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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G39/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 7 de junio de 2004 las disposiciones de la Resolución de Superintendencia Nº 111-2004/SUNAT relacionadas con la declaración ypago del referido impuesto; En uso de las atribuciones conferidas por los Artícu- los 29º y 88º del Texto Único Ordenado del Código Tribu-tario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, el Artículo 8º de la Ley Nº 28211 y el inciso q) del Artículo 19º del Reglamento de Organi-zación y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Definiciones Para los efectos de la presente resolución, se enten- derá por: a) IVAP :Al Impuesto a la Venta de Arroz Pilado, creado por la LeyNº 28211. b) Ley del IVAP : A la Ley Nº 28211. c) Ley del IGV e ISC : Al Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selec- tivo al Consumo, aprobado porDecreto Supremo Nº 055-99- EF y normas modificatorias. d) PDT : Al Programa de Declaración Telemática, sistema informáti- co desarrollado por la SUNAT para la elaboración y presen-tación de las declaraciones a través de formularios virtuales en reemplazo de los formula-rios físicos. e) Declaración : A la declaración determinati- va mensual del IVAP. f) SUNAT Virtual : Al portal de la SUNAT en In- ternet, cuya dirección es: http:/ /www.sunat.gob .pe Artículo 2º.- Declaración y pago del IVAP Los sujetos del IVAP deberán presentar la Declara- ción y efectuar el pago de dicho impuesto de la siguiente manera: a) Los deudores tributarios obligados a presentar sus declaraciones determinativas mediante el PDT, emplearánel PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621 - versión 4.0. b) Los deudores tributarios no obligados a presentar sus declaraciones determinativas mediante el PDT, po- drán optar por presentar la Declaración y efectuar el pago del IVAP empleando el Formulario Nº 188 ó el PDT IGV- Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621 - versión 4.0. Sin perjuicio de lo indicado en el literal b) del presen- te artículo, los sujetos del IVAP que además sean suje- tos del IGV y cuenten con Saldo a Favor del Exportador compensable con el IVAP, sólo podrán presentar la De-claración empleando el PDT IGV - Renta Mensual, For- mulario Virtual Nº 621 - versión 4.0. Artículo 3º.- IVAP pagado en la importación No deberá incluirse en la Declaración, el IVAP co- rrespondiente a las operaciones de importación, liquida-do en la Declaración Única de Aduanas, Declaración de Importación Simplificada o Liquidación de Cobranza, según corresponda. Artículo 4º.- Lugar de presentación de la Declara- ción y de pago del IVAP La presentación de la Declaración y el pago del IVAP se efectuará en los lugares que se indican a continua-ción: a) Tratándose de Principales Contribuyentes, en los lugares fijados por la SUNAT para efectuar la declara- ción y pago de sus obligaciones tributarias.b) Tratándose de Medianos y Pequeños Contribuyen- tes, en las sucursales o agencias bancarias autorizadas,o a través de SUNAT Virtual. Artículo 5º.- Declaraciones sustitutorias o rectifi- catorias Las Declaraciones sustitutorias o rectificatorias se presentarán teniendo en cuenta lo siguiente: a) Si la Declaración original se presentó utilizando el PDT, la Declaración sustitutoria o rectificatoria deberáefectuarse a través de dicho medio. b) Si la Declaración original se presentó utilizando el Formulario Nº 188, el deudor tributario podrá optar porpresentar su Declaración sustitutoria o rectificatoria me- diante otro Formulario Nº 188 o empleando el PDT. En ambos casos, se deberá consignar nuevamente todoslos datos, tanto los que se sustituyen o rectifican como aquellos que no se desea sustituir o rectificar. A partir de la fecha en que se opte por presentar la Declaración sustitutoria o rectificatoria utilizando el PDT, las siguientes declaraciones determinativas que se pre-senten a la SUNAT deberán ser elaboradas utilizando este medio. Artículo 6º.- Normas aplicables a la declaración y pago del IVAP En lo no previsto por la Ley del IVAP o la presente resolución para la declaración y el pago del IVAP, será de aplicación lo dispuesto por los Artículos 30º y 32º de la Ley del IGV e ISC y sus normas reglamentarias, asícomo por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 100-97/SUNAT, 002-2000/SUNAT, 109-2000/SUNAT, 129-2002/SUNAT, 062-2003/SUNAT, 192-2003/SUNAT ydemás normas relacionadas con la manera en que los deudores tributarios deben cumplir sus obligaciones tri- butarias con la SUNAT. Artículo 7º.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Aprobación del Formulario Nº 188 y de la nueva versión del PDT IGV - Renta Mensual, For-mulario Virtual Nº 621 Apruébese: a) La versión 4.0 del PDT IGV - Renta Mensual, For- mulario Virtual Nº 621, la cual se pondrá a disposición de los deudores tributarios en SUNAT Virtual a partir deldía siguiente al de la publicación de la presente resolu- ción. b) El Formulario Nº 188, el cual será distribuido gra- tuitamente a través de las entidades bancarias autoriza- das y las dependencias de la SUNAT. Segunda.- Vigencia de la versión 3.9 del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621 Manténgase la vigencia de la versión 3.9 del PDT IGV- Renta Mensual, Formulario Virtual Nº 621, apro- bada por la Resolución de Superintendencia Nº 026- 2004/SUNAT, la cual podrá seguir siendo utilizada porlos deudores tributarios que no realicen operaciones afectas al IVAP. Tercera.- Declaración incompleta Para efecto de la aplicación del Artículo 6º de la Re- solución de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT, la De-claración presentada mediante el Formulario Nº 188 se considerará incompleta cuando no exista información en la casilla correspondiente a la base imponible. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional