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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G39/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 7 de junio de 2004 Por las consideraciones expuestas, en Sesión Ordina- ria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes,en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Or- gánica de Municipalidades y demás normas legales afi- nes, el Concejo de la Municipalidad Provincial de Sechu-ra; ACUERDA:Artículo 1º.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE UR- GENCIA la adquisición de los insumos para el Progra-ma del Vaso de Leche por los meses de enero a mayo de 2004, en consecuencia exonérese de proceso de selec- ción su adquisición. Artículo 2º.- ENCARGAR al Comité Especial de Ad- quisiciones de los Insumos para el Programa del Vaso de Leche, la compra de los insumos correspondiente alos meses de enero a mayo conforme al requerimiento detallado en el Informe Nº 031-2004-MPS/SG.VLyAA; debiendo regirse su adquisición por lo establecido en elartículo 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- Dar cuenta del presente Acuerdo a la Contraloría General de la República, CONSUCODE, alos miembros del Comité Especial, Subgerencia de Vaso de Leche y Asistencia Alimentaria y a las demás Geren- cias y Subgerencias que corresponda, para los finespertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUSTO ECHE MORALES Alcalde 10743 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 131-2004-MPS/A Sechura, 19 de mayo de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SECHURA VISTO:El Informe Nº 012-2004-MPS-CEA/VL de fecha 18 de mayo de 2004, remitido por el Presidente del Comité Es-pecial de Adquisiciones para los Insumos del Programa Vaso de Leche y, la absolución del traslado corrido a la Empresa CORLAC S.A., sobre Interposición de Recursode Apelación contra el Proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 001-2004-MPS/CE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 04153 de fecha 12 de mayo de 2004, COMERCIAL ROMERO Y PALACIOS, con RUC. Nº 1002647325, representada por la Sra. América Palacios Navarro, con DNI Nº 02647325,dentro del plazo de ley, interpone Recurso de Apelación contra el Proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 001- 2004-MPS/CE; Que conforme al cronograma establecido en el aviso de convocatoria de la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2004-MPS/CE, publicada el 7 de abril de 2004 en elDiario Oficial El Peruano, con fecha 5 de mayo de 2004 se llevó adelante la apertura de sobres, evaluación de propuestas y otorgamiento de la buena pro, con el obje-to de adquirir los insumos necesarios para el Programa del Vaso de Leche. Resultando ganador para el Ítem Nº 01, leche evaporada en lata, la Empresa G & D Corpora-ción de Negocios Lácteos - CORLAC S.A.;Que con fecha 12 de mayo de 2004, la Sra. América Palacios Navarro, interpone Recurso de Apelación con-tra el Otorgamiento de la Buena Pro a favor de la Empre- sa CORLAC S.A., por considerar que dicho proceso de selección había contravenido lo dispuesto en los artícu-los 57º y 25º del Reglamento de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, en aplicación de lo establecido en el artículo 170º del precitado Reglamento, se corrió traslado al Pos- tor Ganador de la Buena Pro, empresa CORLAC S.A., quien dentro del plazo de ley procedió a efectuar lacorrespondiente absolución del traslado; Que, en estricto cumplimiento de lo estipulado por el artículo 91º del D.S. Nº 013-2001-PCM, que señala quecuando se hubiese previsto en las bases la realización de acto público para el otorgamiento de la Buena Pro, éste se regirá por lo previsto en el artículo 71º delReglamento y, que en caso de que el otorgamiento se realice mediante acto privado, la notificación se efectua- rá por escrito; El Comité Especial, en aras de cumplircon las formalidades exigidas, mediante Oficio Múltiple Nº 026-2004-MPS/C procedió a notificar los resultados obtenidos en el Proceso de Adjudicación Directa Públi-ca Nº 001-2004-MPS/CE. Hecho que no ha constituido un acto determinante y de ninguna manera ha enervado el derecho de los postores participantes a interponer losrecursos impugnativos que estimasen pertinentes, máxi- me si a la fecha el recurso de apelación planteado por la recurrente se encuentra siendo tramitado, suspen-diéndose los efectos del Otorgamiento de la Buena Pro. Por lo que en consecuencia la imputación formulada por la recurrente al respecto, deviene en infundada; Que efectuada la revisión del Acta suscrita por los miembros del Comité Especial y los representantes de las empresas postoras, se ha constatado la no presen-cia del Juez de Paz durante la realización del referido proceso de selección, pese a haber sido debidamente invitado. Por lo que en ese sentido considerando lo esti-pulado en el artículo 57º del referido D.S. Nº 013-2001- PCM, que señala que los actos de presentación de pro- puestas y otorgamiento de la Buena Pro son formales yse realizan con en presencia del Comité Especial y, sal- vo las excepciones previstas en el Reglamento, con la presencia del Notario Público o Juez de Paz, según seael caso; la imputación formulada en este extremo por la recurrente deviene en fundada; Estando al mérito de lo expuesto, en aplicación de lo estipulado por el artículo 166º y ss. del D.S. Nº 013-2001- PCM, con el visto de conformidad del Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, y de conformidad con las facultadesconferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR FUNDADO EN PARTE, el Recurso de Apelación Interpuesto por COMERCIAL RO-MERO Y PALACIOS, representada por la Sra. América Palacios Navarro, en consecuencia DECLÁRESE LA NU- LIDAD DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DIRECTAPÚBLICA Nº 001-2004-MPS/CE. Artículo 2º.- ENCARGAR al Comité Especial de Ad- quisiciones para los Insumos del Programa Vaso de Le-che, proceder a convocar a nuevo proceso de selección dentro del plazo de ley. Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente Resolución a todos los postores participantes, conforme a lo prescrito en el artículo 24º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo 4º.- Dar cuenta a los miembros del Comité especial, Subgerencia de Vaso de Leche y Asistencia Alimentaria, a la Oficina de Auditoría Interna, a la Ofici- na de Asesoría Legal y a las demás Gerencias y Subge-rencias que corresponda, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.JUSTO ECHE MORALES Alcalde 10744