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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G30/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 Que, actualmente el Consejo se encuentra en una eta- pa de implementación, toda vez que se encuentra en trá-mite la aprobación de sus documentos de gestión, en es-pecial el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, y la Po-lítica Remunerativa; Que, según lo previsto por el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, la contratación de Servicios Per-sonalísimos se encuentra exonerada del Concurso Públi- co, procediendo su contratación mediante adjudicación de menor cuantía conforme a lo establecido por artículo 20ºde dicha Ley; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las condicio-nes que debe reunir la contratación para poder acceder ala causal de exoneración por Servicios Personalísimos,señalando que ésta se refiere a los contratos de Locaciónde Servicios celebrados con personas naturales o jurídi- cas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuen- ta como requisito esencial a la persona del locador, ya seapor sus características inherentes, particulares o especia-les, o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arteu oficio, estableciendo el trámite y procedimiento para lasadquisiciones y contrataciones exoneradas; Que, el Consejo Nacional de Descentralización, requiere de un experto de calidad, experiencia y confiabilidad paraimplementar las acciones encargadas a los órganos de laAlta Dirección, de acuerdo con las disposiciones estable- cidas en la Resolución Presidencial Nº 042-CND-P-2003, Reglamento de Organización y Funciones del ConsejoNacional de Descentralización; Que, lo expresado en los Informes emitidos por los res- ponsables de la Unidad de Recursos Humanos, y la Ge- rencia Legal sustentan técnica y legalmente la contrata-ción de los Servicios Personalísimos requerido por la AltaDirección; Que, el Consejo Nacional de Descentralización cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria en la Fuen-te de Financiamiento Recursos Ordinarios prevista en elPresupuesto Institucional 2004 requerido para los finesexpuestos; Que, habiéndose realizado la respectiva evaluación, la designación ha recaído en el señor Jorge Luis Tenorio Oli-va, quien reúne los requisitos señalados y posee ampliaexperiencia en temas de Informática, Sistemas de Infor-mación, Administración; quien prestará sus servicios a la Alta Dirección; Que, de acuerdo a su hoja de vida profesional, el se- ñor JORGE LUIS TENORIO OLIVA, posee una ampliatrayectoria laboral, desarrollada a nivel de organizacio- nes internacionales habiendo sido contratado por el Pro- grama de las Naciones Unidas para el Desarrollo en lasciudades de Santiago de Chile, Chile; Quito, Ecuador;Managua, Nicaragua; La Paz, Bolivia; Asunción, Para-guay; entre otras, contando con el soporte académiconecesario en calidad de Titulado en Ingeniería de Siste- mas otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería, Magíster en Administración de Negocios por la Escuelade Administración de Negocios para Graduados - ESAN,y cursos de entrenamiento en computación especializa-da de alto nivel llevados a cabo por la Agencia de Co-operación Internacional del Gobierno del Japón, así como otros de importancia; Que, consecuentemente, el profesional aludido se en- cuentra especialmente calificado para brindar los serviciosrequeridos por el Consejo Nacional de Descentralización, en calidad de Servicios Personalísimos; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que los Servicios Personalísimos se encuentran exonerados de los procesos públicos o adjudicaciones di-rectas, procediendo a su contratación como lo dispone elartículo 20º del indicado cuerpo legal, a través de una Ad-judicación Directa de Menor Cuantía; Que, en ese orden de ideas, los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, establecen los procedimientos y for- malidades a que deben someterse las contrataciones yadquisiciones exoneradas de los procesos de selección,precisándose que una vez aprobada la exoneración, lacontratación deberá realizarse mediante acciones inme-diatas; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM; los artículos 105º, 111º, 113º, 115ºy 116º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM; y la Resolución Presi- dencial Nº 042-2003-CND-P que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional deDescentralización; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección respectivo, para la contratación, mediante el pro-ceso de Adjudicación de Menor Cuantía de los ServiciosPersonalísimos de un experto de calidad, experiencia yconfiabilidad, para prestar servicios a los órganos de laAlta Dirección del Consejo Nacional de Descentralización, por un monto total de Noventa Mil con 00/100 Nuevos So- les (S/. 90,000.00), y hasta un período de seis (06) meses,cuyo egreso será con cargo de la Fuente de Financiamien-to Recursos Ordinarios. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas para que se encargue de efectuar la presente contratación mediante el proceso de Adjudicación de Me- nor Cuantía. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas remita copia de la presente ResoluciónPresidencial y de los Informes que la sustentan a la Con-traloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes; así como para que formule el con- trato de locación correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS THAIS DÍAZ Presidente 12712 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G2C /G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G79/G20/G6D/G65/G63/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G72/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G6F/G73/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G73/G2C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G74/G65/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G38/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G50/G43/G4D RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 057-CND-P-2004 San Isidro, 6 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del artículo 188º de la Cons- titución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, dispone que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenadaconforme a criterios que permitan una adecuada asig-nación de competencias y transferencia de recursos delGobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales yLocales; Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización,dispuso a partir del año 2003 el inicio del proceso detransferencia del Gobierno Nacional a los Gobiernos Re-gionales y Locales en función de las capacidades degestión de cada uno de estos últimos, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha con- tra la Pobreza y Proyectos de Inversión de Infraestructu-ra Productiva de alcance Regional, proceso que durante