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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G31/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de julio de 2004 OGP-OR y el Reglamento Interior del Concejo Metropo- litano de Lima aprobado por Ordenanza Nº 571; ACORDÓ:Artículo Primero.- Aceptar las donaciones efectua- das por la Empresa Vega Upaca S.A. a favor de la Muni-cipalidad Metropolitana de Lima, de menaje de cocinavalorizado en S/. 1,268.00, de dinero en efectivo realiza-do con tres (3) cheques del Banco Continental por lasuma de S/. 16,500.00, a razón de S/. 5,500 por chequey de vestuario para niños (299 polos, 299 pantalones y149 zapatillas) valorizados en S/. 9,763.24, cuyo totalasciende a la suma de S/. 27,531.24. Donación destina-da a financiar la reinserción social de los niños y adoles-centes en situación de abandono a cargo de la Direc-ción Municipal de Servicios a la Ciudad - MunicipalidadMetropolitana de Lima. Artículo Segundo.- Agradecer a la Empresa Vega Upaca S.A. - RELIMA, por el gesto de solidaridad y apo-yo a la Municipalidad Metropolitana de Lima, mostrado através de la donación de bienes materiales y de dinerorealizada con destino al uso y financiamiento de los ni-ños adolescentes en situación de abandono en el Cer-cado de Lima. Debiendo emitir la Dirección MunicipalAdministrativa, el correspondiente Certificado de Dona-ción. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal de Servicios a la Ciudad coordinar con el área compe-tente a efectos de considerar lo establecido en la Direc-tiva Nº 009-95-MLM-OGP-OR - "Normas y Procedimien-tos para la aceptación y aprobación, recepción, registroy control de donaciones a favor de la Municipalidad deLima Metropolitana". Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 12765 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G75/G2D /G6E/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6C/G65/G76/G69/G73/G69/G76/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G61/G72/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G72 /G6D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G45/G52/G50/G41/G52/G20/G4C/G49/G4D/G41 /G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 SERVICIO DE PARQUES DE LIMA SERPAR LIMA RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 531-2004 Lima, 1 de julio del 2004 LA GERENCIA GENERAL DEL SERVICIO DE PARQUES DE LIMA HA EXPEDIDO LASIGUIENTE RESOLUCIÓN: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 161º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, estableceque la Municipalidad Metropolitana de Lima a través desus Organismos Descentralizados o de terceros, es laencargada de constituir el Sistema Metropolitano de Par-ques; Que, la Ordenanza Nº 096 en su Artículo 3º, estable- ce que la administración, promoción y desarrollo de losParques Zonales y Metropolitanos de la Capital de la Re-pública corresponde al SERPAR LIMA; Que, el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, ha venido realizando inversiones significativas en los Par-ques Zonales y Metropolitanos que administra a fin deponer a disposición de la población de menores recur-sos, nuevas instalaciones y áreas verdes en óptimo es-tado;Que, mediante Acuerdo de Consejo Administrativo Nº 054-2004, el Consejo Administrativo acordó que a fin deorientar a la promoción y el mejoramiento de los par-ques zonales se realice a través de los medios de comu-nicación masiva; Que, se ha visto la necesidad de complementar las acciones de promoción, mejoramiento y mantenimientode los parques zonales a través de los medios decomunicación televisiva, mediante la contratación deempresas publicitarias y profesionales, con la finali-dad de dar a conocer las mejoras hechas en los dis-tintos parques zonales en beneficio de un mayor nú-mero de población; Que, los servicios de publicidad a contar se pueden tipificar como SERVICIOS PERSONALÍSIMOS, dada lascaracterísticas particulares que distinguen a éstos, con-forme a lo establecido en el Artículo 111º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y mo-dificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM enadelante el reglamento se encuentran exonerados delrespectivo proceso de selección, los servicios de publi-cidad que prestan al Estado los medios de comunicacióntelevisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de co-municación; Que, el Artículo 113º del Reglamento, señala que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneraciónde los procesos de selección, al amparo de las causalescontenidas en el inciso h) del Art. 19º de la Ley requie-ren obligatoriamente de un informe técnico previo quejustifique la necesidad de la exoneración y que ademáscontemplará criterios de economía tales como los cos-tos y la oportunidad; Que, el SERPAR LIMA, cuenta con la disponibilidad presupuestal para efectuar la contratación de empresasde comunicación televisiva; Que, de conformidad con lo dispuesto por los Decre- tos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar del proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía para contratar a las empresastelevisivas que a través de la Dirección de Abastecimien-tos y Servicios Auxiliares se contrate, por los fundamen-tos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección Ge- neral de Administración a realizar la contratación a quese refiere el artículo precedente mediante Adjudicaciónde Menor Cuantía, hasta el monto total de US$ 54,435.36,incluidos los impuestos de ley; importe que será finan-ciado con recursos propios de la Institución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección General de Administración que bajo responsabilidad remita co-pia de la presente resolución y del informe a la Contra-loría General de la República, dentro de los diez (10)días hábiles a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CIRO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ Gerente General 12802 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G78/G69/G2D /G6C/G69/G61/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G79/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G4D/G45/G50/G45/G43/G4F/G53/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G61 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01-04-00000428 Lima, 29 de abril de 2004