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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G38/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de enero de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 375-2003-CG/SP, resultante del Examen Especial practicado al Banco de Materiales S.A.C.- BANMAT, en el período enero 2000 - diciembre 2001; y; CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República ha efec- tuado un Examen Especial al Banco de Materiales S.A.C. -BANMAT, por el período indicado, a fin de determinar lalegalidad y eficiencia del proceso de otorgamiento de prés-tamos, así como de las políticas de recuperación; en cum-plimiento del Plan de Auditoría del ejercicio 2002 de la exGerencia del Sector Empresarial y Privatización, actualGerencia del Sector Productivo; Que, conforme al Informe de Visto, como resultado de la precitada acción de control, la Comisión Auditora ha de-terminado que el BANMAT financió y ejecutó a partir delmes de junio de 1999 la obra denominada "Albergue Turís-tico de Maca", ubicada en la provincia de Cailloma - Are-quipa por un monto total de S/. 2 553 397,39 (DOS MILLO-NES QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIEN-TOS NOVENTA Y SIETE Y 39/100 NUEVOS SOLES), ope-raciones en las que se han evidenciado irregularidades alhaber participado directamente el BANMAT en la construc-ción de la obra, a pesar de que tal función no se encuentradentro de las que legalmente se le han atribuido; adqui-riéndose para tal efecto materiales desde el mes de juniode 1999 sin contar con una línea de crédito autorizada,regularizando dicha situación recién el 12 de febrero del2001; determinándose además que el BANMAT financióparcialmente la compra del terreno sobre el que se ha cons-truido la obra, cuando no estaba aún definida su propie-dad; no habiéndose, asimismo, cumplido con los procedi-mientos predeterminados para los diversos programas definanciamiento aprobados por el BANMAT; celebrándosecontrato de financiamiento con la empresa PachamarkaReal S.A. el 18 de noviembre del 2000, después detranscurridos dieciséis (16) meses desde el inicio de laentrega de los fondos; sin que, por otro lado, se haya acre-ditado la existencia de análisis financieros y económicossobre la viabilidad de la inversión efectuada por el BAN-MAT; estableciéndose, finalmente, que en las Adquisicio-nes Directas Nºs. 054-B-99-BANMAT y 056-B-99-BANMAT,dos de los tres postores, poseen socios comunes; hechosque hacen presumir la comisión de delito contra la Admi-nistración Pública, en la modalidad de Peculado, previsto ypenado en el artículo 387º del Código Penal; Que, conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposi- ción Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, Ley Nº27785, publicada el 23 de julio del 2002, el proceso integralde control iniciado antes de la entrada en vigencia de la mis-ma, se regirá por la normativa anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, cons-tituye atribución de este Organismo Superior de Controldisponer el inicio de las acciones legales pertinentes enforma inmediata, por parte del Procurador Público, en loscasos en que la ejecución directa de una acción de controlse encuentre daño económico o presunción de ilícito pe-nal, correspondiendo, en tal sentido, autorizar al Procura-dor Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo-ría General de la República el inicio de las acciones lega-les respectivas contra los presuntos responsables com-prendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del artículo 22º, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con-traloría General de la República, Ley Nº 27785, y los De-cretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación delEstado, inicie las acciones legales por los hechos expues-tos, contra los presuntos responsables comprendidos enel Informe de Visto, remitiéndole para el efecto los antece-dentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00754RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 445-2003-CG Lima, 31 de diciembre de 2003 VISTO, el Informe Especial Nº 376-2003-CG/ORPI, resul- tante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distri-tal de Ignacio Escudero, provincia de Sullana, departamentode Piura, por el período comprendido entre 1999-2001; y, CONSIDERANDO:Que, como resultado de la Acción de Control realizada por la Contraloría General de la República en la MunicipalidadDistrital de Ignacio Escudero, la Comisión Auditora ha deter-minado que en la obra "Suministro Eléctrico en 10 Kv y Sub-estación de Superficie da la Ampliación de Línea para Esta-ción de Bombeo 'Ovejerías' Santa Sofía - Ignacio Escudero"se ha incurrido en irregularidades tales como no encontrarsela misma debidamente programada en el PresupuestoInstitucional, haberse ejecutado un proceso de AdjudicaciónDirecta para seleccionar el Consultor para la elaboración delExpediente Técnico y otorgarse la buena pro en forma previaa que el Concejo aprobara ejecutar el Proyecto; asimismo, elproceso de selección para la ejecución de la obra, sufrió dila-ciones, habiéndose utilizado un valor referencial no actuali-zado, sin notificar a PROMPYME, y efectuando la evaluaciónsin acreditarse los criterios que sustentan los puntajes decalificación, además de haberse identificado la existencia deinjerencias de terceros ajenos al Comité; Que, la Comisión Auditora ha determinado que en la etapa de ejecución contractual, se procedió a efectuar elpago de la Valorización Nº 01, equivalente al 43.73% delmonto contractual, a los dos días de suscrito el contrato encontravención al plazo mensual establecido en las Basesy al Contrato, además de no estar sustentado con el ingre-so real de los bienes a la obra ni al avance de la misma; Que, los hechos señalados vulneran los principios de transparencia y moralidad, constituyendo indicios que ha-cen presumir la comisión del Delito de Colusión, previsto ypenado en el artículo 384º, del Código Penal; Que, en atención a los hechos expuestos y habiéndose acreditado como consecuencia de la acción de control prac-ticada, presunción de ilícito penal, en los que se encuen-tran involucrados autoridades, funcionarios y servidores dela Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero, que desem-peñan o han desempeñado función pública en la misma,corresponde a la Contraloría General de la República, pro-ceder conforme a sus atribuciones; Que, conforme lo dispuesto en la Segunda Disposición Tran- sitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y dela Contraloría General de la República, aprobada por Ley Nº27785, publicada el 23 de julio del 2002, el proceso integral decontrol iniciado antes de la entrada en vigor de esta Ley, seregirá por la normativa anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Nº 27785, constituye atribución de esteOrganismo Superior de Control, disponer el inicio de lasacciones legales pertinentes en forma inmediata, por par-te del Procurador Público, en los casos en que en la ejecu-ción directa de una acción de control se encuentre dañoeconómico o presunción de ilícito penal, correspondiendoautorizar al Procurador Público encargado de los asuntosjudiciales de la Contraloría General de la República, el ini-cio de las acciones legales respectivas contra los presun-tos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra-loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre-tos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado, inicie las acciones legales por los hechosexpuestos, contra los presuntos responsables comprendi-dos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efectolos antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00755