Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2004 (05/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, MORDAZA 5 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales; otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley en concordancia con la MORDAZA IV - MORDAZA de Legalidad Reserva de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru el Concejo Municipal cumple funcion normativa a traves de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, mediante Ordenanza Nº 176-CDLO, de fecha 14 de octubre de 2004, se prorrogo el beneficio de Condonacion del 40% de Interes Moratorio y ajustes de tributarios municipales, por la suscripcion de convenios de fraccionamiento; siendo necesario y urgente prorrogar dicho beneficio tributario; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y POR UNANIMIDAD, el Concejo Distrital de Los MORDAZA aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 188-CDLO QUE PRORROGA EL BENEFICIO DE CONDONACION DEL 40% DE INTERESES MORATORIOS y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES VENCIDOS MEDIANTE LA SUSCRIPCION DE CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO CONTENIDO EN LA ORDENANZA 176-CDLO Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 8 de enero del ano 2005, los alcances del beneficio tributario contenido en el articulo primero de la Ordenanza Nº 176CDLO de fecha 14 de octubre de 2004. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCION DE RECAUDACION y ADMINISTRACION TRIBUTARIA y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTION INFORMATICA, su debida implementacion y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su publicacion y difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

634-2004-MDLO/SGII de Secretaria General e Imagen Institucional, el Dictamen Nº 065 -2004 MDLO-CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales; otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley en concordancia con la MORDAZA IV - MORDAZA de Legalidad Reserva de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru el Concejo Municipal cumple funcion normativa a traves de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, mediante Ordenanza Nº 177-CDLO de fecha 14 de octubre de 2004, se prorrogo el beneficio de exoneracion parcial del arbitrio de serenazgo por pago al contado de periodos vencidos, el mismo que es necesario y urgente prorrogar nuevamente; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y POR UNANIMIDAD, el Concejo Distrital de Los MORDAZA aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 189-CDLO QUE PRORROGA EL BENEFICIO TRIBUTARIO DE EXONERACION PARCIAL POR ARBITRIO DE SERENAZGO POR PAGO AL CONTADO DE PERIODOS VENCIDOS CONTENIDO EN LA ORDENANZA Nº 177-CDLO Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 8 de enero del ano 2005, los alcances del beneficio tributario contenido en el articulo primero de la Ordenanza Nº 177CDLO de fecha 14 de octubre de 2004. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCION DE RECAUDACION Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTION INFORMATICA, su debida implementacion y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su publicacion y difusion. POR TANTO:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 22065

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 22066

Prorrogan Beneficio Tributario de Exoneracion Parcial por Arbitrio de Serenazgo por pago al contado de periodos vencidos contenidos en la Ordenanza Nº 177-CDLO
ORDENANZA Nº 189-CDLO Los MORDAZA, 2 de diciembre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 592-2004-MDLO/SGAF/DRAT de la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria, el Informe Nº 320-2004-MDLO/SGAF de la Sub Gerencia de Administracion y Finanzas, el Informe Nº

Aprueban beneficio de condonacion de Multas por Licencias de Construccion en el distrito de Los MORDAZA
ORDENANZA Nº 190-CDLO Los MORDAZA, 2 de diciembre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 988-2004-MDLO-SGDU de la Subgerencia de Desarrollo MORDAZA, el Dictamen Nº 0072004-MDLO/CDU de la Comision de Desarrollo Urbano; y,

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