Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (07/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G38/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 7 de diciembre de 2004 Nº TIPOS DE BAJA REQUISITOS 10 Extinción o disolución de Documento que acredite el acuerdo de los Sociedades Irregulares socios de poner fin a la Sociedad Irregular y, la constancia o certificado de los Registros Pú-blicos en el que conste que no existe unaPersona Jurídica inscrita con la denominacióno razón social elegida por la Sociedad Irregu-lar, cuya fecha de expedición no exceda losdiez (10) días hábiles; o, de ser el caso, laficha de inscripción de la Persona Jurídicaque se encuentre inscrita con la misma deno-minación o razón social elegida por la Socie-dad Irregular. (...) Nº TIPOS DE BAJA REQUISITOS 12 Liquidación de fondos de FONDOS MUTUOS Y FONDOS DE INVER- inversión, y fondos mu- SIÓN DE OFER TA PÚBLICA: tuos de inversión en valo- Resolución de la CONASEV de exclusión del res. Registro Público del Mercado de Valores. FONDOS DE INVERSIÓN DE OFER TA PRI- VADA: Documento que contenga el acto de disolu-ción o extinción legalizado por Notario Públi-co. (...) Nº TIPOS DE BAJA REQUISITOS 15 Cancelación de la inscrip- Resolución mediante la cual cancela su ins- ción de las Entidades e cripción en el Registro de Entidades e Insti- Instituciones Extranjeras tuciones Extranjeras de Cooperación Técni-de Cooperación Técnica ca Internacional de la Agencia Peruana de Internacional - ENIEX Cooperación Internacional - APCI, o constan- cia de la no renovación de la inscripción en elcitado Registro expedido por la referida Agen-cia. (...)" Artículo 14º.- TRÁMITE DE BAJA DE INSCRIPCIÓN - ANEXO Nº 3 Sustitúyase el último rubro del Anexo Nº 3 de la Reso- lución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT, por elsiguiente texto: "ANEXO Nº 3 SOLICITUD DE BAJA DE INSCRIPCIÓN EN EL RUC (...)El trámite de baja de inscripción se realizará de manera personal por el titular o su representante legal. De efec-tuarse por un tercero, adicionalmente éste deberá exhibir el original y presentar fotocopia simple de su documento de identidad y presentar el siguiente formulario:  Formulario 2135 "Solicitud de Baja de Inscripción o de Tributos", firmado por el titular o representante legal acredi-tado en el RUC." Artículo 15º.- REQUISITOS GENERALES - ANEXO Nº 5 Sustitúyase los numerales 1, 2, 3, 4, 18 y 20 del Rubro "Requisitos Generales" del Anexo Nº 5 de la Resolución deSuperintendencia Nº 210-2004/SUNAT, por los siguientestextos: "ANEXO Nº 5 SUJETOS OBLIGADOS A COMUNICAR LOS DATOS DE LAS PERSONAS VINCULADAS AL CONTRIBUYENTE REQUISITOS GENERALES:(...) Nº DESCRIPCIÓN PERSONA VINCULADA 1 Sociedad conyugal sin Cónyuge. negocio.Nº DESCRIPCIÓN PERSONA VINCULADA 2 Sociedad conyugal con Cónyuge. negocio. 3 Sucesión indivisa sin Mi embros de la sucesión. negocio. 4 Sucesión indivisa con ne- Miembros de la sucesión. gocio. (...) Nº DESCRIPCIÓN PERSONA VINCULADA 18 Partidos, Movimient os, Fundadores y hasta 30 dirigentes. Organizaciones y Alian- zas Políticas. (...) Nº DESCRIPCIÓN PERSONA VINCULADA 20 Sindicatos, Federaciones Dirigentes. y Confederaciones de trabajadores. (...)" Artículo 16º.- TRÁMITE DE BAJA DE INSCRIPCIÓN - ANEXO Nº 5 Sustitúyase el último rubro del Anexo Nº 5 de la Reso- lución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT, por el siguiente texto: "ANEXO Nº 5 SUJETOS OBLIGADOS A COMUNICAR LOS DATOS DE LAS PERSONAS VINCULADAS AL CONTRIBUYENTE (...) El trámite de alta, modificación o baja de personas vin- culadas se realizará de manera personal por el titular o su representante legal. De efectuarse por un tercero, adicio- nalmente éste deberá exhibir el original y presentar foto- copia simple de su documento de identidad y presentar el siguiente formulario:  Formulario Nº 2054 - "Representantes Legales, Direc- tores, Miembros del Consejo Directivo y Personas Vincula-das", firmado por el titular o su representante legal acredi- tado en el RUC." Artículo 17º.- ANEXO Nº 6 Incorpórase al Anexo Nº 6 de la Resolución de Super- intendencia Nº 210-2004/SUNAT los procedimientos, ac- tos u operaciones realizados en las entidades de la admi-nistración pública que se detallan en el anexo adjunto a la presente resolución. Artículo 18º.- VIGENCIA La presente Resolución de Superintendencia entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación, salvo lo dispuesto en el artículo 17º, que entrará en vigen-cia el 3 de enero del año 2005. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Tiene carácter de precisión, la mención a Uni- dades Ejecutoras, dispuesta en el inciso j) del artículo 27º y numeral 9 del Anexo Nº 3 de la Resolución de Superin- tendencia Nº 210-2004/SUNAT, modificados por la presen- te Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacionalde Administración Tributaria