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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2004 (24/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 78

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G36 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, sábado 24 de enero de 2004 •Elecciones Municipales Provinciales •Elecciones Municipales Distritales •Elecciones de Jueces de Paz ACTUALIZACIÓN DE LA SECCIÓN DE CANDIDATOSArtículo 54º.- La sección de candidatos se actualizará de acuerdo a la información remitida por los JuradosElectorales Especiales correspondientes a cada proce- so electoral. Los Jurados Electorales Especiales deben remitir, bajo responsabilidad, la información correspon-diente a los candidatos de su circunscripción inmediata- mente después de que éstos hayan alcanzado su ins- cripción definitiva Capítulo II DE LA SECCIÓN DE AUTORIDADES ELECTAS INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA SECCIÓN DE AUTORIDADES ELECTAS Artículo 55º.- En la sección de autoridades electas se archiva la relación de personas naturales elegidas de- mocráticamente en cualquiera de los procesos electo- rales organizados en el Perú. Junto a la relación de laspersonas elegidas se consigna el cargo para el cuál fueron elegidos y la votación obtenida, así como la reso- lución del Jurado Nacional de Elecciones que ordenó suproclamación. ORGANIZACIÓN DE LA SECCIÓN DE AUTORIDA- DES ELECTAS Artículo 56º.- La sección de autoridades electas estará organizada de acuerdo a la división política-geográfica del país, tomando en consideración el siguiente orden: •Autoridades Nacionales •Autoridades Parlamentarias o Congresales de acuer- do al distrito electoral en el que fueron elegidos. •Autoridades Regionales •Autoridades Municipales Provinciales •Autoridades Municipales Distritales •Magistrados y Jueces provenientes de elección popular ACTUALIZACIÓN DE LA SECCIÓN DE AUTORIDA- DES ELECTAS Artículo 57º.- La sección de autoridades electas se actua- lizará de acuerdo a las Resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones que declaren la vacancia o la revocatoria de alguna de las autoridades electas, consignándose la auto-ridad convocada en su reemplazo, de ser el caso. Capítulo III DE LA SECCIÓN DE ENCUESTADORAS ELECTORALES INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA SECCIÓN DE ENCUESTADORAS ELECTORALES Artículo 58º.- En la sección de encuestadoras electora- les se archiva la relación de personas naturales o jurídi-cas autorizadas por el Jurado Nacional de Elecciones para realizar sondeos de opinión de conformidad con el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadorasaprobado por Resolución Nº 142-2001-JNE. Junto a la relación de empresas, instituciones o personas natura- les se consigna el nombre del representante legal y laresolución del Jurado Nacional de Elecciones que apro- bó su autorización. ACTUALIZACIÓN DE LA SECCIÓN DE ENCUESTA- DORAS ELECTORALES Artículo 59º.- La sección de encuestadoras electorales se actualizará de acuerdo a las Resoluciones del Jura- do Nacional de Elecciones que permitan, limiten, sancio-nen o cancelen la autorización de las empresas, institu- ciones o personas naturales dedicadas a realizar son- deos de opinión con fines electorales.EFECTOS DE LA CANCELACIÓN Artículo 46º.- La cancelación de la inscripción de un movimiento regional acarrea la pérdida del reconocimiento legal adquirido. CANCELACIÓN AUTOMÁTICA DE LA INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS LOCALES Artículo 47º.- El Registro de Organizaciones Políticas can- cela de oficio el registro correspondiente a las organizacio-nes políticas locales provinciales o distritales, una vez con- cluido el proceso electoral para el cual se inscribieron. APELACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CANCELA- CIÓN Artículo 48º.- La Resolución del Registro de Organiza- ciones Políticas que cancela la inscripción de un partido político o movimiento regional es apelable ante el Plenodel Jurado Nacional de Elecciones en un plazo no mayor a cinco días hábiles después de notificada. RESOLUCIÓN DE LA APELACIÓN Artículo 49º.- El Pleno del Jurado Nacional de Eleccio- nes, sustancia y resuelve la apelación dentro de los treinta días hábiles después de interpuesta. Contra lo resuelto por el Pleno del Jurado Nacional de Eleccionesno procede recurso alguno. TÍTULO V DEL ARCHIVO ELECTORAL DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS ARCHIVO ELECTORAL DEL REGISTRO Artículo 50º.- El Registro de Organizaciones Políticas mantendrá actualizado un archivo electoral oficial con fines declarativos. El archivo estará dividido en seccio-nes que contendrán, según corresponda, la información histórica sobre: a) Candidatos inscritos en los distintos procesos elec- torales. b) Autoridades Electas en los distintos procesos elec- torales. c) Encuestadoras Electorales autorizadas por el Jura- do Nacional de Elecciones. CARÁCTER OFICIAL DEL ARCHIVO Artículo 51º.- El archivo del Registro de Organizacio- nes Políticas tiene carácter oficial y la información conte- nida en sus distintas secciones es la única reconocida yautorizada por el Jurado Nacional de Elecciones. Capítulo I DE LA SECCIÓN DE CANDIDATOS INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA SECCIÓN DE CANDIDATOS Artículo 52º.- En la sección de candidatos se archivan las fórmulas o listas de personas naturales debidamente inscritas en los Jurados Electorales Especiales corres-pondientes, y que lograron participar efectivamente en cualquiera de los procesos electorales organizados en el Perú. Junto a la fórmula o lista inscrita se archivará laficha individual de cada candidato y la resolución del Jurado Electoral Especial que aprobó su inscripción. ORGANIZACIÓN DE LA SECCIÓN DE CANDIDATOS Artículo 53º.- La sección de candidatos estará organi- zada por proceso electoral, tomando en consideración los siguientes procesos electorales: •Elecciones Presidenciales •Elecciones Parlamentarias o Congresales •Elecciones Regionales