TEXTO PAGINA: 55
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G35/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 082-MSI, se aprobó el Reglamento de Conformación del Consejo de Coordi- nación Local del distrito de San Isidro; el mismo que esun órgano en coordinación y concertación de esta Corpo- ración Edil; Que, el artículo 22º del mencionado reglamento es- tablece que el Comité Electoral del órgano municipal antes mencionado, deberá estar integrado, entre otros funcionarios, por un asesor del Gerente Municipal; Que, es necesario designar al Asesor de la Gerencia Municipal que formará parte del mencionado Comité Electoral; Estando a las visaciones de la Gerencia Municipal, Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Comu- nicaciones, Participación Vecinal y Proyectos Especia-les; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR como miembro del Comité Electoral del Consejo de Coordinación Local deldistrito de San Isidro, al DR. LUIS ALBERTO MARAVI SAEZ, Asesor I de la Gerencia Municipal de esta Corpo- ración Edil. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría Ge- neral del Concejo la publicación de la presente resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANTONIO UCCELLI RODRÍGUEZ Alcalde (e) 13238 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G54/G61/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20/G4D/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F /G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G20/G61/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G2D/G6E/G65/G64/G61/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA Nº 013-2004-MDSL San Luis, 13 de julio de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordina- ria de Concejo de fecha ...; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades tienen autono-mía política, económica, administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce entreotras, a través de Ordenanzas, las cuales tiene rango de ley, conforme se establece en el numeral 4) del Ar- tículo 200º de la citada Constitución, concordado conel Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, los Artículos 5º y 6º del Decreto Legislativo Nº 776, que aprueba la Ley de Tributación Municipal, esta- blece los Impuestos Municipales dentro de los que se encuentra: el Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala,Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto a las Apues- tas, Impuesto a los Juegos e Impuesto a los Espectácu- los Públicos no Deportivos;Que, de acuerdo con el inciso a) del Artículo 68º de la Ley de Tributación Municipal, las Municipalida-des podrán imponer tasas por Servicios Públicos o Arbitrios, las cuales se pagan por la prestación o man- tenimiento de un servicio individualizado en el contri-buyente; Que, el Artículo 33º del TUO del Código Tributario y su modificatoria aprobada por Decreto Legislativo Nº 953,establece que en los casos de Tributos Administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) será fijada mediante Ordenanza Municipal, la mis-ma que no podrá ser mayor que la establecida por la SUNAT; Que, al ser la Municipalidad Distrital de San Luis, Órgano Administrador de los diversos Tributos señala- dos en los considerandos precedentes, es necesario establecer la Tasa de Interés Moratorio (TIM), para laactualización de los mismos, que se configuran en el devenir del tiempo, básicamente por el no pago de los mismos; Estando a lo dispuesto en el numeral 8 del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de aprobacióndel Acta y POR UNANIMIDAD, el Concejo Municipal de San Luis aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA DE INTERÉS MORATORIO - TIM PARA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Artículo Primero.- Fíjese en uno y cinco décimas por cinco (1.5%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM)aplicable a las Deudas Tributarias en Moneda Nacional, correspondiente a los Tributos administrados por la Mu- nicipalidad Distrital de San Luis. Artículo Segundo.- Establézcase que cuando se pro- duzca variación en la Tasa de Interés Moratorio (TIM) sea en el mismo porcentaje que, para tal efecto fije laSuperintendencia de Administración Tributaria - SUNAT, aplicable a las deudas no canceladas a su vencimiento, generadas por los Tributos Administrados por la Munici-palidad Distrital de San Luis. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Ren- tas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrase, publíquese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 13186 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 16-2004-MDSM San Miguel, 2 de julio de 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELCONSIDERANDO: Que, el 28 de julio de 1821 el General José de San Martín declaró la Independencia del Perú, conmemo- rándose en el presente año el 183º Aniversario de tanmagna fecha; Que, en este sentido, siendo pertinente evocar la His- toria patria y compartir con la población un encuentrocívico que eleve el espíritu para reafirmar el compromiso