TEXTO PAGINA: 51
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de diciembre de 2004 VISTO: El Informe Nº 671-2004-SGLMB-GAF/ML de la Subge- rencia de Logística y Margesí de Bienes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 013-2004- ALC/ML de fecha 19 de enero se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Lurín correspondiente al año 2004; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 307-2004- ALC/ML de fecha 17 de junio se aprobó la Primera Modi- ficación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Lurín correspondiente al año 2004; Que, mediante el Informe de vistos la Subgerencia de Logística y Margesí de Bienes solicita la Segunda Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones de la Municipalidad de Lurín; Que, el Art. 8º del Reglamento del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y el Art. 6º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE-PRE, esta- blece que toda modificación del Plan Anual sea por in- clusión o exclusión de procesos de selección, deberá ser aprobada por el Titular del Pliego o la máxima auto- ridad administrativa de la entidad, asimismo el último párrafo del Artículo 7º del reglamento citado establece que el Plan Anual podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de las repro- gramaciones propuestas; En uso de las facultades conferidas por el Inc. 6) Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Segunda Modificación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Muni- cipalidad Distrital de Lurín ejercicio 2004. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; asimismo comunicar al CONSUCODE y PROMPYME dentro del plazo establecido en las normas legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 22467 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G2D /G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G79/G53/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G35/G2C/G20/G65 /G69/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G67/G6F ORDENANZA Nº 175-MDMM Magdalena del Mar, 10 de noviembre de 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MARPOR CUANTO:El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 174-MDMM se aprobó el Marco Legal del Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo aplicable en la jurisdicción de Magdalena del Mar, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Munici-pal, modificado por el Artículo 24º del Decreto Legisla- tivo Nº 952; Que, resulta necesario establecer y precisar los im- portes de los arbitrios para el Ejercicio 2005, de confor- midad con lo establecido por el citado artículo, conside- rando el costo efectivo del servicio a prestar, debiéndo- se utilizar de manera vinculada y dependiendo del ser- vicio público involucrado, entre otros criterios que resul- ten válidos para la distribución: el uso del inmueble, el tamaño y su ubicación, considerando asimismo de ma- nera supletoria las Resoluciones Nºs. 008 y 009-2003- CAM-INDECOPI, emitidas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad intelectual; De conformidad a las facultades establecidas en el Artículo 109º de la Constitución Política del Perú y los numerales 8 y 9 del artículo 9º, los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con el voto de UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE MONTO DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2005 E INCENTI- VOS POR PRONTO PAGO Artículo 1º.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDI- NES Y SERENAZGO El costo efectivo total que demanda mantener los servi- cios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo se distribuirán entre los contribuyentes del distrito utilizando los siguientes criterios: a) El tamaño del inmueble considerando como indica- dor de éste al valúo. b) La generación de residuos sólidos por sectores se- gún registros históricos. c) La ubicación del predio respecto a una determinada zonificación. d) El uso o actividad desarrollada en el inmueble. e) Ubicación del inmueble respecto a las áreas verdes del distrito agrupadas por zonas. Artículo 2º.- USO DEL PREDIO Para efecto de los arbitrios correspondientes al Ejerci- cio 2005, se considerará como uso del predio, los siguien- tes: a) Casa habitación, predios sin construir o en proceso de construcción, instituciones públicas y privadas, entida- des religiosas. b) Industria, comercio, servicios financieros y servicios en general. c) Centros educativos particulares, universidades parti- culares, clubes y asociaciones. d) Mercados. Artículo 3º.- MONTO DE LOS ARBITRIOS En aplicación de los criterios señalados en los artículos precedentes, se establecen, en las Tablas I, II y III de la presente Ordenanza, la tasa mensual de los arbitrios des- tinados a financiar los servicios de limpieza pública, par- ques y jardines y serenazgo dentro de la jurisdicción de Magdalena del Mar. Artículo 4º.- INCENTIVOS a) Los contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones tributarias hasta el 31 de diciembre del 2004 y cancelen al contado el total del Impuesto Predial y los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Sere- nazgo del año 2005 hasta el 28 de febrero de dicho año, tendrán un beneficio de reducción del 20% (veinte por ciento) del monto insoluto de los Arbitrios Municipales por pronto pago. b) Los contribuyentes que cancelen al contado el total del Impuesto Predial y las doce (12) cuotas de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo co- rrespondientes al año 2005 hasta el 28 de febrero de