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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (20/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 87

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G37/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de febrero de 2004 ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- MODIFICAR la escala de viáticos a que se refiere la Ordenanza Regional Nº 016-2003-GR.LAMB/CR de fecha 8 de agosto de 2003, la misma quequeda establecida de la siguiente manera: ANEXO “A” ESCALA DE VIÁTICOS CONCEPTO PRESIDENTE CONSEJEROS FUNCIONARIOS REGIONAL REGIONALES Y DEMÁS TRABAJADORES A Lima A otras A Lima A otras A Lima A otras ciudades ciudades ciudades Alimentación por día 80.00 60.00 60.00 50.00 50.00 40.00 Hospedaje por noche 100.00 80.00 80.00 80.00 70.00 60.00 Movilidad 70.00 60.00 60.00 50.00 30.00 20.00 TOTAL VIÁTICOS 250.00 200.00 200.00 180.00 150.00 120.00 Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional, tendrá vigencia durante el Año Fiscal 2004. POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 03457 /G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G20/G45/G73/G63/G61/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G69/GE1/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G61 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G31/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G47/G52/G2E/G4C/G41/G4D/G42/G2F/G43/G52 ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2004-GR.LAMB./CR. Chiclayo, 5 de febrero de 2004El Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque;POR CUANTO:El Consejo Regional de Lambayeque en su Sesión Ex- traordinaria de 27 de enero de 2004, ha aprobado la Orde-nanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2004- GR.LAMB/CR. De fecha 20 de enero del 2004, el ConsejoRegional de Lambayeque, modifica la Escala de Viáticos aque se refiere la Ordenanza Regional Nº 016-2003-GR.LAMB/CR. de fecha 8 de agosto del 2003, la mismaque quedó establecida de la siguiente manera: ORDENANZA REGIONAL Nº 001 -2004-GR.LAMB. /CR. ANEXO “A” ESCALA DE VIÁTICOS CONCEPTO PRESIDENTE CONSEJEROS FUNCIONARIOS Y REGIONAL REGIONALES DEMÁS TRABAJADORES A Lima A otras A Lima A otras A Lima A otras Ciudades ciudades ciudades Alimentación por día 80.00 60.00 60.00 50.00 50.00 40.00 Hospedaje por noche 100.00 80.00 80.00 80.00 70.00 60.00 Movilidad 70.00 60.00 60.00 50.00 30.00 20.00 TOTAL VIÁTICOS 250.00 200.00 200.00 180.00 150.00 120.00 Que, como se verifica, en la mencionada Escala de Viáti- cos sólo se ha contemplado la salida de autoridades Regio-nales, funcionarios y demás trabajadores a la ciudad de Limay a otras ciudades fuera de la Región de Lambayeque; sinembargo, en dicha escala, no se ha contemplado la salida deéstos a otras ciudades dentro de la Región de Lambayeque;Por los considerándoos expuestos, y amparado en lo que dispone el Artículo 15º, inciso a) de la Ley Nº 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por laLey Nº 27902, que señala que son atribuciones del Conse-jo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas queregulan o reglamentan los asuntos y materias de su com-petencia y funciones, así como por lo dispuesto en su Artí-culo 39º, es necesario integrar a la escala de viáticos apro-bada mediante Ordenanza Regional Nº 001-2004-GR.LAMB/CR, incorporando la escala de viáticos para fun-cionarios y demás trabajadores a otras ciudades dentro dela Región Lambayeque. Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,modificada por Ley Nº 27902, el Consejo del GobiernoRegional de Lambayeque ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Único.- INTEGRAR la Escala de Viáticos apro- bada mediante Ordenanza Regional Nº 001-2004-GR.LAMB/CR, incorporando la escala de viáticos para fun-cionarios y demás trabajadores a otras ciudades dentro dela Región de Lambayeque, la misma que queda estableci-da de la siguiente manera: ANEXO “A” ESCALA DE VIÁTICOS CONCEPTO PRESIDENTE CONSEJEROS FUNCIONARIOS REGIONAL REGIONALES Y DEMÁS TRABAJADORES A LIMA A A LIMA A A LIMA A A OTRAS OTRAS OTRAS OTRAS CIUDA- CIUDA- CIUDA- CIUDA- DES DES DES DES - DENTRO DE LA REGIÓN Alimentación por día 80.00 60.00 60.00 50.00 50.00 40.00 25.00 Hospedaje por noche 10 0.00 80.00 80.00 80.00 70.00 60.00 35.00 Movilidad 70.00 60.00 60.00 50.00 30.00 20.00 10.00 TOTAL VIÁTICOS 25 0.00 200.00 200.00 180.00 150.00 120.00 70.00 POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 03458 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G49/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G72/G20/G52/G65/G73/G6F/G2D /G6E/G61/G64/G6F/G72/G20/G4D/G61/G67/G6E/GE9/G74/G69/G63/G6F ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD Nº 003-2004-CR/R-LL Trujillo, 15 de enero del 2004 El Consejo Regional de La LibertadVISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 15 de enero del 2004, la propuesta del señor Presidente del Gobierno yConsejo Regional relativa a la Aprobación del Conveniopara la instalación de un resonador magnético a suscribirentre el Hospital Regional Docente de Trujillo y la EmpresaESKE S.R.L. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, dis- pone en su Artículo 191º, que los Gobiernos Regionalestienen Autonomía Política, Económica y Administrativa enlos asuntos de su competencia, que tiene plena concor-dancia con el Art. 191º del mismo Texto Legal cuando taxa-tivamente indica que los Gobiernos Regionales promue-ven el desarrollo y la economía regional, fomentan las in-