Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2004 (15/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 15 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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MORDAZA MORDAZA, CIP. 00958281, a fin que participe en el Curso de Doctorado en Ingenieria Mecanica con mencion en Control y Automatizacion Mecanica, a realizarse en la Escuela Politecnica de la Universidad de Sao MORDAZA - BRASIL, a partir del 6 de febrero al 15 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- El citado Oficial Subalterno continuara revistando en la Direccion de Instruccion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 3º.- La MORDAZA de MORDAZA del Peru, a traves de los Servicios Industriales de la MORDAZA Sociedad Anonima - MORDAZA PERU S.A., estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 03110

EDUCACION
Autorizan a Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local efectuar acciones de racionalizacion de plazas vacantes de personal de Instituciones Educativas Publicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0043-2004-ED MORDAZA, 13 de febrero de 2004

Que, la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Nº 27209, establece las normas fundamentales que rigen las distintas fases del MORDAZA Presupuestario, los criterios tecnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestion administrativa y financiera del Estado; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Nº 28128, en los literales n) y o) del articulo 15º indican que los titulares de los Pliegos, aprobaran procedimientos y programas de racionalizacion sectorial, comprendiendo a las entidades funcionalmente bajo su ambito, para una adecuada distribucion de los recursos, a fin de mejorar el servicio; Que, la Ley General de Educacion Nº 28044, en su literal h) del articulo 80º, senala que al Ministerio de Educacion le corresponde definir las politicas sectoriales de personal y los programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del Sector; ademas, el Art. 85º de la referida Ley, indica que la asignacion de recursos financieros se determina en funcion de los objetivos y metas establecidas en los planes y proyectos estrategicos institucionales y en los planes anuales de desarrollo, que incluyen estudios de costos por alumno y por seccion en cada nivel y modalidad educativa; Que, con la finalidad de dar cumplimiento a lo normado en la Resolucion Ministerial Nº 030-2004-ED, es conveniente adoptar medidas de racionalizacion educativa, que comprenda la reubicacion de plazas por excedencia, previa evaluacion de necesidades de acuerdo a los requerimientos de la demanda educativa, a fin de mejorar la calidad del servicio en las Instituciones Educativas de Gestion Publica; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 0032004-ED, de fecha 11 de febrero de 2004, se dispuso que las Unidades de Gestion Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educacion, determinen que plazas docentes vacantes les son estrictamente necesarias y cuales resultan excedentes, despues de ejecutar un MORDAZA de racionalizacion de las cargas docentes en las instituciones educativas publicas bajo su

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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