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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (15/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G32/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de febrero de 2004 VALENCIA Reyes, CIP. 00958281, a fin que participe en el Curso de Doctorado en Ingeniería Mecánica con mención en Control y Automatización Mecánica, a realizarse en la Escuela Politécnica de la Universidad de Sao Paulo - BRA-SIL, a partir del 6 de febrero al 15 de diciembre del 2004. Artículo 2º.- El citado Oficial Subalterno continuará revistando en la Dirección de Instrucción de la Marina deGuerra del Perú, por el período que dure la Misión de Estu- dios. Artículo 3º.- La Marina de Guerra del Perú, a través de los Servicios Industriales de la Marina Sociedad Anónima - SIMA PERU S.A., estará a cargo de asegurar las condi- ciones adecuadas para el cumplimiento de la misión enco-mendada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 03110 EDUCACIÓN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G45/G64/G75/G2D/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G7A/G61/G73/G20/G76/G61/G63/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G2D /G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G50/GFA/G2D /G62/G6C/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0043-2004-ED Lima, 13 de febrero de 2004CONSIDERANDO: Que, la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Nº 27209, establece las normas fundamentales que ri-gen las distintas fases del Proceso Presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que per- mitan optimizar la gestión administrativa y financiera delEstado; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Nº 28128, en los literales n) y o) delartículo 15º indican que los titulares de los Pliegos, apro- barán procedimientos y programas de racionalización sectorial, comprendiendo a las entidades funcionalmen-te bajo su ámbito, para una adecuada distribución de los recursos, a fin de mejorar el servicio; Que, la Ley General de Educación Nº 28044, en su literal h) del artículo 80º, señala que al Ministerio de Educación le corresponde definir las políticas sectoria- les de personal y los programas de mejoramiento delpersonal directivo, docente y administrativo del Sector; además, el Art. 85º de la referida Ley, indica que la asig- nación de recursos financieros se determina en funciónde los objetivos y metas establecidas en los planes y proyectos estratégicos institucionales y en los planes anuales de desarrollo, que incluyen estudios de costospor alumno y por sección en cada nivel y modalidad educativa; Que, con la finalidad de dar cumplimiento a lo nor- mado en la Resolución Ministerial Nº 030-2004-ED, es conveniente adoptar medidas de racionalización edu- cativa, que comprenda la reubicación de plazas porexcedencia, previa evaluación de necesidades de acuer- do a los requerimientos de la demanda educativa, a fin de mejorar la calidad del servicio en las InstitucionesEducativas de Gestión Pública; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 003- 2004-ED, de fecha 11 de febrero de 2004, se dispusoque las Unidades de Gestión Educativa Local y las Di- recciones Regionales de Educación, determinen qué plazas docentes vacantes les son estrictamente nece-sarias y cuáles resultan excedentes, después de eje- cutar un proceso de racionalización de las cargas do- centes en las instituciones educativas públicas bajo su REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán teneren cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstosdeberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU