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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (12/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de diciembre de 2004 ARBITRIOS MUNICIPALES 2005 BALNEARIO Factor Limpieza Pública Parques y Jardines Serenazgo Área Construida 3.688334394 1.349956413 2.883849628 Área de Terreno 0.28603597 0.104081262 0.434924291 VILLA MERCEDES Factor Limpieza Pública Parques y Jardines Serenazgo Area Construida 1.775326184 0.650150297 0.00 Area de Terreno 0.11252509 0.040945106 0.00 MONTOS MÍNIMOS Y MÁXIMOS Balneario Villa Mercedes Mínimo Máximo Mínimo Máximo Mensual Mensual Limpieza Pública - 400.00 - - Parques y Jardines - 150.00 - - Serenazgo - 300.00 - 10.00 22462 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 036-2004-MDLP-ALC Mediante Oficio Nº 457-2004-MDLP/GM, la Municipali- dad Distrital de La Punta solicita se publique Fe de Erra- tas de la Ordenanza Nº 036-2004-MDLP-ALC, publicadaen nuestra edición del día 5 de diciembre de 2004. En el Artículo Primero, en el cuadro denominado "Tem- porada Año 2005" DICE: Venta de algodón dulce 10 Barquillo, cancha, maní, golosinas, cocoliche, 15Churros, rosquitas, empanadas y otros 10Alquiler de sombrillaVenta de Artesanía DEBE DECIR: Venta de algodón dulce, barquillo 10cancha, maní, golosinas, cocoliche, churros, rosquitas,empanadas y otros Alquiler de sombrilla 15 Venta de Artesanía 10 22372 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MADRE DE DIOS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G2D /G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 (Se publica la presente resolución a solicitud de la Munici- palidad Distrital de Madre de Dios mediante oficio Nº 192- 2004/MD.MDD/A recibido el 10 de diciembre de 2004) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 006-2004-MDMDD-A Madre de Dios, 2 de febrero de 2004VISTO: El Informe Nº 005-2004/APP del Área de Pre- supuesto y Planificación de la Municipalidad, sobre modifi-cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionespara el ejercicio presupuestal 2004 de la MunicipalidadDistrital de Madre de Dios; CONSIDERANDO:Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordanciacon el artículo 7º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº013-2001-PCM, establecen que cada entidad elaborará unPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el que debeprever los bienes, servicios y obras que se requerirán duran-te el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto re-querido, plan que debe ser aprobado por el Titular del Plie-go; Que, de conformidad con lo señalado en el párrafo ante- rior, mediante Resolución de Alcaldía Nº 002-2004-MDMDD-A, la Municipalidad Distrital de Madre de Dios aprobó su PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio2004; Que, el artículo 8º del Reglamento de la referida Ley, señala que las licitaciones públicas, concursos públicos yadjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual, de-berán ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máximaautoridad administrativa de la Entidad, según correspondapara su inclusión en el mismo, lo cual deberá comunicarse alCONSUCODE dentro del plazo de ley. Asimismo, las inclusio-nes y exclusiones de los procesos de selección serán comu-nicados a PROMPYME, dando cuenta al CONSUCODE; Que, mediante Ley Nº 27470, se establecieron las Nor- mas Complementarias para la Ejecución del Programa delVaso de Leche, encargando a las Municipalidades la direc-ción y ejecución de dicho programa, seleccionando a losproveedores de la ración alimentaria a través del proceso deselección correspondiente; Que, en tal sentido es preciso programar en el Plan Anual de la Municipalidad, la adquisición de los insumos del progra-ma del Vaso de Leche, por un monto estimado de S/.252,047.00 (Doscientos cincuenta y dos mil cuarenta y sietenuevos soles y 00/100), correspondiendo la inclusión de unproceso de adjudicación directa pública, en el referido Plan.Asimismo, resulta conveniente realizar la exclusión del PlanAnual, del proceso de Licitación Pública Nacional para laadquisición de productos lácteos al por mayor, por un montode S/. 386,327.00 (Trescientos ochenta y seis mil trescientosveintisiete y 00/100), por cuanto se ha optado por no ejecutardicho proceso; Que, estando a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, elartículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº012-2001-PCM y el artículo 7º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porD.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la MunicipalidadDistrital de Madre de Dios, para el Ejercicio Presupuestal 2004. Artículo Segundo.- INCLUIR el proceso de Adjudicación Directa Pública para la adquisición de los insumos del Progra-ma del Vaso de Leche, por un valor estimado de S/.252,047.00 (Doscientos cincuenta y dos mil cuarenta y sietenuevos soles y 00/100), con cargo a los Recursos Ordinariospara los Gobiernos Locales. EXCLUIR el proceso de Licita-ción Pública Nacional para la adquisición de productos lác-teos al por mayor, por un valor estimado de S/. 386,327.00(Trescientos ochenta y seis mil trescientos veintisiete y 00/100). Artículo Tercero.- DISPONER que en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, se realicen las modificaciones co-rrespondientes en la página web del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) yse remita un ejemplar de la presente resolución a dicha Enti-dad y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microem-presa (PROMPYME). Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. EDILBERTO L. PUMA MAMANI Alcalde 22374