Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2004 (01/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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nado Programa con diez (10) dias habiles con anticipacion al inicio del concurso de plazas de vacantes a ofertar; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Articulo 9º numeral 20) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Srta. Glennda MORDAZA Benetre, Subgerente de Personal, como funcionario responsable de remitir, cuando corresponda, las ofertas de empleo al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21614

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 021-04/MDLV, para establecer importe de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2005
ORDENANZA Nº 034-04-MDLV La MORDAZA, 26 de octubre de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Orden del Dia de la Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 26 de octubre del 2004, el Informe Tecnico y Exposicion de Motivos Nº 181-04DR/MDLV del 21.10.04 emitido por la Direccion de Rentas respecto al Proyecto de Ordenanza que propone ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 021-04/MDLV, para establecer el importe de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2005, y asimismo el Informe Nº 706-04-DAJ/MDLV de fecha 22.10.04 emitido por la Direccion de Asesoria Juridica y el Dictamen Conjunto Nº 005-2004-CPR/ CPPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes de Rentas y de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la Economia Local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA de las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; reconociendo en su numeral 4 la competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario indica que: "Los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos, y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley"; Que, en concordancia con lo anteriormente expuesto, el numeral 9) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala que son atribuciones del Concejo Municipal; crear, modificar, suprimir

o exonerar de Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos, conforme a Ley; Que, la Ley de Tributacion Municipal, D.L. Nº 776, senala en su Art. 68º, que las Municipalidades podran imponer tasas por servicios publicos y arbitrios, entre otras; Que, de conformidad con el Art. 39º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante sus Ordenanzas, que tienen rango de Ley, como asi establece el numeral 4) del Art. 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, con Ordenanza Nº 021-04/MDLV, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30.4.04, se aprobo el MORDAZA Legal del Regimen Tributario y las tasas de los Arbitrios de los Servicios Publicos de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2004; Que, la Ordenanza precitada, fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con Acuerdo de Concejo Nº 145-04 del 27.5.04, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16.6.04, al haber sido encontrada conforme a la normatividad vigente, dentro de lo establecido por el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 035-99-EF y sus modificatorias; y la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por D.L. Nº 776 y sus modificatorias; Que, los criterios y la metodologia establecida en la Ordenanza Nº 021-04/MDLV son acordes con lo senalado en el D.L. Nº 952, que modifico a partir del 1 de enero del 2005, entre otros, el Art. 69º del D.L. Nº 776, senalando que los criterios de distribucion deben ser vinculados entre si y determinados segun el MORDAZA de servicio, considerando como criterios validos, el area y ubicacion del predio y el uso del inmueble, entre otros, lo que permite determinar el cobro exigido en funcion del costo que demanda el servicio prestado de manera real y/o potencial; Estando a los informes tecnico-legal emitidos por las Direcciones de Rentas y Asesoria Juridica, considerando que la normatividad aplicable para el ejercicio 2005, debe estar acorde con lo establecido en el D.L. Nº 952, y que la Ordenanza Nº 021-04/MDLV, respeta lo senalado en dicho Decreto, habiendose emitido Dictamen Conjunto de las Comisiones Permanentes de Rentas y de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales; De conformidad con lo establecido en el Art. 9º inciso 8) y el Art. 40º de la Ley Organica de MunicipalidadesLey Nº 27972; El Concejo, por Mayoria y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA AMPLIAN VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 021-04/MDLV PARA ESTABLECER EL IMPORTE DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2005 Articulo 1º.- Apliquese para el ejercicio fiscal 2005, las disposiciones de la Ordenanza Nº 021-04-MDLV, que establecio el MORDAZA Legal del Regimen Tributario y las Tasas de los Servicios Publicos de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio Fiscal 2004; que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 145 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16.JUN.2004. Articulo 2º.- Encargar al Secretario General el inicio del procedimiento de ratificacion de la presente Ordenanza ante el Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dentro de los cinco (5) dias habiles posteriores a su aprobacion, de conformidad con lo senalado por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 607-MML; disponiendo su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, una vez que sea ratificada. Articulo 3º.- La Direccion de Rentas y la Direccion de Planificacion, Presupuesto y Estadistica quedaran encargadas del cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21705

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