Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2004 (08/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 8 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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hasta el 11 de MORDAZA del 2004 y por un valor referencial de S/ . 4 099,891.70 (Cuatro millones noventa y nueve mil ochocientos noventa y uno con 70/100 Nuevos Soles), con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia de Division de Administracion y Organizacion se encargue de realizar la contratacion via Adjudicaciones de Menor Cuantia. 3. DISPONER que la Gerencia de Division de Administracion y Organizacion adopte las medidas necesarias para la realizacion del MORDAZA que conlleve la contratacion del servicio de atencion ambulatoria de hemodialisis. 4. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica la presente Resolucion, dentro del plazo establecido por la Ley. 5. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolucion. 6. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 00155

Que, de la evaluacion del Expediente Administrativo la Comision Nacional Tecnica Calificadora De Proyectos Arquitectonicos emitio el Acuerdo Nº 04 de fecha 6 de MORDAZA de 2003, cuyo tenor es como sigue: CONSIDERANDO: 1. Que, mediante Acuerdo Nº 02 de fecha 24 de febrero de 2003 la Comision denego la solicitud de retiro de condicion de Monumento al inmueble en cuestion y solicito a la Direccion Departamental de Cultura MORDAZA realizar el levantamiento del estado y registro fotografico actualizado a fin de delimitar el Ara Intangible. 2. Que, el inmueble ha perdido sus caracteristicas arquitectonicas originales que ameritaron su declaracion. SE ACORDO: Proponer se retire la condicion de Monumento de Inmueble ubicado en MORDAZA Dos de MORDAZA Nº 768, distrito, provincia y departamento de Lambayeque; Estando visado por la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, la Direccion de Conservacion y Restauracion de Monumentos, la Direccion de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047 Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Retiran condicion de Monumento a inmueble ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 627/INC
MORDAZA, 22 de agosto de 2003 Visto el Expediente Nº 00634/2003; y, CONSIDERANDO Que, mediante Oficio Nº 0066-2003-D-IDC/L la Direccion Departamental de Cultura de MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura, remite documentacion presentada por el senor MORDAZA Nery MORDAZA MORDAZA, quien solicita el Retiro de Condicion de Monumento del inmueble ubicado en MORDAZA Dos de MORDAZA Nº 768, distrito, provincia y departamento de Lambayeque; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolucion Jefatural Nº 009-89-INC/J de fecha 12 de enero de 1989; Que, con fecha 24 de febrero de 2003 la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos emitio el Acuerdo Nº 02, cuyo tenor es como sigue: CONSIDERANDO: 1. Que, mediante R.J. Nº 009-89-INC/J del 12/1/89 se declaro Monumento al inmueble ubicado en MORDAZA Dos de MORDAZA Nº 722-746-768, distrito, provincia y departamento de Lambayeque. 2. Que, el recurrente es propietario de un sector del inmueble signado con el numero 768, siendo el Monumento una unidad indivisa. SE ACORDO: 1. Denegar la solicitud de retiro de la condicion de Monumento del inmueble ubicado en MORDAZA Dos de MORDAZA Nº 768, distrito, provincia y departamento de Lambayeque. 2. Solicitar a la Direccion Departamental de Cultura MORDAZA del INC realizar el levantamiento del estado actual y registro Fotografico actualizado del Monumento ubicado en MORDAZA Dos de MORDAZA Nº 722746-768, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de delimitar su Area Intangible. El presente Acuerdo fue comunicado mediante Oficio Nº 365-2003-INC/DGPMH a la Direccion Departamental de Cultura MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura; Que, mediante Oficio Nº 472-2003-INC/DGPMH de fecha 2 de MORDAZA de 2003 se reitero a la Direccion Departamental de Cultura MORDAZA lo solicitado mediante Oficio Nº 365-2003-INC/DGPMH; Que, mediante Informe Nº 032/2003-GQV/INC-DL de fecha 22 de MORDAZA de 2003 de la Direccion Departamental de Cultura MORDAZA del INC, comunica que en los espacios internos del inmueble ubicado en MORDAZA Dos de MORDAZA Nº 768, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, no presentan estructuras a rescatar en sus tipologias arquitectonicas ni detalles a conservar, adjuntando plano de distribucion y fotografias solicitadas por la Direccion General de Patrimonio Monumental e Historico;

Articulo Unico.- RETIRAR la condicion de Monumento inmueble ubicado en MORDAZA Dos de MORDAZA Nº 768, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 00104

Aprueban plano topografico de delimitacion del sitio arqueologico Caral, ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 645/INC
MORDAZA, 27 de agosto de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 382, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 23, de fecha 23 de MORDAZA del 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 720/INC de fecha 1 de agosto del 2003 se declaro Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico Caral, ubicado en el distrito de Puerto Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo Nº 382, de fecha 23 de MORDAZA del 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura aprobar el Plano Topografico de Delimitacion del Sitio Arqueologico Caral, de fecha junio del 2003, a escala 1/ 5000, con un area de 6 263 643,00 metros cuadrados y un perimetro de 10 102,91 metros lineales, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Directoral Nacional Nº

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