Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2004 (05/12/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, MORDAZA 5 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 281811

Con fecha 11.10.04 el Jefe de la Unidad de Abastecimiento emite el Informe Nº 050-2004-OA.MDB, mediante la cual le informa al Despacho de Alcaldia que en los almacenes de esta municipalidad no existen los productos utilizados por el Programa Social del Vaso de Leche, de tal manera que existe desabastecimiento de los indicados productos para el mes de octubre del presente ano; Con fecha 8.9.2004 se llevo adelante la Audiencia de Apertura de Sobres del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2004-CEPPVL.MDB, habiendo salido ganador de la Buena Pro la empresa Molitesa EIRL; pero la empresa Industrial del Norte SRL interpuso Recurso impugnatorio de Revision ante el CONSUCODE, el mismo que hasta la fecha se encuentra en giro con Expediente Nº 1140-2004; que siendo esto asi, los efectos contractuales del indicado MORDAZA de seleccion queda en suspenso por disposicion de la Ley; Que, el programa social del Vaso de Leche no puede quedar desabastecido bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, es por ello que es necesario darle solucion a este impase; Que, segun el Informe Legal, la Asesoria Legal de la municipalidad opina favorablemente que el Pleno del Concejo declare en situacion de URGENCIA la compra indicada en vistos, porque las municipalidades estan facultadas para declarar dicho estado de excepcion por las razones expuestas en los parrafos precedentes, mientras se espera el resultado del Recurso de Revision interpuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 10º y SS de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, estas son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, el articulo 36º de la acotada MORDAZA faculta a los Concejos Municipales a ejercer a plenitud las atribuciones contenidas en el articulo indicado en el parrafo precedente; por lo que, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley glosada; ACUERDA: Primero.- DECLARAR en situacion de URGENCIA la compra de leche evaporada en tarro de 410 gr., de 10,892 unidades por el valor de S/. 19,605.60 (DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCO Y 60/100 NUEVOS SOLES); y harina compuesto por MORDAZA, Quinua y Kiwicha por el monto de 2,802 bolsas de 1 Kg., por la suma dineraria de S/.10,647.90 (DIEZ MIL SEISCIENTOS CUARENTISIETE Y 90/100 NUEVOS SOLES), por el mes de octubre del presente ano. Segundo.- Encargar a la Unidad de Administracion para que a traves de la Oficina de Presupuesto y Contabilidad, se afecte los egresos que origine la presente compra. Tercero.- ENCARGAR al Jefe de la Unidad de Administracion la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, e informar a la Contraloria General de la Republica dentro del termino establecido en la Ley de la materia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22007 ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-04-MDB Bellavista, 10 de noviembre del 2004 VISTO: El Acta de Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10.11.2004, el pedido que el Pleno del Concejo declare en situacion de URGENCIA la compra de leche evaporada en tarro de 410 gr., de 10,892 unidades por el valor de S/. 19,605.60 (DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCO Y 60/100 NUEVOS SOLES); y harina compuesto por MORDAZA, Quinua y Kiwicha por el monto de 2,802 bolsas de 1 Kg., por la suma dineraria de S/.10,647.90 (DIEZ MIL SEISCIENTOS CUARENTISIETE Y 90/100 NUEVOS SOLES, por el mes de noviembre del presente ano; el Informe Nº 057-2004-OA.MDB su fecha 10.11.2004 que informa sobre el desabastecimiento del Programa Social del Vaso de Leche; y, el Informe Legal Nº 055-04GACO.AAE.MDB su fecha 10.11.2004, respectivamente; donde opinan de la justificacion tecnico legal de la procedencia y adecuacion a la situacion de urgencia de la

compra indicada, prevista en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM; y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM; CONSIDERANDO: Que, segun la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 22º de la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano 2004; Ley Nº 28128, establece los montos para la determinacion de los procesos de seleccion; Que, de conformidad con el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio, compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, facultandole dicha situacion a la adquisicion de los bienes necesarios exonerados de cualquier MORDAZA de seleccion; Con fecha 10.11.04 el Jefe de la Unidad de Abastecimiento emite el Informe Nº 057-2004-OA.MDB, mediante la cual le informa al Despacho de Alcaldia que en los almacenes de esta municipalidad no existen los productos utilizados por el Programa Social del Vaso de Leche, de tal manera que existe desabastecimiento de los indicados productos para el mes de noviembre del presente ano; Con fecha 8.9.2004 se llevo adelante la Audiencia de Apertura de Sobres del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2004-CEPPVL.MDB, habiendo salido ganador de la Buena Pro la empresa Molitesa EIRL; pero la empresa Industrial del Norte SRL interpuso Recurso impugnatorio de Revision ante el CONSUCODE, el mismo que hasta la fecha se encuentra en giro con Expediente Nº 1140-2004; que siendo esto asi, los efectos contractuales del indicado MORDAZA de seleccion queda en suspenso por disposicion de la Ley; Que, el programa social del Vaso de Leche no puede quedar desabastecida bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, es por ello que es necesario darle solucion a este impase; Que, segun el Informe Legal, la Asesoria Legal de la municipalidad opina favorablemente que el Pleno del Concejo declare en situacion de URGENCIA la compra indicada en vistos, porque la municipalidades estan facultadas para declarar dicho estado de excepcion por las razones expuestas en los parrafos precedentes, mientras se espera el resultado del Recurso de Revision interpuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 10º y SS de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, estas son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, el articulo 36º de la acotada MORDAZA faculta a los Concejos Municipales a ejercer a plenitud las atribuciones contenidas en el articulo indicado en el parrafo precedente; por lo que, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley glosada; ACUERDA: Primero.- DECLARAR en situacion de URGENCIA la compra de leche evaporada en tarro de 410 gr., de 10,892 unidades por el valor de S/. 19,605.60 (DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCO Y 60/100 NUEVOS SOLES); y harina compuesto por MORDAZA, Quinua y Kiwicha por el monto de 2,802 bolsas de 1 Kg., por la suma dineraria de S/.10,647.90 (DIEZ MIL SEISCIENTOS CUARENTISIETE Y 90/100 NUEVOS SOLES, por el mes de noviembre del presente ano. Segundo.- Encargar a la Unidad de Administracion para que a traves de la Oficina de Presupuesto y Contabilidad, se afecte los egresos que origine la presente compra. Tercero.- ENCARGAR al Jefe de la Unidad de Administracion la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, e informar a la Contraloria General de la Republica dentro del termino establecido en la Ley de la materia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22008

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.