Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2004 (07/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de diciembre de 2004

Que, conforme a lo senalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Oficio Nº 1194/2001 (GTN-MON) del 9 de noviembre del 2001, corresponde en forma exclusiva al Titular del Pliego la facultad prevista en el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal; Que, conforme al articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la mas alta autoridad de la Entidad puede disponer la evaluacion del adecuado desempeno de los miembros del Comite Especial y servidores que participaron en el presente MORDAZA de seleccion, con la finalidad de deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0420S00031 "Contratacion del servicio de mantenimiento de equipos biomedicos para la Red Asistencial Moquegua", en consecuencia sin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro a favor del CONSORCIO TUMIMED S.R.L. - TECNICAS UNIDAS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL, MEDICINA y EQUIPOS DIVERSOS S.A.C., retrotrayendose el MORDAZA a la Etapa de Convocatoria, previa reformulacion de las Bases. 2. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes de su expedicion. 3. ENCARGAR al Organo de Control Institucional la evaluacion del adecuado desempeno de los servidores o funcionarios, asi como de los miembros del Comite Especial que participaron en el referido MORDAZA de seleccion. 4. DISPONER que la Secretaria General notifique la presente Resolucion a la Red Asistencial MORDAZA y a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 22051

OSINERG
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de asesoria legal externa a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 122-2004-OS/PRES
MORDAZA, 1 de diciembre de 2004 VISTO: El Informe Legal OSINERG-GART-AL-2004-163 de fecha 29 de noviembre de 2004 emitido por la Asesoria Legal Interna de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERG. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los

contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad profesion, ciencia, arte y oficio; Que, mediante el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2004163 y Memorando GART-OA-261-2004, la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERG pone en conocimiento de la Gerencia General, la necesidad de contratar los servicios del Dr. MORDAZA Del MORDAZA Bacigalupo, miembro del Estudio Juridico MORDAZA Barandiaran, MORDAZA, Del MORDAZA & Lavaggi Abogados, profesional con amplio conocimiento en regulacion tarifaria y ademas altamente especializado en el tema, con conocimientos evidenciados en regulacion tarifaria; Que, el referido profesional empezo a prestar servicios en el MORDAZA del servicio publico de electricidad en el ano 1966, de modo tal que, a la fecha, cuenta con una experiencia de mas de 38 anos en materia electrica, de los cuales los ultimos 12 anos ha desempenado labores de asesoramiento a la Comision de Tarifas de Energia, inicialmente, y luego al OSINERG; Que, como se puede apreciar, la contratacion de los servicios indicados se realiza teniendo en consideracion a la persona del locador, sus caracteristicas inherentes, particulares y especiales, asi como su calidad profesional, lo que califica dichos servicios como personalisimos o servicios intuito personae, como los conoce la doctrina; Que, de acuerdo a lo expresado anteriormente, los servicios profesionales del Dr. MORDAZA Del MORDAZA Bacigalupo, constituyen servicios personalisimos dado que su idoneidad para prestar el servicio proviene de su calidad y experiencia ampliamente reconocida, en funcion a sus MORDAZA profesionales y su solvencia moral, que le permitieran desenvolverse con idoneidad en la asesoria legal de temas regulatorios; Que, en tal sentido, se ha configurado la causal de exoneracion establecida en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que permite exonerar la contratacion de los servicios requeridos del MORDAZA de seleccion que le corresponde en funcion a su cuantia; Que, de esta manera, es procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por servicios personalisimos, para la contratacion de la asesoria legal externa para la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG, en los aspectos regulatorios materia de la funcion del ente regulador; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012.2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Oficina de Administracion y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion por servicios personalisimos del MORDAZA de adjudicacion directa publica para la asesoria legal externa a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG en los aspectos regulatorios materia de la funcion de dicha gerencia para el ejercicio 2005. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administracion y Finanzas para que proceda a la contratacion del Dr. MORDAZA Del MORDAZA Bacigalupo, para la prestacion de servicio aprobado en el articulo anterior, previo MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, con un valor referencial MORDAZA de S/. 163,500.00 (Ciento Sesenta y Tres Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), debiendo agregarse los impuestos de ley, en las cuotas y forma que establezca el contrato. Articulo 3º.- La fuente de financiamiento se realizara con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG y la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes Tecnicos Economico y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, asi como proceder a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 22108

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