Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2004 (05/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, MORDAZA 5 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen tasas para el establecimiento de kioscos y el ejercicio del comercio ambulatorio en playas del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 119 MORDAZA MORDAZA, 29 de octubre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Publica de la fecha, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- ESTABLEZCASE la tasa de autorizacion para realizar actividades de provecho particular, generados por gastos de mantenimiento y limpieza publica en las playas marinas del distrito de MORDAZA MORDAZA, para los contribuyentes que realicen actividades comerciales durante los meses de enero, febrero y marzo del ano 2005, en las playas: Chica y Grande, segun la siguiente escala:
Establecimientos (Kioscos y Similares) en Playa Chica, ubicados hasta en una distancia de 200 metros de la playa.
- El 21.8750% de la U.I.T. (1 autorizacion) S/. 700.00 c/autoriz. x Temp.

zado en la presente Ordenanza, quedando tambien prohibido a los comerciantes autorizados la comercializacion de un producto distinto al autorizado, bajo sancion de multa y de decomiso. Articulo 7º.- ESTABLEZCASE que en caso que las autorizaciones concedidas, colisionen con la tranquilidad o bienestar de los vecinos en las playas del distrito, o atenten contra la salud publica, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, se reserva el derecho de cancelar dichas autorizaciones otorgadas, procediendo a devolverse la diferencia del monto pago por dicho concepto, previa liquidacion y descontandose el veinte por ciento (20%) por concepto de gastos administrativos incurridos, sin reclamo alguno. Articulo 8º.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion y Oficina de Rentas, en lo que les fuere de su competencia. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22002

Precisan Acuerdos Nºs. 024 y 025-2004MDSR relativos a la exoneracion de MORDAZA de seleccion para contratacion de empresas por servicios personalisimos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 058-2004-MDSR MORDAZA MORDAZA, 27 de noviembre del 2004 Visto, en Sesion Ordinaria Publica del Concejo Municipal de la fecha, el Oficio Nº 460-2004-CG/GDES de la Contraloria General de la Republica, de fecha 16.NOV.2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de Visto, el organo de Control de la Republica, senala que en los Acuerdos de Concejo Nºs. 024-2004-MDSR y 025-2004-MDSR que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por causal de servicios personalisimos, para la contratacion de las Empresas WATER FALL S.A.C. y CONSORCIO NACIONAL A+1 S.R.L., para la prestacion de servicios de Fiscalizacion selectiva, asesoria, procuraduria y gestion de cobranzas en materia tributaria y administrativa, recuperacion de tributos atrasados y determinacion de sanciones tributarias y administrativas, y servicios de fiscalizacion de publicidad exterior, instalada en locales comerciales y otros que se encuentren ubicados dentro del distrito de MORDAZA MORDAZA, respectivamente; no ha sido consignado el periodo de consignacion ni la fuente de financiamiento; Que, estando a la observacion formulada por el precitado organo de Control, se hace necesario expedir el presente dispositivo para precisar los citados Acuerdos de Concejo Nºs. 024-2004-MDSR y 025-2004-MDSR, en el sentido que, el periodo de exoneracion del MORDAZA de seleccion, por causal de servicios personalisimos para la contratacion de las Empresas WATER FALL S.A.C. y CONSORCIO NACIONAL A+1 S.R.L. es de doce (12) meses conforme se estipula en los respectivos contratos por Locacion de Servicios; siendo la fuente de financiamiento con Recursos Propios provenientes de la labor de Fiscalizacion que realice la Municipalidad con la participacion asesora, procuradora y gestion de cobranzas en materia tributaria y administrativa, y en materia de publicidad exterior de las referidas empresas de acuerdo a los respectivos Contratos de Locacion de Servicios; Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Distrital de MORDAZA MORDAZA, por unanimidad, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta;

Establecimientos (Kioscos y Similares) en Playa Grande, ubicados hasta en una distancia de 200 metros de la playa.
- El 10.9375% de la U.I.T. (8 autorizaciones) S/. 350.00 c/autoriz. x Temp.

Comercio Ambulatorio en Playa Chica:
- Venta de Barquillos, el 1.5625% de la .U.I.T. (3 autoriz.) - Venta de Helados, el 2.8125% de la U.I.T. (5 autoriz.) S/. S/. 50.00 90.00 c/autoriz. x mes c/autoriz. x mes

Comercio Ambulatorio en Playa Grande:
- Alquiler de sombrillas, el 3.125% de la U.I.T. (5 autoriz.) - Alquiler de toldos (de 3 x 2.5 m²), el 6.25% de la U.I.T. (3 autoriz.) - Venta de Barquillos, el 1.5625% de la .U.I.T. (8 autoriz.) - Venta de Helados, el 2.8125% de la U.I.T. (8 autoriz.) - Venta de Sandwich, el 1.5625% de la U.I.T. (8 autoriz.) S/. 100.00 S/. 200.00 S/. S/. S/. 50.00 90.00 50.00 c/autoriz. x mes c/autoriz. x mes c/autoriz. x mes c/autoriz. x mes c/autoriz. x mes

Establecimientos (Kioscos y Similares), ubicados a mas de 200 metros de las playas del distrito.
- El 15.6250 % de la U.I.T. (7 autorizaciones) S/. 500.00 c/autoriz. x Temp.

Articulo 2º.- DISPONGASE la adjudicacion de estos servicios y/o actividades por la temporada MORDAZA 2005, durante los meses de enero a marzo, a quienes no tengan deuda alguna con esta Municipalidad por estos conceptos. Articulo 3º.- FACULTASE a la Direccion Municipal la emision y la firma de los respectivos convenios que se realicen con los contribuyentes, por los conceptos mencionados en el Articulo 1º. Articulo 4º.- Los modos de cobranza y el pago anticipado de las tasas mencionadas en el Articulo 1º, estaran a cargo de la Oficina de Rentas. Articulo 5º.- Las tasas a que se refiere el Articulo 1º de la presente Ordenanza incluye el derecho por el costo de una gorra y un chaleco con el logotipo municipal, y que debera ser llevado obligatoriamente por los comerciantes como distintivo de autorizacion municipal. Articulo 6º.- PROHIBASE en las playas del distrito de MORDAZA MORDAZA todo comercio no comprendido y no autori-

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