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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G32/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de julio de 2004 la cancelación del proceso de selección para la Adquisi- ción del Insumo Leche Fresca UHT Endulzada y Enrique-cida para el Programa del Vaso de Leche del distrito de LaMolina; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 826-2003, del 1 de diciembre del 2003, se designó al Comité Especial que ten-drá a su cargo la organización, conducción y responsabili-dad de la Licitación Pública Nacional para la Adquisiciónde Insumos para el Programa del Vaso de Leche corres- pondiente al año fiscal 2004; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 845-2003, del 18 de diciembre del 2003, se aprobaron las Bases Admi-nistrativas y la Convocatoria de la Licitación Pública Na-cional Nº 0004-2003-CE/MDLM - Adquisición de Insumospara el Programa del Vaso de Leche, proceso que conte- nía cuatro (4) Ítems: Ítem I - Leche Fresca UHT Endulzada y Enriquecida; Ítem II - Leche Evaporada Entera; Ítem III -Cereal Enriquecido e Ítem IV - Alimento Enriquecido Lác-teo; Que, el día 23 de febrero de 2004 se llevó a cabo el acto de público de presentación de propuestas de acuerdo al calendario actualizado del proceso de selección men- cionado; Que, el día 27 de febrero de 2004, el Comité Especial otorgó la Buena Pro en el Ítem III - Cereal Enriquecido a laEmpresa ALIMENTOS PROCESADOS S.A. y declaró de-siertos los Ítems I, II y IV de conformidad con el artículo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 219-2004, del 11 de marzo del 2004, se aprueban las Bases Ad-ministrativas y la Convocatoria de la Adjudicación Di-recta Púb lica Nº 0001-2004-CE/MDLM conteniendo tres (3) Ítems: Ítem I - Leche Fresca UHT Endulzada y Enriquecida; Ítem II - Leche Evaporada Entera e ÍtemIII - Alimento Enriquecido Lácteo, de conformidad conel artículo 16º del Reglamento del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - Ley Nº 26850; Que, el día 26 de marzo del 2004 se llevó a cabo el acto privado de presentación de propuestas de acuerdo al ca-lendario del proceso de selección mencionado; Que, el día 30 de marzo del presente año, el Comité Especial otorgó la Buena Pro en el Ítem II - Leche Evaporada Entera a las Empresas CORLAC S.A. y NIISA CORPORATION S.A. de conformidad con el lite- ral c) del artículo 73º del Reglamento del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado - Ley Nº 26850 y el en Ítem III - AlimentoEnriquecido Lácteo a la Empresa ALIMENTOS PRO-CESADOS S.A., quedando desierto el Ítem I - Leche Fresca UHT Endulzada y Enriquecida por no haber que- dado válida ninguna propuesta de conformidad con elartículo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº26850; Que, de acuerdo al valor referencial declarado desierto el Comité Especial debió proceder a convocar a una Adju- dicación Directa Selectiva de conformidad con las Normasde Contratación y Adquisición del Estado; Que, en el Acta de la Sesión Ordinaria del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, de fe-cha 20 de abril del 2004, se informó que se vienen reali- zando las coordinaciones respectivas con la Directiva Distrital de la Organización del Vaso de Leche para laelección de un insumo complementario en reemplazo dela leche fresca UHT endulzada y enriquecida, debido aque en dos oportunidades dicho Ítem se ha declaradodesierto en los procesos convocados por el Comité Es- pecial; Que, en el Acta de Sesión Ordinaria del Comité de Ad- ministración del Programa del Vaso de Leche, de fecha 25de mayo del 2004, se acuerda realizar las gestiones perti-nentes para adquirir el nuevo insumo requerido por la Or-ganización Distrital del Vaso de Leche, según expediente Nº 4746-2004, el mismo que consiste en una composición de 40% de quinua, 30% de quiwicha, 10% de cebada y20% de avena, para ser combinado con la Leche Evapora-da Entera;Que mediante carta S/N de la Coordinadora Distrital de los Comités de Vaso de Leche de La Molina, de fecha 30de junio del 2004, se señala que en su Asamblea GeneralExtraordinaria del 28 de junio del 2004 se aprobó por una-nimidad solicitar al Comité de Administración del Vaso deLeche la atención con más días de leche evaporada con azúcar, por lo menos de 4 a 6 veces mensuales, debido a que no se podrá atender con el insumo quinua, avena, ce-bada y quiwicha; Que, en el Acta de la Sesión Ordinaria del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, del 30 dejunio del 2004, en base a la documentación remitida por la Organización Distrital del Vaso de Leche y debido a la im- posibilidad de adquirir leche fresca UHT endulzada y enri-quecida así como a no contar con potenciales proveedo-res que suministren el insumo en base a avena, cebada,quinua y quiwicha, acordó solicitar la adquisición de mayorcantidad de Leche Evaporada Entera y de Cereal Enri- quecido para cumplir con los requerimientos de aten- ción del Programa del Vaso de Leche de la MunicipalidadDistrital de La Molina hasta el mes de diciembre del pre-sente año, como con las normas legales pertinentes; Que, el Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, establece que en cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la buena pro, laEntidad convocante puede cancelar dicho proceso, por ra-zones de fuerza mayor, o caso fortuito, cuando desaparez-ca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persis-tiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad; Que, por las consideraciones expuestas, se desprende que ha desaparecido la necesidad de adquirir el insumoleche fresca UHT endulzada y enriquecida, verificándosepor tanto, una de las situaciones previstas en el Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, para que seproceda a la cancelación del citado proceso; Que, la norma antes señalada dispone también que la decisión de cancelar el proceso, deberá realizarse medianteResolución o Acuerdo debidamente sustentado, del mis- mo o superior nivel de aquel que dio inicio al expediente de adquisición o contratación; Que, el Artículo 21º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850,señala que la decisión de cancelar un proceso de selec-ción deberá ser comunicado dentro del día siguiente y por escrito al Comité Especial, el que a su vez, deberá comu- nicar dicha decisión a todos los Adquirientes de las Bases,igualmente la Resolución deberá ser publicada por una solavez en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5)días de emitida la Resolución; De conformidad con lo establecido en el artículo 20º, de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y por lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850,aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, y su Regla-mento aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- CANCELAR el Proceso de Adjudi- cación Directa Pública Nº 0001-2004-CEP/MDLM - Ítem Iconvocada para la Adquisición de Leche Fresca UHT En-dulzada y Enriquecida, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER se ponga en conoci- miento del Comité Especial, la presente resolución y sepublique en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazode Ley. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Ad- ministración, a través de la Subgerencia de Tesorería, que- da encargada de reintegrar a los Adquirientes de Basesdel Proceso, el costo de la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 13840