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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2004 (26/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G35/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 26 de enero de 2004 Artículo 2º.- Remitir todos los actuados a la Dirección de Logística de la Policía Nacional del Perú a efectos queanote la donación del inmueble en el Margesí e InventarioFísico de Bienes Inmuebles de la Policía Nacional del Perúy, transcriba la Resolución a la Superintendencia de Bie-nes Nacionales para su registro en el Sistema de Informa- ción Nacional de Bienes de Propiedad Estatal. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 06835 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G4E/G50 (Se publica la presente resolución a solicitud del Minis- terio del Interior, mediante oficio Nº 0907-2003-IN/0604,recibido el 21 de enero de 2004) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0493-2003-IN/PNP Lima, 4 de abril del 2003 VISTO, el Acta Nº 88-2002-COPEPROAD-PNP de 19DIC2002, de la Comisión Permanente de Procesos Ad- ministrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles dela Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión delproceso administrativo disciplinario instaurado a la EC PCPNP Lourdes RAMOS ARRETEA; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3031-DGPNP/DIRPER-PNP de 28NOV2002, se instauró proceso administrativo disciplina-rio a la EC PC PNP Lourdes RAMOS ARRETEA, por lapresunta comisión de Incumplimiento de normas y aban-dono de cargo, al dejar de asistir a sus labores en el Hos-pital Central PNP desde el 29OCT2002; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la pro-cesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrati- vos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PolicíaNacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actua- dos inherentes al proceso seguido contra la referida servido- ra, al que se contrae la presente Resolución, y observadaslas garantías y procedimientos establecidos, ha comprobadoque las acciones realizadas constituyen faltas disciplinariasgraves, acordando por unanimidad recomendar al DespachoMinisterial se le imponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. “d” y 28º Incs. “a” y “k” del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público, yal Art. 155º Inc. “d” de su Reglamento, aprobado por D.S.Nº 005-90-PCM de 17ENE90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 88-2002-COPEPROAD-PNP de 4NOV2002; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC PC PNP Lourdes RA- MOS ARRETEA con Destitución, con fecha 29OCT2002, en vía de regularización; por faltas disciplinarias (Incumpli- miento de normas y abandono de cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolu- ción a la interesada, a partir del día siguiente de su publi-cación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 06836PRODUCE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G2D /G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G75/G69/G63/G75/G6C/G2D /G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G61/G6E/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 089-2003-PRODUCE/DNA Lima, 27 de noviembre del 2003Vistos los escritos con registro Nº CE-10433001, de fe- cha 16 de setiembre y su adjunto Nº 01, de fecha 21 de octubre de 2003, presentado por los señores CARLOSGOLDIN SOTOMAYOR y ANDRES GOLDIN SOTOMAYOR; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, señala que el Estado fomenta la más amplia participación de las personas naturales y jurídi-cas nacionales y extranjeras en la actividad de acuicultura, laque puede acogerse al régimen de estabilidad jurídica de con-formidad a las leyes sobre la materia, y sobre la base de lalibre competencia y el libre acceso a la actividad económica; Que, mediante Resolución Directoral Nº 027-2002-PRO- DUCE/DNA, de fecha 9 de octubre de 2002, se otorgó alseñor MARCO ANTONIO HIDALGO LOLI, concesión paradesarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala conel recurso concha de abanico, ( Argopecten purpuratus ) en un área de mar de 15 has., ubicada en la Bahía de Saman- co, provincia del Santa departamento de Ancash; Que, mediante el escrito del visto, los señores CAR- LOS GOLDIN SOTOMAYOR y ANDRES GOLDIN SOTO-MAYOR, solicitan cambio de titular de la concesión a quese refiere el artículo precedente, al haber suscrito un Con-trato de Cesión de Posición Contractual con su titular, con fecha 10 de setiembre de 2003, conforme consta en el do- cumento privado que acompañan; Que, de la evaluación efectuada a los documentos pre- sentados por los recurrentes, se ha determinado que hancumplido con presentar los requisitos establecidos en elProcedimiento Nº 46, del Texto Único de Procedimientos Administrativos, TUPA, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que deviene procedente aprobar elcambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Maricultura, de la Dirección Nacional de Acuicultura y con la visaciónde la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su Re-glamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-PE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos,aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular de la concesión otorgada por Resolución Directoral Nº 027-2002-PRODUCE/DNA, de fecha 9 de octubre de 2002, para desarrollar la acti-vidad de acuicultura a mayor escala con el recurso concha de abanico ( Argopecten purpuratus ), en un área de mar de 15 has. ubicada en la Bahía de Samanco, distrito de Samanco,provincia del Santa departamento de Ancash; en los mismostérminos y condiciones, a favor de los señores CARLOSGOLDIN SOTOMAYOR Y ANDRES GOLDIN SOTOMAYOR. Artículo 2º.- Déjese sin efecto la titularidad de la con- cesión a nombre del señor MARCO ANTONIO HIDALGO LOLI, otorgada a través de la Resolución Directoral Nº 027-2002-PRODUCE/DNA, de fecha 9 de octubre de 2002. Artículo 3º.- La concesión se otorga por un plazo de treinta (30) años contados a partir de la fecha en que seconfirió el derecho a través de la Resolución Directoral Nº 027-2002-PRODUCE/DNA, debiendo los titulares de la concesión cumplir con lo establecido en el Convenio deConservación, Inversión y Producción Acuícola, así comocon lo siguiente: