Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2004 (12/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 12 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, siguiendo el MORDAZA de celeridad y de conformidad con el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guardan conexion entre si; Que, en ese sentido, y en estricta atencion a lo solicitado por la Procuraduria Publica del Ministerio de Justicia, en sus Oficios Nº 1206, 1208 y 1210-2004-JUS/ PPMJ, de fecha 24 de MORDAZA del 2004, y en virtud a los hechos que se desprenden de los Informes legales Nº 113, 114 y 112-2004-Z.R.NºXIIIAL, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comision del delito contra la Fe Publica y las circunstancias en que se habria realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que hayan tenido los autores y otros en la ejecucion del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 12976

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican permiso de operacion otorgado a favor de Transportes y Servicios Tucan S.R.L., ampliandolo al servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto en puertos de la hoya amazonica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 107-2004-MTC/13 MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2004 Vista la solicitud (Fax 250712-22.04.04 de 13.11 pm / Fax 250712-22.04.04 de 16.36 pm) presentada por TRANSPORTES Y SERVICIOS TUCAN SRL, solicitando ampliacion del Permiso de Operacion para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los puertos de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 176-2003-MTC/ 13 se otorgo Permiso de Operacion a la empresa TRANSPORTES Y SERVICIOS TUCAN SRL para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en trafico nacional o cabotaje en las rutas y frecuencias que figuran en dicho dispositivo; Que, la empresa TRANSPORTES Y SERVICIOS TUCAN SRL ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial vigente, para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los puertos de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje; Que, TRANSPORTES Y SERVICIOS TUCAN SRL se encuentra debidamente inscrito en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20366386301; Que, mediante Informe Nº 127-2004-MTC/13.02 de la Direccion de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal, asi como del Informe Nº 142-2004-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nº 005-2001MTC, Nº 041-2003-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICAR el Permiso de Operacion a favor de TRANSPORTES Y SERVICIOS TUCAN SRL, otorgado por Resolucion Directoral Nº 176-2003-MTC/13, ampliandola al servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los puertos de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje, en la forma siguiente: TRAFICO SERVICIO : Nacional o cabotaje : Irregular: Entre los puertos de la Hoya Amazonica

SALUD
Designan Director de Proyectos del Programa Nacional de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 692-2004/MINSA MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2004 Visto el Oficio Nº 151-2004-PRONIEM/MINSA y el Memorandum Nº 238-2004-OPP/MINSA; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27876 se modifica la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y establece que los componentes funcionales de los programas del Ministerio de Salud, se asignaran a los organos competentes segun la naturaleza de sus funciones a excepcion del Programa Nacional de Mantenimiento y Equipamiento, que en adelante se denominara Programa Nacional de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; Que se encuentra vacante el cargo de Director de la Direccion de Proyectos del Programa Nacional de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, Nivel F-3, por lo que resulta conveniente designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el articulo 77º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM y el articulo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de Proyectos, Nivel F-3, del Programa Nacional de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 12917

TRANSPORTE : Mixto (carga y pasajeros) Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con la embarcacion denominada M/F Tucan con matricula IQ-21283-MF. Articulo 3º.- La duracion del permiso de operacion tendra la vigencia establecida en la Resolucion Directoral Nº 176-2003-MTC/13, computado a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. La renovacion debera ser solicitada por el recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado, implica la obligacion por parte del titular, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expida sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico.

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