Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2004 (20/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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ITEM Nº 3 COMERCIAL DENIA MV ELECTRONIC CONSORCIO ALT. TECN. Y SERVICIOS ASISREPCOM IT. STORAGE CONSORC. COMMAND SYSTEMS

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de febrero de 2004

Articulo Quinto.- Encargar al Comite Especial Permanente designado, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Gerente Municipal 03591

Que, de acuerdo al calendario del MORDAZA de seleccion se fijo como fecha de otorgamiento de la Buena Pro el dia 11 de febrero del presente ano, habiendo obtenido la buena pro en los tres Items el consorcio conformado por las empresas COMMAND SYSTEMS / NORTH CHI COMPANY EIRL; Que, con fecha 13 de febrero de 2004, la Empresa Comercial Denia S.A. presenta Recurso de Apelacion contra el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro en el Item Nº 3, por considerar que el Consorcio ganador presento una propuesta economica inferior al 70% del valor referencial para el mencionado Item contraviniendo lo dispuesto en el articulo 33º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con el documento de vistos, los integrantes del Comite Especial Permanente senalan que al momento de realizar la Evaluacion Tecnica - Economica de las propuestas presentadas en el Item Nº 3, han podido advertir que no se ha realizado una evaluacion objetiva y transparente de los postores; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ( D. S. N º 0 1 3 - 2 0 0 1 - P C M ) , l a M a x i m a Au t o r i d a d Administrativa de la Entidad, esto es la Gerencia Municipal, puede declarar la NULIDAD de oficio del MORDAZA de seleccion por cualquiera de las causales establecidas en el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; Que, el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece entre otros que se declaran nulos los actos administrativos expedidos, cuando prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, en el presente caso se ha cumplido el supuesto contenido de la MORDAZA en mencion, por lo que resulta procedente la Declaracion de la Nulidad parcial de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0004-2004-CEP/MDB Item Nº 3 debiendo retrotraerse la misma, hasta la Etapa de Evaluacion Tecnica - Economica de las propuestas presentadas; Que, no procede pronunciarse sobre el Recurso de Apelacion presentado por el postor Comercial Denia S.A. por los argumentos senalados; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Alcaldia Nº 001-2004-DA/MDB y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, (aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM) y su Reglamento (aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM); RESUELVE: Articulo Primero.- Declarese la NULIDAD PARCIAL de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0004-2004-CEP/ MDB para la Adquisicion de Equipos de Computo para la Municipalidad de Brena por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Retrotraer el MORDAZA, hasta la Etapa de Evaluacion Tecnica - Economica, debiendo evaluarse conforme a los cr iterios de calificacion establecidos en las Bases. Articulo Tercero.- No procede pronunciarse sobre el Recurso de Apelacion presentado por el postor Comercial Denia S.A. por los argumentos senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Dispongase la publicacion de la presente Resolucion de Gerencia Municipal, en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM), en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles de emitida.

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Modifican la Estructura Organica, el Reglamento y Manual de Organizacion y Funciones y el Reglamento de Aplicacion de Sanciones de la municipalidad
ORDENANZA Nº 103
Lince, 26 de enero de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 004-2004-MDL de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economia y Administracion; referente a la Modificacion de la Estructura Organica, Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y del Reglamento de Aplicacion y Sanciones (RAS) de la Municipalidad Distrital de Lince, respecto a trasladar la Jefatura de Multas como organo dependiente de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 014-2004-MDL/GPP de la Gerencia de Presupuesto y Planificacion, presenta la propuesta de modificacion de la Estructura Organica de la Corporacion, asi como del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (RAS), de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, al respecto cabe senalar que mediante Edicto Nº 008-2003, modificado por Edicto Nº 009-2003, se aprobo la nueva Estructura Organica de esta Municipalidad; Que, posteriormente, se modifico la citada Estructura Organica mediante Ordenanza Nº 070 de fecha 27 de MORDAZA de 2003, incorporandose a la Jefatura de Multas, como organo dependiente de la Gerencia General; Que, en la propuesta MORDAZA mencionada, se ha considerado la inclusion de la Jefatura de Multas, como organo dependiente de la Gerencia de Rentas, de acuerdo a lo solicitado por la Gerencia General, mediante Memorandum Nº 024-2004-GG-MDL de fecha 21 de enero de 2004; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica ha establecido mediante Informe Nº 028-2004-GAJ-MDL, que la citada modificacion debe realizarse a traves de la dacion de la Ordenanza respectiva, de conformidad a lo senalado por el numeral 08 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los Articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD y con la dispensa del tramite de lectura y Aprobacion del Acta, el Concejo aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICAR, la Estructura Organica, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Distrital de Lince, trasladandose la Jefatura de Multas como organo dependiente de la Gerencia de Rentas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General, Gerencia Presupuesto y Planificacion, Gerencia de

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