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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G32/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 12 de julio de 2004 DEFENSA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D /G63/G69/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/G20/G37/G38/G32/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D /G44/G45/G2F/G43/G43/G46/G46/G41/G41/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65 /G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G61/G20/G48/G61/G69/G74/GED RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 791-2004-DE/CCFFAA Lima, 8 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 782-2004-DE/ CCFFAA de fecha 2 de julio del 2004, se autorizó al Coronel EP GAMBOA OBESO Rodolfo y al Teniente Coronel EP CÁCERES GIRÓN David, para que viajen a la República deHaití en Comisión de Servicio, del 6 al 11 de julio del 2004; Que, siendo la Organización de las Naciones Unidas quien asumirá los gastos de alojamiento, alimentación ytransporte, y habiendo sido confirmada la compra de los pasajes para que viajen el 10 de julio del 2004, a la Repú- blica de Haití, es necesario modificar la fecha de la indica-da comisión, considerándose del 10 al 15 de julio del 2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar la fecha de la Comisión de Servicio a la República de Haití, autorizada con la Resolu-ción Ministerial Nº 782-2004-DE/CCFFAA de fecha 2 de julio del 2004, debiéndose considerar desde el 10 al 15 de julio del 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12922 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G2D /G74/G6F/G20/G61/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6C/G76/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G22/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G61/G6E/G64/G6F/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 792-2004-DE/SG Lima, 8 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el señor General de Ejército Comandante Gene- ral del Ejército, mediante la Hoja de Recomendación Nº042 DAI-JEMGE/24.06 de junio del 2004, aprueba la desig- nación en Comisión de Servicio del siguiente Personal Mi- litar: dos (2) Oficiales Subalternos, dos (2) Suboficiales ytres (3) Sargentos 1º REE, a fin de que participen en el “Ejercicio de Fuerzas de Comando”, a realizarse en la Re- pública de El Salvador, del 20 al 29 de julio del 2004; Que, el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Es- tados Unidos de América, sufragará los gastos de pasa- jes, alimentación y transporte del personal militar que par-ticipará en el “Ejercicio de Fuerzas de Comando”, a llevar- se a cabo en la República de El Salvador; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio- narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de De- fensa, y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5de junio del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Personal Militar del Ejército del Perú, que a continuación se detalla, para que participen en el “Ejercicio de Fuerzas de Comando”, a realizarse en la República deEL SALVADOR del 20 al 29 de julio del 2004: - CAP INF BENAVIDES VELARDE Edwin - TTE INF FLORES SUASNABAR Juan- SO2 IM REYES MENDEZ Jorge - SO2 OC CABANA VENTURA Marino- SGTO1º REE LINO GUEVARA Juan - SGTO1º REE MENESES MENDOZA Jorge - SGTO1º REE BERROSPI FLORES Juan Artículo 2º.- El Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, asumirá los gastos por conceptos de pasajes, alimentación y transporte del per-sonal militar del Ejército del Perú que participará en el “Ejer- cicio de Fuerzas de Comando”. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la misión encomendada. Artículo 4º.- El señor Comandante General del Ejérci- to queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneraciones o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12923 INTERIOR /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G73/G74/G69/G6D/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E /G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G2D /G74/G65/G20/G61/G20/G6D/G75/G6C/G74/G61/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G64/G65 /G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1220-2004-IN-1701 Lima, 7 de julio del 2004 Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por la E.V.P. D & C PROFESIONAL SECURITY S.A.C., presentado por su representante legal, Sr. Alejandro CABELLO CARUAJUL- CA, contra la R.D. Nº 3238-2003-IN-1704 del 18DIC2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 2724-2003-IN- 1704/1 del 17OCT2003, se impone multa de una y media (1.5) UIT a la E.V.P. D & C PROFESIONAL SECURITY S.A.C., deconformidad al Art. 95º del Reglamento de Servicios de Se- guridad Privada, por haber infringido al Art. 90º inciso f) y Art. 91º incisos h) y j), al permitir que el vigilante Pedro MALPAR-TIDA PALMA, preste servicio de seguridad privada portando el revólver marca Taurus Cal. 38, Serie Nº QC55709, sin con- tar con la respectiva licencia de posesión y uso de dicha armay sin contar con el carné de identidad expedido por la DICSCA- MEC; asimismo que el vigilante Miguel Angel FLORES RA- MOS, preste servicios de vigilancia privada sin carné de iden-tidad, así como no haber comunicado a la DICSCAMEC, la celebración del correspondiente contrato con su cliente AL- MACENES NUEVO MUNDO S.A.; Que, con escrito de fecha 23DIC2003, la aludida empresa interpone Recurso Administrativo de Apelación contra la R.D. Nº 3238-2003-IN-1704 del 18DIC2003, sustentando que el díade la inspección inopinada el vigilante Pedro MALPARTIDA PAL- MA, se encontraba prestando servicio de seguridad portando el revólver marca Taurus Cal. 38, Serie Nº QC55709, en formacircunstancial reemplazando al agente de turno Manuel HERRE- RA ORTIZ, quien estaba delicado de salud, y en cuando al vigi- lante Miguel Angel FLORES RAMOS, no mantiene vínculo la-boral con la empresa pues trabaja directamente para la empre- sa ROYAL EXCELLENCE SERVISE S.R.L., destacado en la empresa ALMUSA donde se efectuó la inspección inopinada; Que, de la revisión efectuada al presente expediente y a mérito de lo señalado en el Informe Nº 697-2003-IN-0203 del 21ENE2003 se determina respecto al vigilante MigueAngel FLORES RAMOS, éste no labora para la E.V.P. D & C PROFESIONAL SECURITY S.A.C., conforme consta en los documentos sustentatorios que obra en el expediente; Que, el Recurso de Apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puroderecho, conforme lo dispone el Art. 209º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; en los Informes Nºs. 697-