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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (01/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 281442 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de diciembre de 2004 exonerar de éstas dentro de jurisdicción y con los lími- tes que señala la ley. Que, el artículo 193º de dicha norma establece que son rentas de las municipalidades los tributos creadospor Ley a su favor ,las contribuciones, tasas, arbitrios , licencias y derechos de su competencia creados por su Concejo. Que, la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, establece cuáles son los ingresos tributarios y señala a su acreedor así como alórgano de gobierno local al que corresponde su recau- dación, administración y fiscalización. Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo No 135-99-EF, establece que los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear , modificar ysuprimir tributos. Que, el artículo 41º de dicha norma establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por normaexpresa con rango de Ley y que excepcionalmente los gobiernos locales mediante ordenanza podrán condo- nar con carácter general el interés moratorio y las san-ciones, respecto de los tributos que administren; Que, es política de la gestión municipal actual incen- tivar el cumplimiento por parte de los contribuyentes yayudar al sinceramiento de las obligaciones tributarias, siendo por ello necesario otorgar las facilidades posibles a los contribuyentes del distrito para permitirles ponerseal día con dichas obligaciones; Estando a lo señalado por el Informe Nº 112-2004- GERENT-MDEA, emitido por la Gerencia de Rentas; De conformidad con los artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; luego del debate correspondiente y con dispen-sa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por Unanimidad, la siguiente: ORDENANZA BENEFICIO ESPECIAL DE DESCUENTO PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Artículo 1º.- OBJETO ALCANCE Y VENCIMIENTO La presente Ordenanza tiene por objeto otorgar Be- neficio Temporal para el pago de las deudas tributarias y no tributarias generada por los conceptos de Impuesto Predial, arbitrios municipales (Limpieza Pública, Parquesy Jardines y Serenazgo), Licencias de Funcionamiento; incluso las que se encuentren fraccionadas y/o en co- branza coactiva, a favor de las personas naturales con-tribuyentes que registren predios en nuestro distrito y multas administrativas. Artículo 2º .- BENEFICIOSLos contribuyentes que deseen acogerse a los al- cances de la presente Ordenanza, gozarán de los si- guientes beneficios: a) Beneficio de Rebaja del 70% de los Arbitrios Muni- cipales correspondiente a los años 1994 a 1999. b) Beneficio de Rebaja de los Arbitrios Municipales correspondiente a los años 2000 a 2002, de acuerdo al siguiente detalle, según el valor del predio (autoavalúo) - Hasta 10 U.I.T - 32,0000 Soles 60% DSCTO - màs de 10 U.I.T a 20 U.I.T - hasta 64, 000 40% DSCTO - màs de 20 U.I.T a 30 U.I.T - hasta 96,000 20% DSCTO c) Beneficio de Rebaja del 20% de los Arbitrios Muni- cipales correspondiente a los años 2003 a 2004. d) 100% de descuento del interés moratorio y factor de ajuste del Impuesto Predial y Arbitrios Municipaleshasta el 2004. e) Descuento Especial del derecho de trámite para el otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamien-to: S/. 150.00 Nuevos Soles para la Zona Plana y S/. 100.00 Nuevos Soles para la Zona Cerros. A excepción del giro de: Hostales, Licorerías, bares, bingos, casinosy tragamonedas , billares, taller de mecánicas , lubri- centros, talleres industriales, video pub. f) Los contribuyentes que tengan fraccionamientos pendientes de pago podrán acogerse al presente bene- ficio cancelando sus cuotas pagando solamente el monto insoluto de la deuda materia de Fraccionamiento.g) Descuento Especial del 70% de los montos co- rrespondientes a multas administrativas exclusivamen- te para personas naturales. h) Exoneración del 100% de los montos por concep- to de costas procesales relacionados a las deudas ma- teria de ejecución coactiva. Artículo 3º.- DESISTIMIENTO Los contribuyentes que tengan recursos impugnati- vos pendientes de resolver en materia tributaria y seacojan al presente beneficio, se entenderá por desisti- dos automáticamente. Artículo 4º.- FRACCIONAMIENTO ESPECIALLos Contribuyentes que hayan efectuado pagos a cuenta durante el periodo de vigencia del presente be- neficio podrán acogerse al fraccionamiento especial porel saldo de su deuda, con los montos establecidos por la presente Ordenanza DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los Contribuyentes, para acogerse a los beneficios otorgados para el Periodo 2003 –2004, debe- rán acreditar estar al día en sus pagos de años anterio- res. Segunda :.-El beneficio otorgado al contribuyente, es- tará sujeto al pago obligatorio de la deuda tributarias más antigua a la más reciente. Tercera.-Encargar a la Gerencia de Rentas y a las Unidades Orgánicas que la conforman el cumplimiento de la presente Ordenanza , a la oficina de Imagen Insti-tucional la divulgación y difusión de su alcances ante el vecindario y a Secretaría General la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día 06 de diciembre al 31 de diciembre del 2004. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla VICTOR SALCEDO RIOS Alcalde 21695 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo al ProgramaRed Cil Proempleo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 863-2004 La Molina, 11 de noviembre de 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA Visto; el Informe Nº 402-2004/MDLM-GA de la Ge- rencia de Administración, del 29 de octubre del 2004, mediante el cual presenta la propuesta de designación de la Srta. Glennda López Benetre, Subgerente de Per-sonal de la Municipalidad Distrital de La Molina para re- mitir, cuando corresponda, las ofertas de empleo al Pro- grama Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, todo organismo público y empresa delEstado está obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tenganprevisto concursar, excepto aquellos clasificados como de confianza, con la finalidad de difundir por los medios de comunicación que señala la mismanorma; Que, corresponde al Titular de la Municipalidad Dis- trital de La Molina designar al funcionario responsable deremitir ofertas de empleo de la Municipalidad al mencio-