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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (07/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 70

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G31/G36/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 7 de febrero de 2004 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G2D /G73/G65/G6E/G74/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G4F/G52/G43/G4F/G2D/G56/G41/G44/G4F/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 008-2004-EF/94.45 Lima, 28 de enero de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2003033605, así como el Informe Nº 010-2004-EF/94.45.2 de fecha 28 de enero de 2004, de laGerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Junta General de Accionisas de Sul América Compañía de Seguros S.A. de fecha 4 de agostode 2003, se aprobó por unanimidad someter a la citada sociedad a un proceso de reorganización empresarial bajo la modalidad de escisión, al amparo de la Ley Nº 26887,Ley General de Sociedades. Asimismo, se acordó tambiénpor unanimidad la constitución simultánea de una socie-dad anónima denominada “CORCOVADO S.A.”; Que, mediante Junta General de Accionisas de COR- COVADO S.A. de fecha 9 de diciembre de 2003, acordó por unanimidad inscribir las acciones representativas decapital social emitidas por ella, en el Registro de Valoresde la Bolsa de Valores de Lima y en el Registro Público delMercado de Valores de CONASEV, de conformidad con lodispuesto por el artículo 15º de la Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y artículo 5º del Reglamento de Ins- cripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda deBolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Reso-lución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10; Que, con fecha 19 de noviembre de 2003, el señor Luis Ricardo Salcedo Marsano, Gerente General de CORCOVA- DO S.A. solicita a la Bolsa de Valores de Lima la inscripción de las acciones representativas de capital social de su re-presentada en el Registro de Valores de la mencionada en-tidad y en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 132º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-EF y de acuerdo con lo establecido en el artículo 16º del Reglamentodel Registro Público del Mercado de Valores, aprobado porResolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, la Bolsa de Va-lores de Lima mediante carta Nº GL-1257/03 de fecha 26 dediciembre de 2003, comunicó a CONASEV su decisión de admitir la solicitud del listado de las acciones representativas de capital social de CORCOVADO S.A. elevando el expe-diente respectivo para los fines correspondientes; Que, de acuerdo al artículo 2º del Estatuto Social de CORCOVADO S.A. el capital social de la sociedad ascien-de a Cinco Millones Ochocientos Cuarenta y Cuatro Mil Ciento Veintiocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5 844 128,00) representado por 5 844,128 acciones comunes con dere-cho a voto de un valor nominal de S/. 1,00 (Un Nuevo Sol)cada una, íntegramente suscritas y totalmente pagadas; Que, luego de la evaluación a la documentación presen- tada se ha verificado que en el presente caso se cumple con los requisitos exigidos por el artículo 5º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rue-da de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado me-diante Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10 y modifi-cada por Resolución CONASEV Nº 092-2000/EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16º del Regla- mento del Registro Público del Mercado de Valores, apro- bado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y alo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacionalcon fecha 18 de diciembre de 2000 que faculta a la Geren-cia de Mercados y Emisores a disponer la inscripción devalores mobiliarios, previamente emitidos y que serán ne- gociados en mecanismos centralizados de negociación, en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones representativas de capital social de CORCOVA-DO S.A., en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima.Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Merca- do de Valores las acciones representativas de capital so-cial de CORCOVADO S.A. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a COR- COVADO S.A., a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO CRUZADO COCA Gerente de Mercados y Emisores 02263 DEVIDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G2D /G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G2D/G74/G72/G61/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 006-2004-DV-PE Lima, 4 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Dro- gas - DEVIDA, es un Organismo Público Descentralizado delSector Presidencia del Consejo de Ministros cuyo Titular del Plie-go es el Presidente Ejecutivo y que de acuerdo a su Reglamentode Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº032-2002-PCM, es el ente rector que diseña y conduce la Políti- ca Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, el Consu- mo Ilegal de Drogas Tóxicas, promoviendo el desarrollo integral ysostenible de las zonas cocaleras del país; Que el inciso g) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di-recta, de las contrataciones que se realicen para prorrogarel plazo de los contratos de arrendamiento de InmueblessIempre que la renta no se incremente en una tasa mayoral crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que DEVIDA, al no contar con una infraestructura pro- pia para el funcionamiento de sus oficinas; requiere prorro-gar los contratos de alquiler de los locales que vienen ocu-pando actualmente, los que se hallan descritos en la parteresolutiva, con la finalidad de continuar con el funcionamien-to y el desarrollo de las actividades propias de la Institución; Que, la Gerencia de Asesoría Legal y Gerencia de Ad- ministración e Informática de DEVIDA, ha emitido el co-rrespondiente Informe Técnico Legal que sustenta la nece-sidad de prorrogar al arrendamiento de los locales antesmencionados, por el período de un año, en concordanciacon lo establecido en el artículo 20º de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, lo expuesto en dicho informe justifica Técnica y Legalmente la exoneración del proceso de selección parala prórroga de los contratos de arrendamiento cumpliéndo-se con lo establecido en el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y los artículos 105º, 113º y 115º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, Con las visaciones de los Gerentes de Asesoría Legal y de Administración e Informática; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de se- lección respectivo para la prórroga de los contratos dearrendamiento de los inmuebles, por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción, los cuales se detallan en el cuadro siguiente.