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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G32/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 que, por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2002, incluyendo operaciones anteriores yposteriores al período citado; y, CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento del Plan Anual de Auditoría Gu- bernamental del año 2003, la Contraloría General de laRepública efectuó un Examen Especial a la Dirección Re-gional de Salud de Lambayeque, unidad ejecutora del Con-sejo Transitorio de Administración Regional de Lambaye-que - CTAR LAMBAYEQUE, orientado a determinar si losrecursos financieros y patrimoniales asignados fueron uti-lizados adecuadamente en concordancia con los planesy objetivos de la Entidad y de acuerdo a la normativa vi-gente; Que, como resultado de la acción de control practica- da, se ha determinado la existencia de hechos irregularesen el proceso de selección, contratación y ejecución dediversas obras ejecutadas en el marco de Prevención delFenómeno El Niño 2002 - 2003, proceso que se llevó acabo el 29.OCT.2002 bajo la modalidad de Adjudicación deMenor Cuantía y mediante el cual se otorgó la Buena Pro adeterminadas empresas contratistas; evidenciándose ac-ciones y omisiones del Comité Especial de Adjudicación,soslayando las disposiciones legales vigentes que regulanel proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, al cual sesometieron, aun cuando se encontraban exoneradas de losprocesos de selección vía declaración de emergencia apro-bado por D.S. Nº 088-2002-PCM; Que, de la revisión a la documentación relacionada a la ejecución de diversas obras en establecimientos de salud,ejecutadas en el marco señalado en el considerando pre-cedente, así como de la inspección física a las mismas,igualmente se han evidenciado irregularidades en las obrascitadas, como es el caso de la utilización de material depolietileno (plástico) en la impermeabilización de los techosde algunos establecimientos de salud, la realización demodificaciones y trabajos adicionales en las obras sin apro-bación alguna, sin ser éstas necesarias, y la ejecución demenores metrados, todo esto sin tener en cuenta las espe-cificaciones técnicas contempladas en los expedientes téc-nicos de las referidas obras; asimismo, se ha evidenciadola omisión de la aplicación de penalidades por mora y enun caso, la liquidación de obra sin que se haya subsanadolas observaciones efectuadas al contratista por el Comitéde Recepción de Obra; Que, los hechos expuestos en los considerandos pre- cedentes, originaron un perjuicio económico al CTAR Lam-bayeque por la suma de S/. 377 501,21, constituyendo he-chos que hacen presumir, indicios de la comisión de losdelitos de Abuso de Autoridad en la modalidad de Omisión,Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y de Con-cusión en la modalidad de Colusión Desleal, previstos ypenados por los artículos 377º y 384º del Código Penal,respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artí- culo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Re-pública, constituye atribución de este Ente Técnico Rectordel Sistema Nacional de Control, disponer el inicio de lasacciones legales pertinentes en forma inmediata, a travésdel Procurador Público encargado de los asuntos judicia-les de la Contraloría General de la República, en el casoque en la ejecución directa de una acción de control seencuentre daño económico o presunción de ilícito penal,para que inicie las acciones legales correspondientes con-tra los presuntos responsables comprendidos en el Infor-me de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Re-pública, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado, inicie las acciones legales referidas a los he-chos expuestos, contra los presuntos responsables com-prendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 12734 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 287-2004-CG Lima, 2 de julio de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 115-2004-CG/ZN, resul- tante del Examen Especial practicado al Consejo Transito-rio de Administración Regional Madre de Dios - CTAR Ma-dre de Dios, por el período enero a diciembre del 2002,considerando operaciones anteriores y posteriores al pe-ríodo citado; y, CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del 2003 de la ex Gerencia de Gobiernos Regionales, la ContraloríaGeneral de la República efectuó un Examen Especial alConsejo Transitorio de Administración Regional Madre deDios, orientado a evaluar la correcta administración de losrecursos asignados a la entidad, en concordancia con susobjetivos, y de acuerdo con la normativa aplicable; Que, como resultado de la acción de control efectuada, la Comisión Auditora ha determinado que los funcionarios y ser-vidores responsables del CTAR Madre de Dios realizaron unaaplicación distinta y definitiva a los recursos asignados a laobra Planta de Asfalto, para asumir el pago de obligacionesque no correspondían a dicha obra, tales como el pago deviáticos por comisión de servicios, la compra de productospara la canasta navideña del personal y otros gastos no rela-cionados con la obra, por un monto ascendente a S/. 44 315,34;habiéndose determinado, asimismo, que la entidad utilizó unaOrden de Servicio, para justificar parte del desembolso irre-gular, dando conformidad por el servicio de transporte de di-cha Planta de Asfalto, cuando efectivamente esta obra no pudollevarse a cabo; propiciando que se debiliten los mecanismosde control presupuestal y contable y generando falta de trans-parencia en la administración de los recursos, contraviniendolas normas presupuestales vigentes en el año fiscal 2002;hechos que denotan la existencia de indicios razonables de lapresunta comisión de los delitos de Peculado, en su modali-dad de Malversación de Fondos, Falsificación de Documen-tos, en su modalidad de Falsedad Ideológica y Abuso de Au-toridad, en su modalidad de Omisión de Funciones, previstosy penados en los artículos 389º, 428º y 377º del Código Pe-nal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Re-pública, constituye atribución de este Organismo Superiorde Control, disponer el inicio de las acciones legales perti-nentes en forma inmediata, por parte del Procurador Públi-co, en los casos en que en la ejecución directa de una ac-ción de control se encuentre daño económico o presun-ción de ilícito penal, correspondiendo, en tal sentido, auto-rizar al Procurador Público encargado de los asuntos judi-ciales de la Contraloría General de la República, el iniciode las acciones legales respectivas contra los presuntosresponsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, y los De-cretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado, inicie las acciones legales por los hechos ex-puestos, contra los presuntos responsables comprendidos