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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G37/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de enero de 2004 corresponde a la ejecución presupuestaria del año 2004, cuyo Presupuesto del Sector Público fue recientemente aprobado con fecha 19 de diciembre pasado, a lo que se agregan los plazos de ley a efectos de llevar a cabo el co-rrespondiente proceso de selección hasta la suscripción del respectivo contrato, así como la imposibilidad de efec- tuar una ampliación complementaria con el consorcio quepresta el servicio de Seguridad y Vigilancia por inhabilita- ción temporal de una parte del consorcio, por lo que resul- ta necesaria la inmediata solución de continuidad de dichagarantía a efectos de no incurrir en desprotección factual, razones por las cuales es procedente y necesaria la referi- da contratación vía la Exoneración de Ley; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 115º de su Reglamento debe remi-tirse copia de la resolución que aprueba la exoneración y los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientesa la fecha de su aprobación, y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su emisión o adopción; Que, en los artículos 105º y 116º del Reglamento se establece los procedimientos a deben someterse tales con- trataciones precisándose que en la resolución exoneratoriadeberá indicarse el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación y que ésta se ejecutará mediante ac- ciones inmediatas para la elección de la propuesta quecumpla los requerimientos establecidos en las Bases; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgá- nica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y el Es-tatuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 022-2001-AMAG-CD, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones; y concargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE:Primero.- Exonerar del Proceso de Selección de Con- curso Público por Situación de Urgencia la contratación delservicio de "Seguridad y Vigilancia" para la Academia de la Magistratura, por el período comprendido del 1 de enero al 31 de marzo de 2004, por el valor referencias total de S/. 32,820.00 Nuevos Soles, con cargo a la fuente de finan- ciamiento de Recursos Ordinarios. Segundo.- La Oficina de Logística, se encargará de llevar a cabo las acciones inmediatas para la contratación del servicio antes mencionado. Tercero.- Disponer que Secretaría Administrativa remi- ta copia de la presente Resolución y de los Informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República dentro del término de diez días calendario si-guiente a la fecha de aprobación, y su correspondiente publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELCIRA VÁSQUEZ CORTEZ Presidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 00653 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G74/G65/G6E/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G73/G22 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 443-2003-CG Lima, 31 de diciembre de 2003 Visto el Proyecto de Directiva propuesto por la Geren- cia de Denuncias y Participación Ciudadana, con la visa- ción de la Gerencia Central de Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º inciso n) de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra-loría General de la República, establece como una de las atribuciones de la Contraloría General recibir y atender denuncias de la ciudadanía relacionadas con las funcio- nes de la administración pública, otorgándoles el trámitecorrespondiente, protegiendo la identidad de los denuncian- tes y el contenido de la denuncia, por el principio de reser- va; Que, el Reglamento de los Órganos de Control Institu- cional aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003- CG de 8.ABR.2003 , ha regulado igualmente en su Artículo 28º inciso g) que es función del Órgano de Control Institu- cional recibir y atender las denuncias que formulen los fun- cionarios , servidores públicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite que co- rresponda a su mérito y documentación sustentatoria res- pectiva; Que, constituye uno de los objetivos prioritarios conte- nidos en el Plan Estratégico de la Contraloría General, pro- mover la lucha contra la corrupción administrativa, acciónque debe ser desarrollada por todo el Sistema Nacional de Control con la contribución de la Participación Ciudadana; Que, es preciso establecer los mecanismos idóneos que aseguren la adecuada presentación y atención de las de- nuncias que se formulen a la Contraloría General y a los Órganos de Control Institucional conformantes del Siste-ma Nacional de Control, en el marco de un eficiente servi- cio a la ciudadanía; Que, conforme a lo previsto en el Artículo 9º inciso q) de la Ley Nº 27785, uno de los principios que rigen el ejer- cicio del control gubernamental, está referido a la Partici- pación Ciudadana, cuya observancia es de naturaleza obli-gatoria; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aprobar la Directiva Nº 008-2003- CG/DPC “Servicio de Atención de Denuncias” la cual es-tablece las disposiciones y procedimientos que regulan la presentación y atención de denuncias ciudadanas ante el Sistema Nacional de Control, que en anexo forma parteintegrante de la presente Resolución. Artículo Segundo .- Los Titulares de las entidades com- prendidas en el Artículo 3º incisos a) al f) de la Ley Nº27785, adoptarán las acciones pertinentes y de ser el caso, otorgarán los medios suficientes, a efecto que sus Órga- nos de Control Institucional implanten el Servicio de Aten-ción de Denuncias a que se refiere la presente Directiva, en su respectivo ámbito. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 7-95- CG/OAJ aprobada por Resolución de Contraloría Nº 092- 95-CG de 21 de junio de 1995, así como la Directiva Nº 09- 96-CG/DOS aprobada por Resolución de Contraloría Nº071-96-CG de 26 de abril de 1996. Regístrese, comuníquese y publíqueseGENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República SERVICIO DE ATENCIÓN DE DENUNCIAS DIRECTIVA Nº 008-2003-CG/DPC 1. OBJETIVO Normar el Servicio de Atención de Denuncias a cargo de la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control; regulando el procedimiento para suformulación, presentación y tramitación, así como promo- viendo la participación ciudadana para el mejor cumplimien- to de las funciones de control gubernamental. 2. FINALIDAD 2.1 Orientar la debida y oportuna formulación, trá- mite y evaluación de las denuncias que presente la ciu-dadanía ante la Contraloría General de la República o los Órganos de Control Institucional de las entidades que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacionalde Control.