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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2004 (16/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G38/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de enero de 2004 cuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos que lo conforman; Que, conforme es de conocimiento público, existe en esta Corte Superior de Justicia un déficit de personal paraatender la gran demanda del servicio de Justicia que exis-te en esta Provincia Constitucional; Que, la situación expuesta, afecta entre otros, a los Juz- gados del distrito de Ventanilla, en los que por carencia depersonal no existe un número suficiente de notificadoresque puedan abastecer las extensas zonas que compren-den su jurisdicción con una población que tiende a incre-mentarse, situación que repercute en la necesidad de darceleridad a los actos de notificación de las resolucionesexpedidas por dichos Órganos Jurisdiccionales; que en esesentido, corresponde adoptar las medidas necesarias ten-dentes a revertir en parte la situación expuesta y velar porel adecuado servicio de Justicia en la referida jurisdicción; Que, teniendo en cuenta que el servicio de Casillas Judiciales Gratuitas existente en la Sede Principal de estaCorte Superior, constituye un mecanismo de notificaciónágil de las resoluciones judiciales emitidas por los Órga-nos Jurisdiccionales de dicha Sede Judicial, resulta nece-sario extender dicho servicio a la Sede Judicial que com-prende los Juzgados del distrito de Ventanilla, a fin de sim-plificar el acto procesal de notificación de las resolucionesjudiciales antes mencionadas, el mismo que estará a dis-posición de los señores Abogados que tengan la condiciónde hábil para el ejercicio de la profesión; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por elArtículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánicadel Poder Judicial, y estando a los considerandos prece-dentes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER LA INSTALACIÓN del servicio de Casillas Judiciales Gratuitas en el Módulo Bási-co de Justicia de Ventanilla, para los señores Abogados quetengan condición de hábiles para el ejercicio de la profesión. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los señores Abogados hábiles podrán obtener sus Casillas Judicialessin costo alguno inscribiéndose con la constancia respec-tiva emitida por el Colegio de Abogados que corresponda,en la Administración del Módulo Básico de Justicia de Ven-tanilla a partir de la fecha en que esté constituido dichoservicio, la misma que se hará de conocimiento público ala brevedad posible. Artículo Tercero.- DISPONER que las Casillas Judi- ciales a las que se alude en el Artículo Primero, sólo po-drán ser consideradas como domicilio procesal ante losÓrganos Jurisdiccionales del distrito de Ventanilla, y su usoestará limitado para la notificación de las resoluciones ex-pedidas en los procesos judiciales que giran por ante loscitados Órganos Jurisdiccionales, a excepción de las noti-ficaciones de resoluciones judiciales que, de acuerdo a dis-posiciones legales, deben ser notificadas de manera per-sonal, por edictos o publicaciones, telegrama, telefax u otramodalidad legalmente prevista. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el procedimiento de asignación de Casillas Judiciales y funcionamiento delas mismas, se regirá por el mismo sistema que rige parael servicio de Casillas Judiciales Gratuitas ubicadas en laSede Principal de esta Corte Superior. Artículo Quinto.- DISPONER que la Oficina de Admi- nistración Distrital, bajo responsabilidad, efectúe las ac-ciones inmediatas necesarias destinadas a la implementa-ción y funcionamiento del servicio de Casillas JudicialesGratuitas en el Módulo Básico de Justicia de Ventanilla;informando a este Despacho al respecto. Artículo Sexto.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dela Oficina de Control de la Magistratura, de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, de la Comisión Distrital de Con-trol de la Magistratura, de la señora Fiscal Superior Deca-na, de los señores Presidentes de las Salas Superiores,de los señores Magistrados de este Distrito Judicial, de laOficina de Administración Distrital, de la Oficina Distritalde Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y públiquese.CARLOS ZECENARRO MATEUS PresidenteCorte Superior de Justicia del Callao 00694/G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G64/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G22/G45/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G22/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G64/G69/G61/G2D /G72/G69/G6F/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20 /G6A/G75/G64/G75/G63/G69/G61/G6C/G20 /G64/G65/G6C/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 005-2004-P-CSJCL/PJ Callao, 9 de enero del 2004 VISTOS y CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en la Resolución Admi- nistrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 167-99-SE-TP-CME-PJ que aprueba las "Normas que regu-lan la designación del Diario Judicial por parte de losPresidentes de las Cortes Superiores de Justicia delpaís", por Resolución Administrativa Nº 114-99-P-CSJCL/PJ de fecha 1 de octubre de 1999, la Presiden-cia de esta Corte Superior de Justicia, designó al Diario" El Callao" como Diario Judicial de la Corte Superior deJusticia del Callao; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 020-2000-PCM de fecha 27 de julio del 2000, se precisó que la publicación de lasnotificaciones por edictos, de conformidad con lo establecidoen el Artículo 167º del Código Procesal Civil, se realiza en elDiario Oficial El Peruano y, adicionalmente, en el Diario Judi-cial del Distrito Judicial en el Diario en que se haya decididopublicar los avisos judiciales en la localidad de que se trate; Que, teniendo en consideración la amplia trayectoria y pre- sencia del Diario "El Callao", así como el importante desempe-ño que ha venido brindando a lo largo de los años como DiarioJudicial encargado de la publicación de los avisos judiciales, yla destacada labor periodística que desenvuelve en esta juris-dicción; procede ratificarlo como Diario encargado de laspublicaciones judiciales de este Distrito Judicial; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones conferidas a los Presidentes de Corte, por losincisos 1) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenadode la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidadcon el inciso 15) del Artículo 96º del mismo cuerpo Legal. SE RESUELVE:Artículo Primero.- RATIFICAR al Diario "El Callao", como Diario Judicial encargado de las publicaciones judiciales de esteDistrito Judicial, durante el presente Año Judicial 2004. Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Con-trol de la Magistratura del Poder Judicial, de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, del Diario "El Callao", de laComisión Distrital de Control de la Magistratura, de los Pre-sidentes de las Salas Superiores, de la Oficina de Admi-nistración Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institu-cional, y de los señores Magistrados de las Salas y Juzga-dos del Distrito Judicial, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CARLOS ZECENARRO MATEUS PresidenteCorte Superior de Justicia del Callao 00695 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G79/G20 /G72/G65/G61/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G73/G20 /G65/G6E /G64/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G63/G69/G2D/G76/G69/G6C/G20/G79/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G6A/G75/G65/G7A/G20/G73/G75/G70/G6C/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G6C/G61/G2D/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G6D/G65/G6E/G74/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G2D/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 007-2004-P-CSJCL/PJ Callao, 12 de enero del 2004 VISTA:La Resolución Administrativa Nº 908-2003-CNM, de fecha 22 de diciembre del 2003, expedida por el ConsejoNacional de la Magistratura; y,