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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G30/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 de planificación, de distribución, de supervisión de la ope- ración, y de evaluación de resultados de los Programas,participarán supervisando, evaluando y rediseñando dichosprocesos en los aspectos que se acuerden. Asimismo, or-ganizarán los Comités de Gestión Alimentaria. - Es de responsabilidad del Ministerio asegurar que durante el año 2004, como producto de la capacitación, la asistencia técnica y la gestión compartida, los GobiernosLocales cuenten con los instrumentos que les permita ges-tionar los Programas que recibirán a partir del año 2005.Estos instrumentos incluirán: i. Un Plan de Adquisiciones. ii. El planeamiento de los sistemas de distribución.iii. El sistema de supervisión y evaluación de la opera- ción y resultados de los Programas. iv. El funcionamiento de los Comités de Gestión Alimen- taria. v. La refocalización y empadronamiento de beneficia- rios. * Tratándose de los Programas de Infraestructura So- cial y Productiva del FONCODES: - Los Gobiernos Locales, en el marco de la identifica- ción y priorización de las inversiones que, con arreglo asus competencias y funciones, han establecido para el año2004 en sus Planes de Desarrollo Local Concertado y ensu Presupuesto Participativo, participarán en la designa-ción del núcleo ejecutor, en la selección de los operadores, y en el seguimiento y evaluación de las obras que se eje- cutarán. - Es de responsabilidad del Ministerio asegurar que durante el año 2004, como producto de la capacitación, laasistencia técnica y la gestión compartida, los GobiernosLocales cuenten con los criterios técnicos que les permita gestionar los recursos presupuestales que recibirán a par- tir del año 2005, en los siguientes temas: i. Identificación y priorización de las inversiones en el marco de su Plan de Desarrollo Local Concertado y de suPresupuesto Participativo. ii. Elaboración de los Estudios y Expedientes Técnicos. iii. Definición de la modalidad de ejecución de los Pro- yectos y selección de los operadores. iv. Sistema de seguimiento de la ejecución de los Pro- yectos y de evaluación de su impacto en la localidad. v. Focalización de los beneficiarios. c. Los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción ejecutarán los Convenios deCooperación a través de Subcomisiones que designaránbajo responsabilidad, conforme al inciso d) del numeral 6.1.1y al inciso e) del numeral 6.1.2 de la presente Directiva, en un plazo que no excederá del 2 de agosto de 2004. Los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción conformarán sus Subcomisiones bajo los si-guientes criterios: será presidida por un representante delConcejo Municipal; y, en un máximo de tres (3), estará in-tegrada preferentemente por aquellos Funcionarios y/o Servidores Públicos, y/o Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su modalidad de contrata-ción, que participarán en la gestión de los Proyectos y Pro-gramas. d. Para la suscripción de los Convenios de Coopera- ción y de los Convenios de Gestión, los Gobiernos Loca- les deberán contar con la correspondiente aprobación del Concejo Municipal, según lo dispuesto por la Ley Orgánicade Municipalidades. Con ocasión de la aprobación del Con-venio de Cooperación, el Concejo Municipal designará asu representante ante la Subcomisión a que se refiere elinciso precedente. e. La ejecución de los Convenios de Cooperación se inicia a partir de su suscripción y tendrá vigencia hasta el31 de diciembre de 2004. La ejecución de los Conveniosde Gestión se inicia a partir del 1 de enero de 2005 y suvigencia se establecerá en el respectivo Convenio. f. El Informe Final que forma parte del Expediente esta- rá constituido por el Informe de Ejecución del Convenio de Cooperación al 30 de noviembre de 2004.4. PROCEDIMIENTO Y PLAZOS La transferencia de los Proyectos y Programas Socia- les, sin perjuicio de las disposiciones generales estableci-das en la presente Directiva, se sujetará a las siguientesdisposiciones específicas: Etapas / Acciones Plazos Observaciones Etapa Preparatoria Conformación de la 10 días hábiles a partir Resolución Ministerial publi- Comisión de Transfe- de la vigencia de la pre- cada en el Diario Oficial El rencia de Entrega sente Directiv a. Peruano. Conformación de la 10 días hábiles a partir Resolución de Alcaldía. Comisión de Transfe- de la vigencia de la pre- rencia de Recepción. sente Directiva. Publicación de los A más tardar 15 de julio Publica el Ministerio de la Mujer modelos de Convenio de 2004. y Desarrollo Social.de Cooperación y de Gestión. Presentación de su- A más tardar el 2 de Presentan los Gobiernos Loca- gerencias y opiniones agosto de 2004. les. La Comisión de Transferen- a los modelos de cia de Entrega y el Consejo Na-Convenio de cional de DescentralizaciónCooperación y de elaboran el Convenio definitivo. Gestión. Conformación de A más tardar el 2 de Designan los Gobiernos Locales Subcomisiones. agosto de 2004. para la ejecución y evaluación de la capacitación, la asistencia técnica y la gestión compartida. Suscripción de los A más tardar el 30 de Convenios de agosto de 2004. Cooperación. Etapa de Consolidación Ejecución de los Hasta el 31 de diciembre Ejecución por Subcomisiones Convenios de designadas por las ComisionesCooperación. de 2004. de Transferencia de Entrega y de Recepción. Elaboración del A más tardar el 30 de Suscribe la Com isión de Trans- Informe Final noviembre de 2004. ferencia de Entrega a propuesta constituido por el de las Subcomisiones de Entre- Informe de Ejecución ga y Recepción.del Convenio de Cooperación. Etapa de Entrega y Recepción Suscripción del A más tardar el 15 de Convenio de Gestión diciembre de 2004.y del Acta de Entrega y Recepción. Dación de Decretos A más tardar el 31 de Ministerio de la Mujer y Desa- Supremos. diciembre de 2004. rrollo Social, Ministerio de Economía y Finanzas y Consejo Nacional de Descentralización. Transferencia 1 de enero de 2005. Efectiva. 12780 FONAFE /G54/G6F/G6D/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61 /G65/G66/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G62/G61/G6A/G6F/G65/G6C/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G46/G4F/G4E/G41/G46/G45 FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 003-2004/009-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de