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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G37/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de febrero de 2004 la zona Andina de Ilabaya pasando por la costa benig- na de Locumba); Que, la principal actividad productiva la constituye la minería asentada en el yacimiento minero de Toque-pala, en el distrito de Ilabaya, cuya explotación radicaesencialmente en el cobre. Sin embargo, la agriculturase convierte en la principal actividad que absorbe elmayor porcentaje de la población económicamente ac-tiva de provincia, teniendo como producción agrícola elají, ajo, orégano, maíz amarillo duro, así como varie-dades de frutales en las que destaca la vid, la pera, eldamasco, la frutilla, el tumbo, etc. y la alfalfa como fuen-te alimentaría de la ganadería existente en la zona. Sinembargo, esta producción no refleja una mejora en lacalidad de vida de la población debido específicamentea la obtención de una escasa rentabilidad que se obtie-ne de los productos de bajos rendimientos productivos,así como un inadecuado manejo de comercializaciónsin ningún valor agregado; Que, la presencia de instituciones estatales priva- das y organizaciones agrarias, permiten que puedaestablecerse mecanismos para articular, conjuncionar,planificar y ejecutar programas, proyectos y activida-des en el marco de una plan de desarrollo estratégicoque permitan utilizar de forma óptica los recursos eco-nómicos de las instituciones y organizaciones inheren-tes, para aprovechar las bondades del clima de la pro-vincia, que redunden en la obtención de una óptima pro-ducción, alta productividad y mejora de la rentabilidad.Así como una nueva visión de producción para la agro-exportación hecho que desde ya aseguraría una claramejora de los estándares de vida de la población de laprovincia Jorge Basadre; Que, a efecto de lograr lo señalado se constituye "El Centro de Desarrollo Agrario de la provincia Jorge Basa-dre" como ente responsable de planificar y ejecutar pro-yectos, programas y acciones tendientes a cumplir los si-guientes objetivos; Que, los Gobiernos Regionales tienen como funciones en materia agraria la de formular, aprobar, ejecutar, eva-luar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la región en materia agraria en concordancia con las políti-cas nacionales y los planes sectoriales y las propuestaspromocionales de desarrollo rural de parte de las munici-palidades; Que, en mérito a la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28103 - Ley Orgánica de GobiernosRegionales, artículos 15º numeral a) y 38º, el Consejo Re-gional aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Objeto de la Ordenanza Regio- nal Constitúyase por necesidad social e interés regional el "Centro de Desarrollo Agrario de la provincia de Jorge Ba-sadre", encargado de elaborar, organizar y ejecutar la po-lítica de desarrollo agrario de la provincia de Jorge Basa-dre, en coordinación con las entidades públicas y priva-das. Artículo Segundo.- Conformación del Centro de Desarrollo Agrario La conformación de la Junta Directiva del "Centro de Desarrollo Agrario de la provincia de Jorge Basadre" esta-rá integrado por: - Un representante del Gobierno Regional de Tacna (quien lo presidirá). - Un representante de la Dirección Regional Sectorial de Agricultura. - Un representante de la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Ila- baya. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Ite.- Un representante de la Universidad Jorge Basadre Grohmann. - Dos representantes de la Junta de Usuarios de Locum- ba. - Un representante de la ZOFRATACNA.- Un representante de los Agroexportadores.- Un representante de la Administración Técnica de Rie- go. Se aclara que los cargos directivos del Centro de Desa- rrollo Agrario en referencia son ad honorem.Artículo Tercero.- Objetivos - Establecer los mecanismos adecuados para conjun- cionar los recursos económicos logísticos de cada institu-ción en pro del desarrollo provincial. - Propiciar los espacios más coherentes y capaces de unificar criterios, objetivos y metas orientadas al cumpli-miento de una visión progresista permanente y modernapara la agroexportación. - Promover la participación de la empresa privada, con- formado alianzas estratégicas orientadas a darle valor agre-gado a la producción agrícola. - Formular planes, programas, proyectos de corto y mediano plazo, los cuales puedan ser objeto de medicióncuantitativa y cualitativa. - Organizar técnica y legalmente a los agricultores, uti- lizando los mecanismos más modernos de manejo empre-sarial. - Revisar y evaluar periódicamente los logros, avances y acciones ejecutadas. - Aplicar conocimientos técnicos y científicos en la eje- cución de la gestión firmando convenios con centros, insti-tutos y universidades que permitan ingresar a competiradecuadamente y con posibilidades de éxito. Artículo Cuarto.- Facultades de Designación Se faculta a la Gerencia General Regional, para desig- nar al Coordinador Técnico del Centro de Desarrollo Agra-rio, quien elaborará el Plan de Desarrollo Estratégico de laprovincia de Jorge Basadre. Artículo Quinto.- Ejecución. Encarga a la Gerencia General Regional la ejecución de la presente Ordenanza, facultándosele para que dispon-ga de los recursos económicos para concretizar su ejecu-ción. Artículo Sexto.- Publicidad Disponer que la Dirección Regional de Administración efectúe la publicación de la presente Ordenanza en el Dia-rio Oficial El Peruano y la Oficina de Soporte Informáticorealice la publicación en el Portal Electrónico de la Región. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Tacna para su promulgación. En Tacna, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil tres. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumplaDado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tac- na, a los treinta días del mes de diciembre del año dos miltres. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 03444 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G49/G6E/G74/G61/G6E/G67/G69/G62/G6C/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G46/G61/G6C/G2D /G64/G61/G73/G20/G79/G20/G50/G61/G6D/G70/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G72/G6F/G20/G49/G6E/G74/G69/G6F/G72/G6B/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2003-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional de Tacna, en su Sesión Extraor- dinaria de fecha 30 de diciembre del 2003, ha aprobado laOrdenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, durante décadas el crecimiento de la ciudad de Tacna, se realizó en base a las invasiones a terrenos rea-lizados por personas que llegaban de otras ciudades, oca-sionando un crecimiento no planificado y desorganizado