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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G30/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 preferentemente vinculados al objeto de cada transferen- cia. La Comisión será oficializada mediante Resolución de Alcaldía que será notificada a las correspondientes Enti-dades del Gobierno Nacional y al Consejo Nacional deDescentralización dentro del mismo plazo. c. Las Comisiones de Transferencia de Recepción, tan- to de los Gobiernos Regionales como de los GobiernosLocales, elaborarán la documentación que les permita res-paldar el cumplimiento de los Mecanismos de Verificaciónque se detallan en los Anexos 1, 2, 3 y 4 de la presenteDirectiva, la misma que será enviada por los Presidentes de Comisión, dentro de los plazos máximos establecidos en los citados Anexos, a los correspondientes Presidentesde las Comisiones de Transferencia de Entrega. En los mis-mos plazos entregarán copia fedateada de la documenta-ción al Consejo Nacional de Descentralización para su va-lidación. d. Durante la presente etapa los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción podrán suscri-bir Convenios de Cooperación con los Presidentes de lasComisiones de Transferencia de Entrega. En los casos delas transferencias de PROVÍAS del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones y de PRONAA y FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, los Convenios son obligatorios y se ejecutarán con arreglo a plazos esta-blecidos en los Anexos 1 y 5 de la presente Directiva. Co-pia fedateada de los Convenios será enviada al ConsejoNacional de Descentralización dentro de los mismos pla-zos establecidos. e. A efecto de facilitar el trabajo de las Comisiones de Transferencia de Recepción, los Presidentes de Comisiónpodrán disponer la conformación de Subcomisiones, lasque mediante Oficio serán puestas en conocimiento de lasEntidades del Gobierno Nacional y del Consejo Nacionalde Descentralización. f. Esta etapa concluye, según las disposiciones es- pecíficas de cada Anexo, con la entrega de la documen-tación que respalda el cumplimiento de los Mecanismosde Verificación a las Comisiones de Transferencia de En-trega. En el caso de las transferencias a cargo del Mi-nisterio de la Mujer y Desarrollo Social, no le correspon- de a los Gobiernos Locales sustentar el cumplimiento de Mecanismos de Verificación, concluyendo la etapa conla suscripción e intercambio de los Convenios de Co-operación. 6.2. Etapa de Consolidación Durante esta etapa, según corresponda, se integran las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción,se ejecutan y evalúan los Convenios de Cooperación, seelaboran Convenios de Gestión, Actas Sustentatorias eInformes Finales de la transferencia de los Fondos, Pro- yectos y Programas. 6.2.1. Concluida la Etapa Preparatoria, las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción, tomando comoreferencia los Informes Preparatorios, iniciarán la elabora-ción de Actas Sustentatorias, necesarias y suficientes, que permitan la consolidación y hagan viable el proceso de transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas. En elcaso de las transferencias a cargo del Ministerio de la Mu-jer y Desarrollo Social no corresponde elaborar Actas Sus-tentatorias. El Consejo Nacional de Descentralización publicará en su página Web www.cnd.gob.pe modelos de Actas Sus- tentatorias que podrán servir como referencia. 6.2.2. La elaboración de las Actas Sustentatorias se realizará dentro de los plazos que se indican en losAnexos 1, 2, 3 y 4 de la presente Directiva, correspon-diéndole a las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción organizarse internamente para realizar esta labor. 6.2.3. Durante la presente etapa los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepciónpodrán suscribir Convenios de Gestión. En los casos delas transferencias de PROVÍAS del Ministerio de Transpor- tes y de PRONAA y FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social los Convenios son obligatorios y se eje-cutarán con arreglo a las disposiciones específicas y los plazos establecidos en los Anexos 1 y 5 de la presenteDirectiva. Copia fedateada de los Convenios será enviadaal Consejo Nacional de Descentralización dentro de losmismos plazos establecidos. 6.2.4. La transferencia se organiza mediante un Expe- diente que estará conformado, según sea el caso, por el Informe Final, las Actas Sustentatorias, la documentaciónque respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi-cación, el Convenio de Gestión, el Convenio de Coopera-ción y el Informe Preparatorio. Al finalizar cada transferen-cia de un Fondo, Proyecto o Programa, el Consejo Nacio- nal de Descentralización deberá contar con copia del Ex- pediente. El Expediente se elaborará en dos (2) originales de igual tenor y valor que quedarán, uno en poder del Presidentede la Comisión de Transferencia de Entrega y el otro enpoder del Presidente de la Comisión Transferencia de Re- cepción. 6.2.5. En los casos que corresponda, copia fedateada de los Informes Finales, de las Actas Sustentatorias y delos Convenios de Gestión, serán enviados por la Comisiónde Transferencia de Entrega al Consejo Nacional de Des-centralización, en los plazos establecidos para la presen- tación de cada uno de dichos documentos. 6.2.6. Esta Etapa concluye, según las disposiciones específicas de cada Anexo, con la entrega del Expedientea las Comisiones de Transferencia de Recepción. 6.3. Etapa de Entrega y Recepción Durante esta etapa se efectiviza la transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas, de acuerdo a los siguien-tes lineamientos: 6.3.1. Las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción elaborarán el Acta de Entrega y Recepción del correspondiente Fondo, Proyecto o Programa a trans-ferirse, con lo cual se formalizará y dará por concluido elproceso de transferencia. 6.3.2. El Acta de Entrega y Recepción será suscrita en dos (2) originales por los Presidentes de las Comisiones de Entrega y de Recepción. Copia fedateada del Acta será remitida al Consejo Nacional de Descentralización. 6.3.3. El Acta de Entrega y Recepción se integra al Expediente a que se refiere el numeral 6.2.4. 6.3.4. Los Presidentes de las Comisiones de Trans- ferencia de Entrega, con el objeto de hacer viable el pro- ceso de transferencia, podrán acreditar facilitadores en cada departamento, provincia y distrito, donde tenganque entregar los Fondos, Proyectos y Programas. Dichaacreditación se efectuará mediante Oficio dirigido a losPresidentes de las Comisiones de Transferencia de Re-cepción. 6.3.5.Esta Etapa concluye con la suscripción y envío de las Actas de Entrega y Recepción dentro de los plazosseñalados en los Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente Di-rectiva. 7. ROL DEL CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRA- LIZACIÓN El Consejo Nacional de Descentralización:7.1. Absolverá las consultas que se le formulen sobre el proceso de transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas. 7.2. Validará el cumplimiento de los Mecanismos de Verificación, a cuyo efecto, sólo en los casos de en-contrar observaciones cursará Oficios a los Presiden-tes de las Comisiones de Transferencia de Entrega yde Recepción que corresponda, señalando las medi- das correctivas y los plazos correspondientes para la subsanación. Los Gobiernos Regionales y Locales que respalden do- cumentadamente el cumplimiento de los Mecanismos deVerificación, asumirán los Fondos, Proyectos y Programas.En los casos en que los Gobiernos Regionales y Locales no respalden el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi- cación, el proceso de transferencia se reactivará a partir