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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2004 (08/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 91

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G30/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 nal Penitenciario, aprobado por Resolución de la Presi- dencia de la Comisión Reorganizadora Nº 503-98-INPE-CR-P de fecha 16 de noviembre de 1998, lo que constitu-ye falta de carácter disciplinaria prevista en el inciso k)del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacio-nal Penitenciario y de las Oficinas Generales de Aseso-ría Jurídica y Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Le- gislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público, Decre- to Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la CarreraAdministrativa, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS,Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional Penitenciario, y en uso de las facultades confe-ridas por Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la sanción disciplinaria de DESTITUCIÓN al servidor Ruben CONTRERAS SE- RRANO, Agente Penitenciario, Nivel STF, del Esta- blecimiento Penitenciario de Sentenciados de AucallamaHuaral de la Dirección Regional Lima del Instituto Nacio-nal Penitenciario, por los motivos expuestos en la parteconsiderativa de la presente resolución, la misma quesurtirá efecto una vez que haya quedado firma la presen- te resolución o se haya agotado la vía administrativa. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del Institu-to Nacional Penitenciario para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 12663 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G71/G75/GED/G6D/G69/G2D /G63/G6F/G73/G2C/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G79/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G4E/G75/G74/G72/G69/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 492-2004-J-OPD/INS Lima, 5 de julio del 2004Visto el Informe Nº 291-2004-OGAJ/INS de fecha 30.6.04, remitido por la Oficina General de Asesoría Ju-rídica del Instituto Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 012-2004-J- OPD/INS, de fecha 12 de enero de 2004, se aprobó elPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Institu-to Nacional de Salud para el Ejercicio Presupuestal 2004,el mismo que fuera modificado mediante la Resolución Jefatural Nº 329-2004-J-OPD/INS, de fecha 13 de mayo de 2004 y que contiene los procesos de selección, licita-ciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones di-rectas que la Entidad ha programado convocar para elpresente ejercicio, como es el caso de la Licitación Públi-ca Internacional Nº 002-2004-OPD/INS - "Adquisición de Reactivos Químicos, Insumos y Material de Laboratorio para el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición -CENAN del Instituto Nacional de Salud"; Que, con fecha 6 de junio de 2004 el Comité Especial a cargo de la Licitación Pública Nº 002-2004-OPD/INS,procedió a la convocatoria del referido proceso de selec- ción, con la publicación correspondiente en el Diario Ofi- cial El Peruano;Que, mediante Informe de visto la Oficina General de Asesoría Jurídica comunica a la Jefatura de que el procesode la Licitación Pública Internacional Nº 002-2004-OPD/INS,se viene ejecutando sin contar con la correspondiente apro-bación de sus Bases Administrativas, lo que determinaríaque el mismo adolezca de un vicio de nulidad, al prescindir de la forma prescrita, recomendando se declare la nulidad de oficio del proceso de selección antes señalado; Que, mediante Informe Nº 002-2004-CELPI Nº 002-INS, el Comité Especial a cargo del proceso de selección comu-nica a la Jefatura Institucional que el 6 de julio debe de efec-tuarse el acto público de apertura de sobres, no habiéndose notificado la Resolución que aprueba las Bases Administra- tivas del proceso de selección del cual son parte, razón porla cual solicita se proceda a la nulidad de oficio; Que, el artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las Bases Administrativas de una Licita- ción o Concurso Público serán aprobadas por el Titular del Pliego que lo convoca o por el funcionario designado por éste; Que, en el sentido expuesto y de la revisión realizada a la tramitación del proceso de selección, se ha constata-do la inobservancia de lo dispuesto en el artículo referidoen el párrafo precedente, en tanto que las Bases Admi- nistrativas del proceso de selección en cuestión no han sido aprobadas por el Titular del Pliego; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que elTitular del Pliego podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por causales establecidas en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establececomo causales de nulidad de oficio, los actos administrati- vos dictados por órgano incompetente o que contraven- gan las normas legales, contengan un imposible jurídico, oprescindan de las normas esenciales del procedimiento ode la forma prescrita por la normatividad aplicable; Que, en el presente caso se ha verificado la prescin- dencia de normas esenciales del procedimiento y de la forma prescrita de acuerdo a la normatividad aplicable, al inobservarse lo dispuesto en el artículo 25º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, obligatoriedad de la aprobación de lasBases Administrativas del proceso de selección por partedel Titular del Pliego, por lo que corresponde declarar la nulidad de oficio del mismo, retrotrayéndolo hasta la eta- pa de elaboración de Bases Administrativas; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 25º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y losartículos 26º y 57º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones delInstituto Nacional de Salud aprobado por Resolución Mi-nisterial Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR de OFICIO la NULIDAD de la Licitación Pública Internacional Nº 002-2004-OPD/INS,primera convocatoria - "Adquisición de Reactivos Quí-micos, Insumos y Material de Laboratorio para el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición - CENAN del Insti- tuto Nacional de Salud", por las razones expuestas en laparte considerativa de la presente Resolución, retrotra-yéndose el referido proceso de selección a la etapa deelaboración de Bases Administrativas. Artículo 2º.- REMITIR copia de la presente resolu- ción a los órganos de la entidad que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR G. NÁQUIRA VELARDE Jefe 12664