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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2004 (12/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G32/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 12 de julio de 2004 2003-IN-0203 del 21ENE2004 y 2200-2004-IN-0203 del 28ABR2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar ESTIMADO en parte el Recurso de Apelación interpuesto por la E.V.P. D & C PROFESIONAL SECURITY S.A.C., contra la R.D. Nº 3238-2003-IN-1704 del18DIC2003, dejándose sin efecto la parte de la Resolución Di- rectoral Nº 2724-2003-IN-1704/1 del 17OCT2003, que imputa a la empresa no haber comunicado la celebración del contrato deprestación de servicios con ALMACENES MUNDO S.A.; y, que el vigilante Miguel Angel FLORES RAMOS, no cuente con el correspondiente carné de identidad DICSCAMEC, dejando sub-sistente el monto de la multa impuesta por las otras faltas come- tidas, por disponerlo así la escala de multas, aprobada por Resolución Directoral Nº 332-2002-IN-1704 del 2MAY2002,dándose por agotada la vía administrativa. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 12883 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G73/G74/G69/G6D/G61/G64/G6F/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G73/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/GF3/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6D/G75/G6C/G74/G61/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G2D/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G69/G6E/G66/G72/G69/G6E/G67/G69/G72/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1221-2004-IN/1701 Lima, 7 de julio del 2004 Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Guido ZAVALAGA ORTIGOSA, representante de la EMPRE- SA DE TRANSPORTES EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A., contra la R.D. Nº 0368-2004-IN-1704/1 del 12.FEB.2004; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 0368-2004-IN-1704/1 del 12.FEB.2004, se impone multa de una y media (1.5) UIT a la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO CRUZ DEL SURS.A., de conformidad al Art. 95º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, por haber infringido el Art. 90º Inc. a), del mencionado dispositivo legal, al instalar y/o desarrollar unservicio de protección interna, sin contar con la Autorización de Funcionamiento respectiva expedida por la DICSCAMEC; Que, con escrito de fecha 20.FEB.2004, la recurrente interpone Recurso Impugnativo de Apelación contra la R.D. Nº 0368-2004-IN-1704/1 del 12.FEB.2004, sustentando que la persona inspeccionada desempeña funciones de guar-dianía, es decir, brindando servicio de seguridad privada a través de un servicio de protección interna destinada al control de acceso, guardianía y vigilancia en las instalacio-nes por el incremento del accionar delincuencial en la zona; Que, con relación a los argumentos que dan lugar a la im- pugnación formulada por la recurrente, se desprende que hainfringido el Art. 90º Inc. a), del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, al desarrollar por intermedio de su personal actividades de servicios de seguridad privada en la modalidadde Protección Interna, al instalar un servicio de control de acce- sos y vigilancia de sus instalaciones entre otros, sin contar con la respectiva Autorización de Funcionamiento, en consecuenciala multa impuesta se encuentra arreglada a ley; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Aseso- ría Jurídica del Ministerio del Interior; en su Informe Nº 2214-2004-IN/0203 del 14.ABR.2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar DESESTIMADO el Recurso de Apelación interpuesto por la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A., contra la Resolución Direc-toral Nº 0368-2004-IN-1704/1 del 12.FEB.2004, dándose por agotada la vía administrativa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 12882/G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G49/G49/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F /G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1222-2004-IN Lima, 7 de julio del 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confian- za de Asesor II, Nivel F-5 del Despacho Viceministerial del Interior; Que, asimismo, resulta conveniente efectuar la desig- nación correspondiente para la realización de actividades específicas del Despacho Viceministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560 y la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos - Ley Nº 27594 y enel Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, al señor Sócrates Hernán GRILLOBOCKOS, en el cargo público de confianza de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 12880 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G74/G6F/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G61/G7A/G20/G79/G6F/G74/G72/G6F/G73/G2C/G20/G63/G72/G65/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4A/G55/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1223-2004-IN Lima, 7 de julio del 2004 Visto, el Oficio Nº 538-2004-IN/0102 de 5 de julio de 2004, mediante el cual el Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Interior solicita ladesignación del representante del Sector Interior, ante Co- misión Multisectorial de Alto Nivel; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-JUS, del 5 de febrero de 2004, se conformó la Comisión Multisecto- rial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las accio- nes políticas del Estado en los ámbitos de la paz, repara-ción colectiva y la reconciliación nacional, integrada, entre otros, por un representante del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 750-2004-IN de 27 de abril de 2004, se designó al señor abogado Car- los Antonio ROMERO RIVERA, como representante del Ministerio del Interior ante la Comisión Multisectorial de AltoNivel encargada del seguimiento de las acciones y políti- cas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación co- lectiva y la reconciliación nacional, creada mediante De-creto Supremo Nº 011-2004-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1077-2004-IN, del 16 de junio de 2004, se acepta la renuncia del abogadoCarlos Antonio ROMERO RIVERA al cargo de Secretario Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Huma- nos del Ministerio del Interior; Que, en ese sentido, es necesario designar al nuevo re- presentante del Ministerio ante la Comisión Multisectorial se- ñalada en el Primer Considerando de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos;