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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2004 (09/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 84

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G31/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de julio de 2004 feridas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERA- MIENTO GENERAL en el distrito de San Juan de Mira-flores, desde las 00.00 horas del día 10 de julio a las24.00 horas del 31 de julio del mismo mes del año encurso, con ocasión de conmemorarse el 183º Aniversa-rio de la Independencia Nacional. Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza y pinta- do de fachadas de las viviendas y locales públicos y pri-vados del distrito. Artículo Tercero.- Los Pabellones Nacionales y Ban- deras a instalarse en los inmuebles, locales comerciales,Instituciones Públicas y Privadas deberán estar en buenestado de conservación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Muni- cipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Desa-rrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Humano, Subge-rencia de Policía Municipal, Gerencia de la Oficina deImagen Institucional y las que competan la difusión ycumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 12732 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D/G6D/G61/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0562-2004/MPFS Sullana, 28 de junio de 2004 VISTO: el Informe Nº 002-2004/MPFS-CE de fecha 28 de junio del año en curso, emitido por el Comité Es-pecial a cargo del Proceso de Selección de la LicitaciónPública Nacional Nº 0001-2004/MPFS-CE, para la ad-quisición de insumos para el Programa "Vaso de Leche"de la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana,mediante el cual comunican la situación presentada enla Licitación para la adquisición de productos para elPrograma Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0482-2004/MPFS del 4.JUN.2004, se aprobaron las Bases de la LicitaciónPública Nacional Nº 001-2004/MPS-CE (Primera Convo-catoria), para la adquisición de Leche Evaporada enteraen envases de lata de 410 gr. por 495,049 Unidades yCereal lacteado fortificado (quinua, avena, soya, arroz yleche en polvo, con vitaminas y minerales) por 178,200Kg., para atender a 16,500 beneficiarios, por el períodode 9 meses; Que, con documento de visto el Comité Especial comunica que el Proceso de Licitación Pública Na-cional Nº 0001-2004/MPFS-CE, se encuentra en laetapa de Absolución de Observaciones por parte delComité Especial que se cumple el día miércoles30.JUN.2004;Que, conforme aparece de las observaciones formuladas hasta el miércoles 23.JUN.2004, por partede los adquirientes de las Bases, de la referida Licita-ción Pública Nacional, se refieren fundamentalmentea los aspectos técnicos del producto objeto de la con-vocatoria; Que, mediante Informe Nº 078-2004/MPFS-DSS, se remite al Comité Especial las Especificaciones Técni-cas mínimas de los Productos Seleccionados y los Va-lores Nutricionales mínimos de la ración diaria, deter-minados por el Comité de Administración del Progra-ma Vaso de Leche y proporcionados por la nutricionis-ta del Ministerio de Salud, integrante de dicho Comité,invocando la Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA/DM del 17.ABR.2002, estableciéndose en el Informeantes mencionado remitido al Comité Especial indican-do el insumo requerido, de acuerdo a las observacio-nes de los adquirientes de las bases, no se ajusta a lacitada Resolución Ministerial, en cuanto a las proteí-nas se refiere, ya que teniendo como rango requerido6.21 a 7.76, se han consignado requisitos menores adichos rangos, lo cual no fue observado por el espe-cialista independiente miembro del Comité Especial yen consecuencia las bases elaboradas no se ajustana la normatividad exigida en el Programa Vaso de Le-che; Que, la observación antes mencnionada no puede ser subsanada por el Comité Especial, ya que no se podríanrealizar modificaciones a los productos requeridos en elComité de Administración; Que, asimismo, el Comité Especial ha evaluado la si- tuación de las observaciones y ha determinado que esde carácter técnico y los valores nutricionales del pro-ducto requerido sólo podrán ser modificados por el Co-mité de Administración para luego hacer lo mismo conlas Bases, lo cual conllevará a la reformulación del re-querimiento y por consiguiente la variación en el Crono-grama de Convocatoria que podría dar lugar al desabas-tecimiento del Programa Vaso de Leche, al agotarse losinsumos adquiridos por razones de urgencia, sin que sehaya logrado ejecutar el proceso correspondiente, asícomo al no satisfacer a la observación planteada por eladquiriente de las bases y sea elevada al órgano com-petente CONSUCODE, lo cual podrá acarrear su nuli-dad; Que, con la finalidad de continuar con el proceso de Licitación correspondiente es necesario disponer lo per-tinente; y, Estando a lo informado por el Comité Especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 26º delDecreto Supremo Nº 013-2001/PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar de oficio la nulidad del proceso de selección de la Licitación Pública Nacio-nal Nº 0001-2004-MPFS, para la adquisición de Le-che Evaporada entera de 410 gr. por 495,049 Unida-des y Cereal lacteado fortificado (quinua, avena, soya,arroz y leche en polvo, con vitaminas y minerales) por178,200 Kg., para atender a 16,500 beneficiarios, porel período de 9 meses, a efectos de que el Comité deAdministración replantee su requerimiento en formaadecuada y se reformulen las Bases de la Licitación yse continúe con el proceso correspondiente, y en vir-tud a lo expuesto en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo Segundo.- Hágase conocimiento de la pre- sente Resolución al Consejo Superior de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Artículo Tercero.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 5 días siguientes a la expediciónde la presente Resolución. Regístrese y comuníquese.ISAÍAS A. VÁSQUEZ MORÁN Alcalde 12774