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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G32/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de enero de 2004 Norte de Lima), con la respectiva autorización de la Municipalidad de Lima Metropolitana y el Ministerio de Sa-lud, ambos con costos similares y administrados por laEmpresa RELIMA; siendo el último de los nombrados, to-talmente inadecuado para el servicio requerido, debido ala distancia en que se encuentra ubicado, lo que eleva elcosto de transferencia (costo de operación y desgaste dela máquina), reduciéndose además significativamente elnúmero de viajes por vehículo de transferencia que habi-tualmente se realiza al relleno sanitario del cono sur res-pecto del cono norte, razón por la cual, no encontrándoseotro relleno sustituto en el Sur de Lima se recomienda laexoneración del proceso de selección para la contrataciónrespectiva de relleno sanitario; Que, con el Informe señalado en la parte introductoria, el Director del Programa Especial de Limpieza Pública,Ecología y Medio Ambiente de esta Municipalidad, reco-mienda para el ejercicio 2004 la exoneración del procesode selección del servicio de disposición final de residuossólidos al amparo del principio de economía, así como enrazón de que no se encuentra otro Relleno sustituto en elCono Sur de Lima, considerando además que en el año seproducirán 82.800 tn. y el valor estimado es de: S/. 910.800soles; Que, de conformidad con el Informe Legal Nº 881-2003- OAJ/MVES de fecha 30.12.2003, el Director de la Oficinade Asesoría Jurídica expresa su opinión favorable por laprocedencia del proceso de selección solicitado, al ampa-ro del principio de economía que rige en los procesos deadquisiciones, de conformidad con el Artículo 3º de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado -DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM-, así como por lo señalado enel inciso F del Art. 19º de la norma antes citada, es decircuando los bienes y servicios no admiten sustitutos; Estando a lo informado, de conformidad con las atribu- ciones conferidas por el Artículo 41º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, contando con el Voto Mayorita-rio del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO:Artículo 1º.- APROBAR la Exoneración de Concurso Público del Servicio de Disposición Final de Residuos Só-lidos (Relleno Sanitario), de acuerdo al siguiente detalle,en aplicación con la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE: Tipo Disposición Final de Residuos Sólidos (Relleno Sanitario) Cantidad 82.800 Toneladas Valor Referencial S/. 910.800.00Fuente de Financiamiento FONCOMUN y Recursos Directa- mente Recaudados. Artículo 2º.- Exonérese los procesos de selección que corresponda, autorizándose al Comité Especial Perma-nente para los Procesos de Selección por AdjudicaciónDirecta de Bienes, Suministros y Servicios y Consultoría ainiciar las adquisiciones o contrataciones necesarias me-diante el respectivo proceso de Adjudicación de menorcuantía. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Municipal en co- ordinación con el Programa Especial de Limpieza Pública,Ecología y Medio Ambiente el cumplimiento del presenteAcuerdo, así como para que remitan copia del mismo y sudocumentación sustentatoria a la Contraloría General dela República y CONSUCODE dentro de los plazos previs-tos en la Ley. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 00153 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G2D /G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G70/G6C/G61/G79/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 076-2003-MVES Villa El Salvador, 31 de diciembre del 2003Visto: Los Memorandos Nºs. 305 y 324-AMD Nº 1- MVES/03 de fechas 15 y 29.12.2003 respectivamente, sus-critos por el Director de la Agencia Municipal de DesarrolloNº 1 de Villa El Salvador. CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el Numeral 29 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, losGobiernos Locales tienen la facultad de organizar, regla-mentar y administrar los servicios públicos; Que, a tenor de lo dispuesto en la Norma IV del Titulo Preliminar del Código Tributario, aprobado mediante D. L.Nº 816, señala que los Gobiernos Locales, mediante Or-denanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribu-ciones dentro de los límites que señala la Ley; asimismo,el Art. 68º en sus incisos a) y d) de la Ley de TributaciónMunicipal, por servicios públicos y por estacionamientovehicular; Que, mediante Edicto Nº 184-93, modificado por el Edic- to Nº 196-94, la Municipalidad Metropolitana de Lima creael tributo denominado “Derecho de Parqueo” en la jurisdic-ción de la provincia de Lima, destinado a financiar el servi-cio de estacionamiento de vehículos y vigilancia munici-pal; Que, en la jurisdicción del distrito, se han reservado áreas de espacio público e individualizado servicios parazonas de estacionamiento vehicular, sin que ello signifiquerestringir el libre tránsito de personas, vehículos o bienesconsagrados por la Constitución Política del Perú, ni con-travenir lo dispuesto en el Art. 61º del Decreto LegislativoNº 776; Que, los montos establecidos están en relación con el costo que demanda prestar los servicios mencionados, asícomo la calidad de los mismos; Estando a lo expuesto en los considerandos preceden- tes, contando con la opinión legal favorable del Director dela Oficina de Asesoría Jurídica expresada mediante losInformes Nºs. 868 y 887-2003-OAJ/MVES de fechas 22 y30.12.2003, y en uso de las facultades conferidas por losincisos 8) y 9) del Artículo 9º, así como del Artículo 40º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contandocon el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide lasiguiente; ORDENANZA Artículo 1º.- ESTABLÉZCASE la Tasa por Estaciona- miento Vehicular en las zonas de parqueo reservadas es-pecialmente para tal efecto, ubicadas en las playas: VE-NECIA, BARLOVENTO Y CONCHÁN de la jurisdicción deVilla El Salvador. Artículo 2º.- La obligación tributaria nace al momento de estacionar el vehículo en las zonas reservadas paraEstacionamiento Vehicular, en el horario de las 0.00 hrs. alas 24.00 hrs. El pago deberá efectuarse antes que el con-ductor se retire de la zona de estacionamiento. Artículo 3º.- Son deudores tributarios en calidad de contribuyentes, los conductores de los vehículos motori-zados que estacionen en las zonas de parque indicadasen el Artículo primero. Las personas que aparezcan comotitulares de las Tarjetas de Propiedad de los vehículosestacionados, son responsables solidarios por el pago deltributo debidamente actualizado. Artículo 4º.- Establecer la Tasa Única de Estaciona- miento de Vehículos por día, de acuerdo al siguiente deta-lle: Automóviles y camionetas 0.1613% de la UIT; exceptolos vehículos mayores como camionetas rurales y/o "com-bis", omnibuses y camiones a los que les corresponde el0.323% de la U.I.T.. Artículo 5º.- Los importes aprobados en esta Orde- nanza tienen como justificación técnica la Estructura deCostos que en Anexo Nº 01 forma de la presente disposi-ción. Artículo 6º.- El pago de la Tasa incluye el parqueo de vehículos, la señalización, identificación de los espacios yservicio de vigilancia. Artículo 7º.- Declarar inafectos al pago del derecho de parqueo municipal los conductores de los siguientes vehí-culos: ambulancias, vehículos de las Compañías de Bom-beros y Defensa Civil, vehículos de las Fuerzas Armadasy Policía Nacional, vehículos que presten servicio de Se-renazgo (Seguridad Ciudadana) y vehículos de propiedadde la Municipalidad de Villa El Salvador. Para que procedala inafectación, los conductores deberán encontrarse encumplimiento de sus funciones. Artículo 8º.- El rendimiento del tributo, constituye, ren- ta propia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador,