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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2004 (08/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 75

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G30/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 departamento de Lima, dejando sin efecto la Resolución SBS Nº 1228-2003 del 19 de agosto del 2003 que autorizóla apertura de dicha Agencia. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 11.6 de la Circular Nº CM-0321-2004, dentro de los siete(7) días calendario de formalizado el cierre, la Caja Munici- pal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), debe- rá reportar a esta Superintendencia las acciones realiza-das en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la precita-da Circular. Regístrese, publíquese y comuníquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 12667 RESOLUCIÓN SBS Nº 1066-2004 Lima, 1 de julio de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Crédi- to Popular de Lima (Caja Metropolitana), para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial Temporal enlas instalaciones del Club Social Miraflores, sito en Male-cón de la Reserva Nº 535, distrito de Miraflores, provinciay departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "F", mediante Informe Nº 74-2004-DESF "F"; y, De conformidad con el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aproba-do mediante Resolución SBS Nº 131-2002 y modificadopor Resolución SBS Nº 1276-2002; la Circular SBS Nº CM-0321-2004 (B-2134-2004) y en virtud de la facultad dele- gada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédi- to Popular de Lima (Caja Metropolitana), la apertura de una Oficina, en la modalidad de Oficina Especial, de vigenciatemporal, ubicada en las instalaciones del Club Social Mira-flores, sito en Malecón de la Reserva Nº 535, distrito de Mi-raflores, provincia y departamento de Lima. En esta Oficina,que funcionará del 5 al 31 de julio del 2004, se efectuará la exposición y venta de bienes adjudicados (joyas). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 12665 RESOLUCIÓN SBS Nº 1067-2004 Lima, 1 de julio de 2004EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Crédi- to Popular de Lima (Caja Metropolitana), para que se leautorice el traslado de una agencia ubicada en el distrito de Lince; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado soli-citado; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero "F", medianteInforme Nº 075-2004-DESF; y, De conformidad con el procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aproba-do mediante Resolución SBS Nº 131-2002; la Circular SBSNº CM-0321-2004 (B-2134-2004) y en virtud de la facultaddelegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), el traslado de la Agencia ubicada en el jirón Brigadier Pumacahua Nº 2431, distrito de Lince, a la nueva ubicación solicitada sitoen la esquina formada por el jirón Julio C. Tello Nº 1001 yjirón Brigadier Pumacahua, distrito de Lince, provincia ydepartamento de Lima. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 11.6 de la Circular Nº CM-0321-2004, dentro de los siete (7) días calendario de formalizado el traslado, la Caja Mu-nicipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana),deberá reportar a esta Superintendencia las acciones rea-lizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la preci-tada Circular. Regístrese, publíquese y comuníquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 12666 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/GED/G73/G69/G2D /G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G74/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4E/G44 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 054-CND-P-2004 San Isidro, 28 de junio de 2004 VISTOS: Los Informes Nº 039-2004-CND/GAF-RRHH y Nº 047- 2004-CND/GL, emitidos por los responsables de la Unidadde Recursos Humanos y de la Gerencia Legal respectiva-mente, y los requerimientos realizados por la Alta Direc-ción; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Descentralización, crea- do por Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, de conformidad con lo previsto en sus artículos 22º y 23º, es un organismo independiente y descentralizado, adscri-to a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene a sucargo la dirección y conducción del proceso de descentra-lización;