VISTOS, el Oficio Nº 251-2004-INPE/15.05 de fecha 5 de agosto de 2004, Oficio Nº 225-2004-INPE/15.05-UR- MyS de fecha 2 de agosto de 2004, Oficio Nº 234-2004-INPE/15.05, adjuntando el Informe Técnico Legal Nº 030- 2004-INPE/18.DRN-CH. de fecha 16 de julio de 2004 de la Dirección Regional Norte Chiclayo, por el que solicita sedeclare en situación de urgencia el suministro de Alimen- tos Preparados para los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdicción e Informe Nº 249-2004-INPE/06 de fe-cha 19 de agosto de 2004 de la Oficina General de Aseso- ría Jurídica. CONSIDERANDO Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecu- ción Penal, la Administración Penitenciaria proporciona al interno la alimentación preparada que cumpla con las nor- mas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridadde salud, concordante con el artículo 135º de su Regla- mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 035-INPE/ P de fecha 23 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Instituto Nacional Penitenciario para el año 2004, por el cual se tiene previstola contratación para el Suministro de Alimentos Prepara- dos por Raciones Alimenticias para Internos y Personal INPE que labora 24 X 48 horas en los EstablecimientosPenitenciarios de la Dirección Regional Norte Chiclayo; Que, de acuerdo al Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, la Dirección Regional Norte Chiclayo tieneprevisto los procesos de selección de Licitación Pública Nacional para el "Suministro de Alimentos Preparados para internos y personal INPE que labora 24x48 horas del Esta-blecimiento Penitenciario de Trujillo Varones y Mujeres"; Licitación Pública Nacional para el “Suministro de Alimen- tos Preparados para internos y personal INPE que labora24x48 horas de los Establecimientos Penitenciarios de Piura y Sullana" y Licitación Pública Nacional para el "Suminis- tro de Alimentos Preparados para internos y personal INPEque labora 24x48 horas para los Establecimientos Peniten- ciarios de Picsi Varones y Mujeres y Máxima Seguridad"; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 030-2004- INPE/18.DRN-CH. de fecha 16 de julio de 2004, la Direc- ción Regional Norte Chiclayo manifiesta que con fecha 31 de marzo de 2004, se convocó la Licitación Pública Nacio-nal para el Suministro de alimentos preparados para los internos y personal INPE del E.P. Picsi, habiéndose otor- gado la Buena Pro el 14 de mayo de 2004, refiere tambiénque con fecha 19 de mayo de 2004, el postor que obtuvo el segundo lugar presentó recurso de apelación contra dicho otorgamiento y posteriormente el postor impugnado inter-puso recurso de revisión ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE -, por lo que se está a la espera de la Resolución definitiva del citadoOrganismo; Que, de otro lado la citada Región refiere que mediante Resolución Directoral Nº 399-2004-INPE/18 del 7.6.2004,se declaró de oficio la nulidad del citado proceso debido a las irregularidades cometidas por el Comité Especial du- rante su ejecución, las cuales fueron observadas por laDirección de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional Norte Chiclayo, mediante Informe Legal Nº 017-2004-INPE/ 18.DRN-CH, del 31 de mayo de 2004, toda vez que el refe-rido Comité evaluó las propuestas técnicas y económicas sin considerar los criterios de evaluación y calificación es- tablecidos en las bases, así como permitió maliciosa y do-losamente expedientes de postores con documentación incompleta; asimismo la referida Región manifiesta que ante las irregularidades cometidas en la Licitación Pública Na- cional y el retraso de la convocatoria de los procesos pen-dientes, de acuerdo a la Resolución Presidencial Nº 004- 2004-INPE/P de fecha 2 de enero de 2004, se determinó designar un nuevo Comité Especial, para los procesos deMenor Cuantía y otro diferente para los procesos del sumi- nistro de alimentos preparados para los internos y perso- nal de su jurisdicción, por último la Región señala que setiene programado realizar la Convocatoria de los procesos de selección mencionados; Que, ante estas circunstancias la Dirección Regional Norte Chiclayo manifiesta que es necesario declarar en Situación de Urgencia la contratación del Suministro de Alimentos Preparados para internos y personal INPE quelabora las 24 x 48 horas para los Establecimientos Peni- tenciarios de Trujillo Varones y Mujeres, Piura - Sullana, Picsi Varones y Mujeres y Máxima Seguridad, por el pe-ríodo de sesenta (60) días calendario, a partir de la emi- sión de la correspondiente Resolución, hasta por la suma de S/. 802,358.00 (Ochocientos Dos Mil Trescientos Cin-cuenta y Ocho con 00/100) nuevos soles, importe que servirá para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras se realicen los procesos de selección correspon-dientes, ya que los internos de los mencionados Estable- cimientos Penitenciarios requieren de ellos porque su desabastecimiento compromete directamente los servi-cios esenciales que presta el Instituto Nacional Peniten- ciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede oca-sionar grave deterioro en la salud de la población penal, así como actos de violencia, reclamos y protestas de és- tos que comprometerían directa e inminentemente laseguridad de los Centros Penitenciarios; debiéndose te- ner presente que la situación expuesta se encuentra pre- vista en el inciso c) del artículo 19º e inciso a) del artículo20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situación de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servi-cio compromete en forma directa e inminente la continui- dad de los servicios esenciales o de las operaciones pro- ductivas que la Entidad tiene a su cargo; por lo que dichasituación faculta a la Entidad a la adquisición o contrata- ción de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a caboel proceso de selección que corresponda; debiendo adqui- rirse bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, adoptando todas las providencias que permitan asegurarla moralidad, imparcialidad, transparencia y economía en el proceso de adjudicación de acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, mediante los artículos 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba- do por Decreto Supremo Nº 013–2001-PCM, y el numeral2) del artículo 108º del acotado Reglamento, modificado por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, se encuentran señalados los procedimientos para los pro-cesos de selección exonerados, debiendo la Dirección Regional Norte Chiclayo sujetarse estrictamente a la nor- ma indicada para la compra de lo indispensable a fin depaliar la urgencia; sin perjuicio de que se realicen los pro- cesos de selección correspondientes para las adquisicio- nes definitivas; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Norte Chiclayo y a lo opinado por las Oficinas Generales Admi- nistración y Asesoría Jurídica; contándose con las visa-ciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica, y; De conformidad al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modi- ficatorias, Resolución Ministerial Nº 040-2004-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Supre-ma Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Urgencia la contratación del Suministro de Alimentos Preparados