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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (30/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G34/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 30 de agosto de 2004 Artículo Tercero .- Encargar a cada Presidente de los Jurados Electorales Especiales (21) realizar la contrata- ción de los ítems, personal por locación de servicios y al- quiler de bienes, que tengan por objeto habilitar sus res-pectivos Jurados Electorales Especiales, por los períodos y con los valores referenciales indicados en los cuadros de los Artículos Primero y Segundo; que sumados hacenlos totales de los valores referenciales de setecientos se- senta y nueve mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 769,000.00) y ciento veintinueve mil y 00/100 nuevos soles (S/.129,000.00), respectivamente, con cargo a la fuente de fi- nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo Cuarto .- El egreso que demande el cumpli- miento de la presente Resolución deberá ser afecto a la asignación específica: Actividad 1.02162 “Gestión Electo- ral”, Componente 3.2393, Meta 199206 “Consulta Popularde Revocatoria 2004”, Correlativo de cadena 0010, Asig-naciones Específicas: 5.3.11.27 “Servicios No Personales” y 5.3.11.37 “Alquileres de Bienes”. Artículo Quinto.- La Gerencia de Administración y Fi- nanzas queda encargada de remitir copia de la presenteResolución y de los informes que la sustentan a la Contra- loría General de la República, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación y al Consejo Supe-rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CON- SUCODE, y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, de conformidad a los dispo-sitivos legales vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA Presidente del Jurado Nacional de Elecciones 15677Jurado E Secretario Nº Espec. Nº Asist. A uxiliar. Nº Fiscaliz. Nº Fiscaliz. Nº Fiscaliz. PERSONAL ALQUILER Electoral Contable Administ. Serv. Grls. Legales Técnicos Local de vot. (S/.) DE BIENES Especial de: P I U R A 111122 1 7 4 0 , 200.00 6,000.00 PUNO 111133 1 3 4 2 , 200.00 5,000.00 TARAPOTO 111111 1 1 2 8 , 200.00 7,000.00 T A C N A 111111 2 5 4 2 , 200.00 7,000.00 PUCALLPA 1111113 2 0 , 200.00 5,000.00 El Collao-Puno —— —— —— —— —— —— 39 39,000.00 —— TOTALES 20 20 20 20 38 30 303 7 69,000.00 129,000.00 PERSONAL TIPO PERÍODO IMPORTE MENSUAL (S/.) IMPORTE TOTAL (S/.) (21 JEE) Secretario Septiembre - Octubre 2, 000.00 80,000.00 Especialista Contable Septiembre - Octubre 2,000.00 80,000.00 Asistente Administrativo Septiembre - Octubre 1, 000.00 40,000.00 Auxiliar de Serv. Generales Septiembre - Octubre 600.00 24,000.00 Fiscalizadores Legales Septiembre - Octubre 2, 000.00 15 2,000.00 Fiscalizadores Técnicos Octubre 2,000.00 60,000.00 Fiscalizadores Local de votación (*) Octubre 1,000.00 33 3,000.00 Total 769,000.00 (*) Incluye los 39 Fiscalizadores de Local de votación del JEE de El Collao - Puno ALQUILER DE BIENES PERÍODO IMPORTE TOTAL (S/.) (20 JEE) Septiembre - Octubre 129,000.00 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INDECOPI /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G69/G67/G69/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64 /G64/G65/G6C/G20/G6C/G69/G74/G65/G72/G61/G6C/G20/G65/G29/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G36/G37/GBA/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0089-2004/CRT-INDECOPI Lima, 12 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 0070-2004/CRT-INDE- COPI, la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comercia- les suspendió por 45 días calendario la vigencia del literale) del Artículo 67º del Reglamento General de Acredita- ción; Que, la Secretaría Técnica recomienda ampliar dicho plazo para concluir la evaluación de los efectos de dichoartículo sobre la oferta de los organismos acreditados y la demanda de sus usuarios, y por consiguiente determinar si se mantiene o se modifica el texto original del artículo; Por tanto, con el acuerdo unánime de los miembros re- unidos en sesión de fecha 19 de agosto de 2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- PRORROGAR la suspensión de la exigibilidad del literal e) del Artículo 67° del Reglamento General de Acreditación por cincuenta días calendario, contados desde el 9 de agosto de 2004 hasta el 27 de se-tiembre de 2004. Regístrese y publíquese. Con la intervención de los señores miembros: José Dajes, Fabián Novak, Augusto Ruiloba, Jorge Danós y Ju- lio Paz Soldán. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 15638