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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2004 (14/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G37/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de enero de 2004 ESSALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F /G61/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G55/G53/G41/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G71/G75/G69/G72/GFA/G72/G67/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G61/G73/G65/G67/G75/G72/G61/G64/G61 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 982-PE-ESSALUD-2003 Lima, 30 de diciembre del 2003VISTAS: La Carta Nº 5275-GDP-ESSALUD-2003, presentada por la Gerencia de División de Prestaciones para que se exonere del correspondiente proceso de selección la con-tratación de los servicios de un centro asistencial altamen- te especializado del extranjero para la atención asistencial de la paciente asegurada Lucrecia Compen de Rojas, asícomo la Carta Nº 5320-OCAJ-ESSALUD-2003 de la Ofici- na Central de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de presta-ciones de prevención, promoción, recuperación y rehabilita- ción, y prestaciones económicas y sociales, que correspon- den al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud,así como de otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Técnico - Médico que susten- ta la exoneración solicitada, existe la necesidad de contratarlos servicios asistenciales especializados de un centro asis- tencial, para el tratamiento quirúrgico de Pouchitis Crónica Complicada con Fístula y Estenosis (parcial) y post operadade proctocolectomía total con anastomosis Ileo-anal y "J" Pouch, que requiere la paciente Lucrecia Compen de Rojas; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede exo-nerar de la realización de un Concurso Público o Adjudica- ción Directa en caso de servicios personalísimos; Que, de lo señalado en el Informe Técnico-Médico que sustenta la exoneración se desprende que, si bien el Trata- miento Quirúrgico de Pouchitis Crónica Complicada con Fístula y Estenosis (parcial) y post operada de proctoco-lectomía total con anastomosis Ileo-anal y "J" Pouch, sola- mente se brinda en el extranjero, por más de un centro asistencial, THE CLEVELAND CLINIC de la ciudad de Cle-veland - Ohio - USA, es un Centro Asistencial con altísima capacidad resolutiva en lo que se refiere a cirugía colopro- ctológica, especializado en tratamientos quirúrgicos decolon y recto; características que califican al mencionado Centro Asistencial como especial en brindar dichos servi- cios como personalísimos; Que, asimismo, conviene señalar que el valor referen- cial total es de US$ 23,000.00 o su equivalente en nuevos soles, debiendo considerarse el costo del traslado de lapaciente, lo que implica la adquisición de pasajes aéreos - ida y vuelta al país del centro asistencial - así como una bolsa de viaje para la paciente; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, re- sulta procedente aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente (Adjudicación Directa Selecti-va) para la contratación de los servicios del THE CLE- VELAND CLINIC de la ciudad de Cleveland - Ohio - USA, para que brinde las atenciones asistenciales extrainsti-tucionales a la paciente Lucrecia Compen de Rojas; así como la adquisición de los pasajes (ida y vuelta) y el co- rrespondiente otorgamiento de la bolsa de viaje para lapaciente; Que, en la contratación de los servicios ya indicados deberá observarse las normas de austeridad y racionali-dad en el gasto vigentes y tener en cuenta las limitaciones presupuestales de la Entidad, por lo que el costo de la con- tratación de los referidos servicios no debe exceder delvalor referencial que se apruebe para tal efecto;Que, mediante Opinión Nº 031-2003 (GTN) la Gerencia Técnico Normativa del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ha señalado que en aplicación del principio de competencia funcional y territorial de lasnormas, si el proveedor con el que se desea contratar es un extranjero no domiciliado en el país, será aplicable la Ley del lugar o país en que se celebre dicho acto, para lo cual bas-tará obtener por cualquier medio una cotización que cumpla con las exigencias para la contratación; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneración debe ser apro-bada por resolución del Titular del Pliego; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Sa-lud, en concordancia con lo señalado por el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad eje- cutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la mencionada exoneración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Titu-lar de la Entidad determinará la dependencia u órgano que se encargará de realizar la contratación exonerada; En uso de la atribución conferida por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración del proceso de Adjudica- ción Directa Selectiva, para la contratación de los servi- cios del THE CLEVELAND CLINIC de la ciudad de Cleve-land - Ohio-USA, con la finalidad de que realice el Trata- miento Quirúrgico de Pouchitis Crónica Complicada con Fístula y Estenosis (parcial) y post operada de proctoco-lectomía total con anastomosis Ileo-anal y "J" Pouch a la paciente asegurada Lucrecia Compen de Rojas, por un valor referencial total de US$ 23,000.00 o su equivalente en nue-vos soles, así como la adquisición de los correspondientes pasajes y el otorgamiento de la bolsa de viaje para la pa- ciente, con cargo a recursos propios: Fondo de Salud: Fon-do Financiero 002601: Atenciones al Exterior. 2. ENCARGAR a la Gerencia de División de Administra- ción y Organización la realización de los actos respectivos parala contratación exonerada y aquellos actos necesarios para el viaje de la paciente asegurada Lucrecia Compen de Rojas. 3. DISPONER que la Secretaría General haga de conoci- miento de la Contraloría General de la República la presente Resolución, dentro del plazo establecido por la ley. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución. 5. DISPONER que la Secretaría General publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 00541 FONAFE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G2D /G63/G65/G73/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G62/G61/G6A/G6F/G20/G65/G6C/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G46/G4F/G4E/G41/G46/G45 FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 001-2004/001-FONAFE del 12 de enero del 2004 1. Aprobar la Directiva de Gestión y Proceso Presu- puestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, la