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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de diciembre de 2004 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65 /G6C/G6F/G73/G20/G68/G6F/G72/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G74/GE9/G72/G6D/G69/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G64/G65/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G61/G66/G69/G6E/G65/G73/G65/G6E/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C ORDENANZA Nº 177 Miraflores, 7 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO:El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo que establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan las municipalidades, el artículo constitucio-nal citado en el párrafo anterior ha otorgado expresa- mente al Concejo Municipal, órgano conformante de la estructura orgánica de cada gobierno local, la funciónnormativa respecto de aquellos asuntos que son de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función norma- tiva, entre otros mecanismos, fundamentalmente a tra- vés de las Ordenanzas Municipales, las cuales de con- formidad con lo previsto por el Artículo 200º, inciso 4), dela Constitución, en concordancia con el Artículo 194º antes citado, ostentan rango normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerar-quía dentro de la estructura normativa municipal, reco- nocida por el Artículo 40º de la vigente Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el apartado 3.6.2. del numeral 3.6. del inciso 3 del Artículo 79º de la precitada Ley Orgánica de Munici- palidades prescribe que, "Las municipalidades, en ma-teria de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen las siguientes funciones: Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales: Normar, re-gular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de: construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica"; Que, el numeral 3.4. del inciso 3 del Artículo 80º de la misma Ley Orgánica prescribe que, "Las municipalida- des, en materia de saneamiento, salubridad y salud,ejercen las siguientes funciones: Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales: Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión dehumos, gases, ruidos y demás elementos contaminan- tes de la atmósfera y el ambiente"; Que, el Artículo 50º del Reglamento de la Ley Nº 27157, de Regularización de Edificaciones, del Procedi- miento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y Propie-dad Común, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2000-MTC, define que "la Licencia de Obra es la autori- zación otorgada por la municipalidad, en el ámbito de sujurisdicción, para iniciar cualquier tipo de obra de edifica- ción, (...), que deberán obtener obligatoriamente todos los propietarios de terrenos (...)"; Que, como consecuencia de las diversas actividades económicas y sociales que forman parte del desarrollo del distrito de Miraflores, entidades públicas y privadas,así como personas naturales, en uso de la Licencia de Obra otorgada, realizan construcciones diariamente, en algunos casos no sólo durante la jornada laboral ordina-ria sino que, en otros, excediendo dicha jornada la ex- tienden en el horario de ejecución de las mismas y tam- bién hasta los días sábados, domingos y/o feriados, loque genera malestar y perturbación al descanso y latranquilidad de los vecinos que devienen en las conse- cuentes quejas y denuncias sobre tales hechos; Que, con fecha 25 de setiembre de 2004 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 168 de esta Municipalidad, la misma que establecelos lineamientos de prevención a través de campañas educativas, fiscalización y control de la emisión de rui- dos, sonidos y vibraciones, con efectos nocivos o mo-lestos, de cualquier índole, producidos en áreas públi- cas y/o privadas, prohibiendo que las personas natura- les y/o jurídicas, entidades públicas y/o privadas, emi-tan o permitan ruidos, sonidos o vibraciones, que exce- dan los límites máximos permitidos, especificados en esa Ordenanza, cualquiera sea su origen (animales,maquinarias, objetos, etc.), o que sin exceder dicho límite, por su duración y persistencia, afecten la salud y la tranquilidad de las personas, debiendo entendersecomo tales, aquellos ruidos que tienen una duración continua por más de cinco minutos, o que sin ser conti- nua, la suma de los intervalos supere dicha duración; oque pueda determinarse algún patrón o periodicidad en su emisión; Que, con los fines de proteger la salud de los vecinos de nuestra jurisdicción, lo que redundará en la mejora de la calidad de vida de los mismos, así como para coadyu- var al logro de los lineamientos señalados en la mencio-nada Ordenanza, frente a esta realidad, es fundamental y se hace necesario establecer el horario de ejecución de las obras de construcción en general, a fin que di-chas obras no afecten el bienestar y la tranquilidad de los vecinos de Miraflores, razón por la cual es posible determinarlo, así como la sanción aplicable en caso deincumplimiento, bajo los criterios técnicos del urbanismo y de las disposiciones municipales y conexas vigentes; Estando a lo expuesto; en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO QUE ESTABLECE LOS HORARIOS Y TÉRMINOS DE SEGURIDAD DE EJECUCIÓN DE OBRAS CIVILES Y AFINES EN GENERAL, EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento que establece los Horarios y Términos de Seguridad de Ejecución de Obras Civiles y Afines en General en el distrito de Miraflo-res, el cual consta de 6 Títulos y 11 Artículos, el que, en anexo adjunto, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ESTABLECER que cualquier disposición administrativa que no se encuentre en el Reglamento apro- bado se adecuará a la del Régimen de Aplicación de San- ciones Administrativas así como al Cuadro de Infraccionesy Sanciones, aprobados por la Ordenanza Nº 148, de esta Municipalidad. Artículo 3º.- INCORPORAR al Texto Único de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) vigente, los procedimientos a que se refieren los incisos a) y b) del Artículo 6º del referido Reglamento, los que estarán a cargo de la Subge-rencia de Operaciones, y trámite previo de la Subgerencia de Obras Privadas, respectivamente, resolviendo, en este último caso, la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo 4º.- DISPONER que el órgano que tenga a su cargo la elaboración del TUPA, incorpore en dicho instru- mento el procedimiento referido en el artículo anterior, deacuerdo con los alcances precisados en la disposición que antecede. Artículo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispues- to en la presente Ordenanza y el precitado Reglamento a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Fiscalización, Subgerencia de Obras Privadas, Subgerencia de ObrasPúblicas, y la Subgerencia de Operaciones, en cuanto a su competencia corresponda. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde