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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2004 (08/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G31/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de enero de 2004 ESSALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E /G61/G6D/G62/G75/G6C/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G68/G65/G6D/G6F/G64/G69/GE1/G6C/G69/G73/G69/G73/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65 /G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 978-PE-ESSALUD-2003 Lima, 24 de diciembre del 2003 VISTAS:Las Cartas Nºs. 1212, 1267, 1426 y 1500-GCH-ESSA- LUD-2003 que contienen el sustento técnico de la exone-ración del proceso de Concurso Público para la contrata-ción del servicio de atención ambulatoria de hemodiálisis,por un período de tres (03) meses y por un valor referen-cial de 4 099,891.70 (Cuatro millones noventa y nueve milochocientos noventa y uno con 70/100 Nuevos Soles); y,las Cartas Nºs. 4247, 5433 y 5537-OCAJ-ESSALUD-2003; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud- ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus aseguradosy sus derechohabientes a través del otorgamiento de pres-taciones de prevención, promoción, recuperación y rehabili-tación, y prestaciones económicas y sociales, que corres-ponden al régimen contributivo de la Seguridad Social enSalud, así como de otros seguros de riesgos humanos; Que, con fecha 10 de setiembre del 2002, se efectuó la convocatoria al Concurso Público Nº 0299P00011 con elobjeto de contratar los servicios de atención ambulatoriade hemodiálisis para pacientes asegurados y derechoha-bientes de Essalud por el período de 12 meses, siendo elrequerimiento de 230,084 sesiones; Que, mediante Acto Público de Adjudicación de fecha 10 de diciembre del 2002, se dieron los resultados del Con-curso Público Nº 0299P00011, quedando favorecidas conla Buena Pro 16 clínicas; Que, como resultado del Concurso Público Nº 0299P00011 se adjudicaron 155,647 sesiones, quedando 74,437 sesiones sincubrir. Por su parte, de las 16 clínicas favorecidas con la BuenaPro, sólo 9 clínicas suscribieron contrato, elevándose las sesio-nes pendientes de adjudicarse a 152,269 sesiones, por lo quepeligraba la continuidad del servicio de atención ambulatoria dehemodiálisis en tanto se adjudique en Segunda Convocatoria lassesiones que quedaron sin cubrir; Que, la Gerencia General dispuso la reevaluación de las especificaciones técnicas de las Bases de la SegundaConvocatoria del Concurso Público Nº 0299P00012, res-pecto al no reúso de líneas para máquinas de hemodiálisis,a efecto de garantizar mayores niveles de calidad en laatención de los pacientes que reciben el servicio de diáli-sis; razón por la cual éstas se encuentran en trámite; Que, la Gerencia del Centro de Hemodiálisis ha solicita- do la exoneración de la contratación del servicio de Aten-ción Ambulatoria de Hemodiálisis del proceso de Concur-so Público, por un período de 3 (tres) meses; Que, en la Carta Nº 523-SGA-GCH-ESSALUD-2003 del 24 de octubre del 2003, la Subgerencia de Administracióndel Centro de Hemodiálisis ha señalado que a esa fechavencieron 9 de los 13 contratos referidos al servicio de aten-ción ambulatoria de hemodiálisis, por lo cual se ha tenidoque realizar Adjudicaciones de Menor Cuantía, a efectosde no prescindir de este servicio de carácter crítico; Que, el requerimiento de la Gerencia del Centro de Hemodiálisis consiste en la exoneración del Concurso Pú-blico para la contratación del servicio de atención ambula-toria de hemodiálisis, por 26,537 sesiones por un valor to-tal de S/. 4 099,891.70 (Cuatro millones noventa y nuevemil ochocientos noventa y uno con 70/100 Nuevos Soles)y por el período comprendido desde el 12 de enero del2004 hasta el 11 de abril del 2004; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del artícu- lo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, procede exonerar de la realizaciónde un Concurso Público en una situación de urgencia; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se con-sidera situación de urgencia cuando la ausencia extraordina-ria e imprevisible de determinado bien o servicio comprome- te en forma directa e inminente la continuidad de los serviciosesenciales o de las operaciones productivas que la Entidadtiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la ad-quisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólopor el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario parallevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, en ese mismo sentido, el numeral 2) del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que la situación de urgencia debe entender-se como una medida temporal ante un hecho de excepciónque determina una acción rápida a fin de adquirir o contratarlo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de quese realice el proceso de selección correspondiente para lasadquisiciones y contrataciones definitivas; Que, debido al tiempo necesario para la revaluación de las especificaciones técnicas, los actos preparatorios parala Segunda Convocatoria del Concurso Público Nº0299P00012, se encuentran en trámite; Que, independientemente de que las circunstancias que originaron el retraso en la Segunda Convocatoria del Concur-so Público Nº 0299P00012, se consideren o no como situacio-nes extraordinarias e imprevisibles, existe diferencia entre lacausa que origina una situación de urgencia (un hecho ex-traordinario e imprevisible que motive la ausencia de bienes oservicios) y, la situación de urgencia en sí misma (ausencia debienes o servicios que comprometa directa e inminentementela continuidad de los servicios esenciales u operacionesproductivas) que faculta la exoneración de un proceso de selec-ción. En el presente caso, la situación de urgencia sí se produ-ciría, pues de acuerdo al Informe Técnico que sustenta la exo-neración, sería inminente la ausencia del servicio de hemodiá-lisis a partir de enero del 2004, lo cual comprometería en formadirecta e inminente la continuidad de las prestaciones de saludque ESSALUD tiene a su cargo, ocasionando que no se pue-da continuar con el tratamiento de pacientes que padecen deInsuficiencia Renal Crónica Terminal, que actualmente se dia-lizan en clínicas privadas, poniendo en grave riesgo la vida ysalud de dichas personas, toda vez que no se contaría con elsustento para la contratación de este servicio de carácter críti-co; Que, de acuerdo al artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en las Adjudi-caciones de Menor Cuantía que derivan de exoneraciones, entreotras, la Entidad debe hacer las adquisiciones o contratacio-nes mediante acciones inmediatas, sobre la base de la obten-ción, por cualquier medio de comunicación incluyendo el facsí-mil y el correo electrónico, de una cotización que cumpla losrequisitos establecidos en las Bases; Que, por lo expuesto, al haberse configurado la causal prevista en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, resulta procedente aprobar la exoneración para lacontratación del Servicio de Atención Ambulatoria de He-modiálisis, por un período de 03 meses computados des-de el 12 de enero del 2004 hasta el 11 de abril del 2004, ypor un valor referencial de S/. 4 099,891.70 (Cuatro millo-nes noventa y nueve mil ochocientos noventa y uno con70/100 Nuevos Soles); Que, según el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, la exoneración de Licitación, Concurso Público oAdjudicación Directa debe ser aprobada por resolución delTitular de la Entidad; Que, de acuerdo con el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, concordadocon el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivoes la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titulardel Pliego Presupuestal, por lo que le correspondería apro-bar la exoneración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, señala que el Titu-lar de la Entidad determinará la dependencia u órgano quese encargará de realizar la adquisición exonerada; En uso de la atribución conferida por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración del Concurso Público para la contratación del servicio de atención ambulatoria de he-modiálisis, autorizando que la misma se lleve a cabo a tra-vés de Adjudicaciones de Menor Cuantía, por un períodode tres meses contados desde el 12 de enero del 2004