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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2004 (09/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G31/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de julio de 2004 en Energía (en adelante “OSINERG”) OSINERG-GART/ DGN Nº XXX-2004 y el informe de la Asesoría Legal In-terna OSINERG-GART -AL-2004-XXX. CONSIDERANDO: Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27133, Ley de Promo- ción de Desarrollo de la Industria del Gas Natural, creó el mecanismo de Garantías a la Inversión en los Proyec-tos de Red Principal, a efectos de garantizar los ingre- sos anuales que retribuyan el Costo del Servicio, esta- bleciéndose en el numeral 7.6 del artículo 7º de la citadaLey y el numeral 1.16 del Artículo 1º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-99-EM, que la Garantía por Red Principal es el cargo que el Reguladorincorporará anualmente a la tarifa eléctrica en el rubro correspondiente al peaje del Sistema Principal de Trans- misión Eléctrica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-99-EM, se otorgó la Garantía por Red Principal al ProyectoCamisea (en adelante GRP), aplicable al Costo del Servicio de Transporte de Gas Natural por Red de Ductos de Camisea al City Gate y de Distribución deGas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao en alta presión, habiéndose recogido el mecanismo de la GRP en la cláusula 14 de los respectivos Contra-tos de Concesión; Que, el Comité de Operación Económica del Siste- ma Eléctrico Interconectado Nacional (COES-SEIN), enaplicación al Artículo 137º de la LCE y las normas apli- cables a la GRP , debe incluir en los cálculos de recauda- ción y asignación del peaje por conexión al Sistema Prin-cipal de Transmisión, los cargos por la GRP , estableci- dos por el OSINERG; Que, el Decreto Supremo Nº 046-2002-EM, esta- bleció disposiciones para regular la recaudación y pago de la GRP antes de la Puesta en Operación Co-mercial de la Red Principal del Proyecto Camisea, fijándose el inicio de dicha recaudación para el 1º de noviembre de 2002, disponiéndose que, el cargo porla GRP para el caso de pagos efectuados con ante- rioridad a la Puesta en Operación Comercial de la Red Principal tendrá como valores: 1,00 US$kW-mes;1,50 US$kW-mes; 2,00 US$kW-mes y 2,50 US$kW- mes en las regulaciones tarifarias que entren en vi- gencia el primer día de los meses de: noviembre de2002, mayo de 2003, noviembre de 2003 y mayo de 2004, respectivamente; Que, el primer cargo de GRP se fijó en la Resolución OSINERG Nº 1464-2002-OS/CD y fue incorporado en las Tarifas en Barra posteriores, habiendo correspondi- do la última fijación a la Tarifa en Barra establecida parael período mayo 2004 a octubre 2004 mediante Resolu- ción OSINERG Nº 069-2004-OS/CD, modificada por el artículo 2º de la Resolución OSINERG Nº 140-2004-OS/CD; Que, de acuerdo al artículo 4º del Decreto Supremo Nº 046-2002-EM, si la Puesta en Operación Comercial ocurriera dentro de la vigencia de de la Tarifa en Barra, se aplicarán los valores por la GRP que se determinenconforme al Reglamento de la Ley Nº 27133 y a los res- pectivos Contratos de Concesión, correspondiéndole al OSINERG la determinación de los procedimientos y pa-rámetros de cálculo necesarios para la aplicación de lo dispuesto en el citado artículo; Que, mediante Resolución OSINERG Nº 077-2004- OS/CD se aprobó la Norma “Procedimientos de Cálculo de la Garantía por Red Principal (GRP) del Proyecto Ca- misea”, cuyo artículo 6º prevé como período de aplica-ción para el primer Año de Cálculo, del 9 de agosto de 2004 - fecha prevista para el inicio de Operación Comer- cial- al último día de febrero de 2005, correspondiendoel ciclo de recaudación de la GRP hasta el 30 de abril del año siguiente según lo establecido en el numeral 4.3 de la citada norma; Que, el artículo 3º de la Resolución OSINERG Nº 077- 2004-OS/CD establece que la aprobación del peaje dela GRP , formará parte de la aprobación de la Tarifa en Barra; Que, considerando que el proceso para la fijación de Tarifa en Barra para el período mayo-octubre 2004 ha concluido, resulta necesario fijar el cargo de la GRP aser aplicable desde la Puesta en Operación Comercial del Proyecto Camisea hasta la próxima fijación del Pea- je del Sistema Principal de Transmisión Eléctrica, es de-cir hasta el 30 de abril de 2005; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inver-sión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamen- to General de OSINERG aprobado por Decreto Supre- mo Nº 054-2001-PCM y sus modificatorias, la LeyNº 27133, Ley de Promoción del Desarrollo de la Indus- tria del Gas Natural y su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 040-99-EM, el Decreto SupremoNº 046-2002-EM y con lo dispuesto en la Resolución OSINERG Nº 077-2004-OS/CD; RESUELVE: Artículo 1º.- Fijación del Cargo de GRP. Fíjese el Cargo de GRP del Proyecto Camisea para el primer Año de Cálculo, aplicable a partir de la Puesta en Operación Comercial, en los siguientes valores: S/./Kw-mes Red de Transporte 9,516 Red de Distribución 0,852 Total Red Principal 10,368 Artículo 2º.- Modificación del cargo por GRP con- tenido en la Resolución OSINERG Nº 069-2004-OS/ CD, modificada por la Resolución OSINERG Nº 140- 2004-OS/CD. 2.1. Sustitúyase a partir de la Puesta en Operación Comercial del Proyecto Camisea, los valores contenidos en el Cuadro Nº 2 de la Resolución OSINERG Nº 069-2004-OS/CD, modificada porla Resolución OSINERG Nº 140-2004-OS/CD, en la siguiente forma: Cuadro Nº 2 Sistema de Transmisión PCSPT S/.kW-mes SPT de REP 1,53 SPT de Eteselva 0,30 SPT de Re desur 1,09 SPT de Transmantaro 2,75 SPT de ISA 0,87 Celda 138 kV S .E. Azángaro 0,01 L.T. Dolorespata - Quencoro 138 kV 0,03 Cargo por Garantía por Red Pr incipal 10,37 Total SEIN 16,95 2.2. La recaudación total por el concepto del Peaje por GRP será distribuida entre la Red de Trans-porte y Distribución en proporción a sus cargos unitarios. Artículo 3º.- Fórmulas de Actualización Para fines de actualizar los cargos por GRP fijados en la presente Resolución, serán de aplicación la formula de actualización (13) definida en el numeral 1.3 del Artículo2º de la Resolución OSINERG Nº 069-2004-OS/CD, mo- dificada por la Resolución OSINERG Nº 140-2004-OS/ CD, teniendo en consideración que los parámetros “l” y“m” de la formula de actualización (14) del mismo nume- ral 1.3, tomarán los valores de Uno (1) y Cero (0), res- pectivamente./G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F