Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2004 (05/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de diciembre de 2004

aprobacion del Acta y con el MORDAZA Unanime se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA AUTORIZACION MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DE LOS LUSTRADORES DE CALZADO EN LA VIA PUBLICA DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES CAPITULO I BASE LEGAL Las normas legales en que se sustenta la presente Ordenanza son: - Constitucion Politica del Peru - Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27475, Ley que regula la actividad del Lustrabotas. - Ley Nº 27597, Ley que modifica la Ley Nº 27475 - Ley Nº 25249 Ley que se creo la MORDAZA de Proteccion y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Peru - CAJAPATRAC. - Acuerdo de Concejo Nº 136-MML de fecha 24 de junio de 1994, que establece el 17 de junio "Dia Institucional del Lustrador de Calzado del Peru". - Decreto Supremo Nº 006-91-TR, que reglamenta la Ley Nº 25249 - Decreto Supremo Nº 006-2002-TR, que reglamenta la Ley Nº 27597. - Ley Nº 25593 y su Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo D.S. Nº 011-92-TR, que crea la Federacion Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado del Peru - FENTRALUC, registrada en el registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao con partida Nº 110-08900. CAPITULO II OBJETIVO Y ALCANCES Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene como objetivo, regular los aspectos tecnicos y administrativos necesarios para el ejercicio de las actividades de los trabajadores lustradores de calzado en areas de uso Publico y para la ubicacion de sus modulos en las zonas reguladas. Articulo 2º.- La presente Ordenanza se aplicara en todo el ambito jurisdiccional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, y en forma especifica a los trabajadores lustradores de calzado en areas de uso publico. CAPITULO III

see condiciones de seguridad en sus instalaciones y estructura. e) Evaluacion Social: Es el estudio de la condicion social del trabajador para determinar si esta actividad constituye el unico medio de subsistencia y/o si tienen alguna discapacidad fisica o son personas de la tercera edad. f) Modulo de Lustrar Calzado: Es el puesto de servicio publico y el mobiliario de dimensiones y caracteristicas reglamentarias que se ubican en zonas previamente autorizados en la via publica por la Municipalidad para el desarrollo de esta actividad. El mobiliario del servicio de lustrar calzado de uno y dos asientos sera rodante. g) Trabajador de Servicio de Lustrar Calzado: Es la persona natural, que presta servicios al publico en limpieza, embetunado, engamuzados, tenidos y mantenimiento de calzados. h) MORDAZA Regulada: Zonas de la via publica en los que la municipalidad por consideraciones de orden tecnico y previo estudio de factibilidad, autoriza la ubicacion de modulos para el ejercicio de las actividades de los trabajadores lustradores de calzado. i) MORDAZA Rigida: Zonas o espacios de la via publica los cuales por razones de ordenamiento MORDAZA, salubridad, seguridad y ornato no se autoriza ningun MORDAZA de actividad comercial o de servicios. CAPITULO IV DISPOSICIONES TECNICAS Y SOCIALES Articulo 4º.- DE LA UBICACION Para la ubicacion de los modulos se tomara en cuenta los lugares considerados como zonas reguladas por la municipalidad, los cuales seran determinados tecnicamente, de modo tal que se acredite que la ubicacion del modulo, no cause problemas de seguridad, no distorsione el ornato de la MORDAZA y seran ubicados en zonas reguladas. Articulo 5º.- CARACTERISTICAS DEL MODULO La forma, dimension, MORDAZA, materiales y otras caracteristicas del modulo seran: a) De color MORDAZA cromo, interior MORDAZA humo (formica) de medidas reglamentadas tanto para el de dos asientos y un asiento. b) Contaran con el logo y el Escudo de la Municipalidad. c) Las dimensiones seran de: - Un asiento, de 0.70 m. largo x 0.60 m. ancho x 2.15 m. alto. - Dos asientos, de 1.50 m. largo x 0.60 m. ancho x 2.15 m. alto. CAPITULO V

DEFINICIONES GENERALES DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Articulo 3º.- Para los efectos de la presente Ordenanza se consideran: a) Autoridad Municipal: La Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores a traves de la Subgerencia de Comercializacion y Defensa al Consumidor de la Gerencia de Desarrollo Economico, y de la Subgerencia de Policia Municipal y Serenazgo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, quienes autorizaran, controlaran y supervisaran esta actividad. b) Calidad de Servicio: Conjunto de cualidades en la prestacion del servicio constituido basicamente por la seguridad, comodidad, higiene y honestidad. c) Deposito Municipal: Local Municipal dentro del distrito o fuera de el para internar los puestos de lustrado de calzado por infracciones cometidas por las personas autorizadas a trabajar en ellos. d) Evaluacion Tecnica: Es el estudio tecnico efectuado por las areas correspondientes, cuyo objetivo es determinar la procedencia o no de la autorizacion de instalacion de un modulo en el lugar, teniendo en cuenta para ello que lo solicitado no perturbe el ornato, que cumpla con las caracteristicas en cuanto a color, forma, tamano e identificacion, asi como a verificar si poArticulo 6º.- DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL Es la otorgada por la autoridad municipal a nombre del trabajador, facultandolo por el termino de un (01) ano en la ubicacion concedida para el ejercicio de esta actividad; dicha autorizacion sera revocada, sustentada en razones de remodelacion de la via publica u otras circunstancias justificadas. La autorizacion debera exhibirse permanentemente en un lugar visible del modulo. La autorizacion municipal de funcionamiento no otorga derecho posesorio sobre el area publica en el que se ubicara el puesto de lustrado de calzado, por lo que la autoridad municipal, podra disponer la reubicacion o retiro definitivo de dicho puesto en los casos contemplados en el parrafo anterior. Solo se expedira autorizacion municipal a las personas naturales que MORDAZA mayores de edad. En el caso de menores de edad, se otorgara dicha autorizacion, a aquellos que cuenten con la autorizacion de sus padres, esten inscritos en el registro municipal de la DefensorIa Municipal del MORDAZA y del Adolescente (DEMUNA) del distrito y cumplan lo dispuesto en el Codigo de los Ninos y Adolescente. Articulo 7º.- DEL PROCEDIMIENTO Para tramitar la autorizacion municipal, los trabajadores lustradores de calzado deberan adjuntar los siguientes requisitos

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