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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de diciembre de 2004 REGLAMENTO QUE ESTABLECE LOS HORARIOS Y NORMA LOS TÉRMINOS DE SEGURIDAD EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS CIVILES Y AFINES EN GENERAL, EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES TÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento establece los ho- rarios de ejecución de las obras civiles y afines en general, y a su vez, norma los términos de seguridad dentro de los cuales deben ejecutarse, a fin de no perturbar la tranquili-dad de los vecinos residentes en el distrito de Miraflores, dentro del marco establecido por la Ordenanza Nº 168 de la Municipalidad de Miraflores. Artículo 2º.- Para los efectos de la aplicación del presen- te reglamento se entiende, como lo establece el Regla- mento de la Ley Nº 27157, que existen los siguientes tiposde obra: edificación nueva, remodelación, ampliación, mo- dificación, reparación, refacción, acondicionamiento, puesta en valor, cercado y/o la demolición, total o parcial, de unaedificación. Asimismo, la aplicación de este reglamento alcanza a todas las entidades públicas o privadas así como a laspersonas naturales y jurídicas que realicen trabajos de construcción y conexos, inclusive aquellas instalaciones diversas relacionadas con la implementación de serviciospúblicos, cuya licencia y/o autorización se encuentren vi- gentes o no, incluyendo las autorizaciones automáticas por simple comunicación cuando lo establezca norma legalexpresa. TÍTULO II DE LOS HORARIOS Y PROHIBICIONES Artículo 3º.- Establecer, en el distrito de Miraflores, como horario obligatorio para la ejecución de las obras civiles y conexas en general, públicas o privadas, el siguiente: - Lunes a Viernes : 7.30 a.m. - 5.00 p.m. - Sábados : 8.00 a.m. - 1.00 p.m. Queda terminantemente prohibida la ejecución de obras civiles y otros trabajos afines en general, de lunes a vier-nes entre las 5.00 p. m. y las 7.30 a. m.; los días sábados a partir de la 1.00 p.m.; y los días domingo y feriados, durante las 24 horas; salvo autorización expresa de laMunicipalidad de Miraflores. Igualmente, se prohíbe realizar demoliciones con ex- plosivos o maquinaria pesada, que ponga en peligro laintegridad física de los vecinos así como riesgo para las edificaciones colindantes producto de las vibraciones o movimiento de tierras, o afecten el ornato por ensuciar lasfachadas con polvo. Artículo 4º.- La prohibición que contiene el artículo anterior comprende además de las obras civiles propia-mente dichas, el acarreo de materiales y desmonte, la eje- cución de instalaciones eléctricas y sanitarias, reparacio- nes menores, que originen ruidos molestos como el uso detaladros, martillos o cualquier instrumento o herramienta de trabajo que produzca los mismos. TÍTULO III CASOS ESPECIALES Artículo 5º.- Únicamente, en casos justificados o en razón de emergencia, se podrán realizar trabajos en la víapública relacionados a los servicios públicos, fuera de los horarios señalados en los artículos precedentes, debiendo contar, obligatoriamente, y antes de realizar dichos traba-jos, con la aprobación de la Gerencia de Desarrollo Urba- no. Artículo 6º.- Excepcionalmente, y sólo por causas debidamente justificadas, esta Municipalidad otorgará autori- zaciones para ampliar el horario obligatorio establecido en el Artículo 3º, en los siguientes casos: a) Cuando la ampliación de horario únicamente sea para atender tareas programadas con concreto pre-mez-clado, cuyo abastecimiento y demora no sea imputable al constructor. En este caso, dicha ampliación se otorgarásólo por un día por semana y con 1.5 horas como máximo. Para ello, el solicitante, portando la correspondiente Licen- cia de Obra y documento de requerimiento del concreto, seapersonará a la Gerencia de Desarrollo Urbano, la que a su vez, evaluará el entorno de la obra, concederá por escrito y controlará la ampliación del horario. b) Cuando las características de la construcción, susten- ten un avance acelerado de las obras, que exija un perío- do continuo de ampliación del horario de trabajo. En estecaso deberá cumplirse los siguientes requisitos: - Solicitud dirigida a la Gerencia de Desarrollo Urbano, adjuntando copia de la Licencia de Obra y del Acta de Compromiso respectivo que se menciona líneas abajo. - No existir ningún establecimiento hospitalario, clínica, casa de reposo u otros afines, en un radio de 100 metros, sobre el perímetro del lote en que se realiza la obra. - El horario de ampliación, así como el plazo de vigencia autorizado, será convenido con los vecinos mediante un Acta de Compromiso ratificada por el presidente de la zona. - No procederá la autorización, cuando exista la opinión desfavorable del 25% de residentes en la manzana involu- crada por la intervención, incluidos, especialmente, aque- llos en la cuadra, frente al lote de la obra. TÍTULO IV OBLIGACIONES Artículo 7º.- Los ejecutantes de las obras, tienen las obligaciones siguientes: a) Realizar sus trabajos evitando ruidos que sean califica- dos como molestos y/o nocivos para los vecinos. b) De proporcionar a los trabajadores que utilizan maqui- narias y/o herramientas que producen ruidos, medios deprotección auditiva, fin de evitar generar problemas o tras- tornos en su salud física y psicológica. c) Evitar la caída de material de construcción y desmon- te hacia los predios colindantes, mediante la instalación de elementos protectores, como lonas, triplay, paneles protec- tores de tarrajeo, y/o cualquier otro elemento que coadyu-ve a cumplir esta disposición. d) Canalizar la eliminación de material de desperdicio o desmonte en las construcciones a partir del segundo nivel,a través de "mangas de eliminación". e) No arrojar desperdicios de construcción desde pisos superiores, ya que éstos causan polvo en exceso y afec-tan no solo a los predios vecinos sino a los propios vecinos y a la población en general. f) El transporte de materiales de eliminación (entién- dase: desmonte, tierras, etc), se realizará cubierto con una toldera o red, para evitar que en el trayecto se disperse en la vía pública afectando además a los predios y vecinos dellugar. g) Implementar y aplicar las medidas del caso para evi- tar que se disperse el polvillo y/o la mezcla provenientes delos materiales de construcción. h) Los vehículos que transporten materiales de cons- trucción (ladrillo, cemento, arena fina, arena gruesa y otrosmateriales) serán cubiertos con un toldo o red a fin de evitar que se disperse en el transcurso del trayecto. i) Dejar la vía pública limpia de desmonte y materiales de construcción, en caso contrario, será pasible de las sanciones pecuniarias y administrativas correspondientes. Artículo 8º.- Los daños a los colindantes, debidamente comprobados, durante la construcción de las obras, debe- rán ser reparados antes de la culminación de la obra, por loque, en caso contrario no se otorgará el Certificado de Finalización de Obra y de Zonificación respectivo, sin per- juicio de ello aplicándose al infractor las sanciones admi-nistrativas correspondientes, tal como se señala en el artí- culo siguiente. TÍTULO V DE LAS INFRACCIONES Artículo 9º.- Se considera infracciones municipales por el incumplimiento de las disposiciones de la presente orde-