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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (01/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 281452 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de diciembre de 2004 Asimismo, agradeceré se sirva remitir su dictamen legal a la brevedad, y elevarlo a la Oficina de Secretaría General para su aprobación y remisión a la Municipalidad Provincial del Ca- llao, a fin de que se ratifique la Ordenanza Nº 001-2003-MDB,según dispositivo Ordenanza Municipal Nº 002-1999. (proce- dimiento para ratificación de las ordenanzas con contenido tributario que emitan las municipalidades distritales). Atentamente, JAIME OBREGÓN GUEROVIC Director Oficina de Administración Tributaria y Rentas 21718 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban amnistía de regularización de licencia de construcción ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029-2004/MDV-CDV Ventanilla, 24 de noviembre del 2004EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Ventanilla, Vistos en Se- sión Ordinaria de fecha 24 de noviembre del 2004, el Informe Nº210-2004/MDV-GDUO-SGOP, Informe Nº 457-2004/MDV-GDUO e Informe Nº 228-2004/MDV-GM sobre propuesta de "Ordenanza de Amnistía de Regularización de Licencia de Construcción" en la Jurisdicción del distrito de Ventanilla; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 196º de la Constitu- ción Política del Estado modificado por la Ley de ReformaConstitucional Nº 27680, las municipalidades tienen com- petencia para, numeral 2: administrar sus bienes y rentas, porque de acuerdo a ley se encuentran facultadas para,numeral 3: crear, modificar y suprimir contribuciones, ta- sas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en tal sentido conforme a lo señalado por el artículo 74º de la norma constitucional, los gobiernos locales crean, modifican y suprimen contribuciones y tasas, o exoneran de éstas dentro de su jurisdicción yen los límites que señala la Ley; Que, mediante Ley Nº 27157 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, se haestablecido los requisitos, derechos y sanciones, para la construcción, modificación, remodelación o demoli- ción de edificaciones; asi como también, para la regula-rización de aquellas edificaciones realizadas sin la auto- rización correspondiente; Que, en la jurisdicción del distrito de Ventanilla se ha detectado que existe un gran número de edificaciones construidas sin la respectiva Licencia de Obra, y que las que se han culminado no cuentan con Certificado deFinalización de Obra respectiva; Que, la presente Gestión Municipal es consciente de las dificultades económicas que afectan a nuestros ve-cinos, así como también la necesidad de Saneamiento Físico Legal de las construcciones; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por el artículo 9º de la Ley Nº 27972-Orgánica de Munici- palidades, luego del debate correspondiente el Pleno del Con- cejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA AMNISTÍA DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Artículo 1º.- APROBAR, una AMNISTÍA DE REGU- LARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN; en la jurisdicción de este distrito por el lapso de 90 díascalendario.Artículo 2º.- Se acogerán a esta Ordenanza los propieta- rios de inmuebles cuyo uso esté destinado a vivienda, comer- cio, industria y servicios profesionales, para que regularicen el trámite de licencia de obra de las edificaciones, ampliaciones ymodificaciones que hayan efectuado, sin la autorización co- rrespondiente y cuya ubicación de terrenos cuenten con Ha- bilitación Urbana y /o Estudios Preliminares aprobados. Artículo 3º.- Otórguese el Certificado de Finalización de Obra a los Propietarios de inmuebles destinados a uso de vivienda, comercio, industria, servicios y profesionales, cuyaconstrucción a la fecha de su solicitud cumpla con las condi- ciones mínimas de habitabilidad y estén de acuerdo al plano aprobado (de conformidad con la sección preliminar, artículo2º numeral 2.2 del reglamento de la Ley Nº 27157 aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC). Artículo 4º.- Los interesados en acogerse a la presente Amnistía, deberán presentar en file debidamente foliado los siguientes documentos: a) FUO "Formulario Único Oficial" parte 1º (triplica- do) debidamente llenado y autorizado por abogado,propietario y profesional responsable. b) Hoja de Trámite, llenada y firmada. c) Copia Literal de Dominio o Copia del Titulo de Propiedad o contrato de Compra y Venta, debidamente autenticado por fedatario municipal. d) Comprobante de pago del derecho de revisión (CAP 0.1% valor de la obra). e) Certificado de Parámetros Urbanísticos Edificato- rios Vigente (50% del valor establecido). f) Planos de localización y ubicación, firmado por profesional responsable. g) Plano de Arquitectura (plantas, cortes, elevacio- nes, detalles). h) Certificado de habilitación de los profesionales y responsables de obra. i) Presupuesto o valor de obra en base a los Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones vigente. j) Recibos de Pago: - Inspección Ocular * Zona Urbana S/. 16.00 (50% del valor establecido en el TUPA) * Zona Industrial y otros S/. 56.00 (50% valor estable- cido en el TUPA) - Licencia de Obra: 50% del valor establecido en el TUPA (mínimo S/. 50.00). - Deterioro de Pistas y Veredas: 50% del valor (míni- mo S/. 50.00) Artículo 5º.- Los propietarios que se acojan a la presen- te Amnistía y cuya solicitud sea procedente serán exonera- dos del 100% del pago por concepto de multa y mora de las que son sujeto, por construir sin Licencia de Construcción. Artículo 6º.- Los expedientes que se encuentren en trámi- te y hayan efectuado la cancelación de pagos de licencia construcción y deterioro de pistas y veredas podrán acogersea la presente amnistía , en lo que respecta a la exoneración por concepto de multas y moras, no procediendo devolución algu- na por pago de derechos ya efectuados. Artículo 7º.- No podrán acceder a la presente amnis- tía las edificaciones sobre las cuales exista Resolución de demolición, las que se hayan hecho sobre el retiromunicipal, jardines de aislamiento y/o construcciones fuera de la propiedad del solicitante. Artículo 8º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Gerencia Municipal y Gerencia de Ad- ministración y Finanzas, dar cumplimiento de la presen- te Ordenanza; y a la Gerencia de Imagen Institucionalsu difusión correspondiente. Artículo 9º.- Autorizar al Alcalde, dictar los Decretos que consideren necesarios con el objeto de posibilitar lamejor implementación de esta Ordenanza; dejándose sin efecto cualquier disposición municipal que se opon- ga y dispénsese de la lectura y aprobación del acta parasu inmediato cumplimiento. Artículo 10º.- Esta Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JULIO JOSÉ LÓPEZ ARANA Alcalde 21683