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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (07/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G39/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 7 de junio de 2004 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G74/G75/G74/G6F/G20/G79 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G54 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 138-2004/SUNAT Lima, 4 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que el inciso e) del Artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 673, establece que el Estatuto y Reglamento del Fon- do de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, serán aprobados porResolución del Superintendente Nacional de Admi- nistración Tributaria; Que asimismo, el inciso d) del Artículo 13º del Decre- to Legislativo Nº 680, establece que el Estatuto y Regla- mento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, serán aprobados porResolución de Superintendencia; Que mediante Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM, se dispuso la fusión por absorción de la SUNAT conADUANAS, correspondiendo a la primera la calidad de entidad incorporante; Que por su parte, el Decreto Supremo Nº 003-2003- PCM, precisó que la fusión de ADUANAS y la SUNAT implica también la fusión de los Fondos de Empleados de ambas entidades; Que el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 003-2003- PCM, establece que mediante Resolución de Superin- tendencia se aprobarán las normas que fueran necesa-rias para la correcta implementación de lo dispuesto en el mismo; Que en ejercicio de dicha atribución, mediante Resolución de Superintendencia Nº 096-2003/SUNAT, se aprobaron el Estatuto y Reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Adminis-tración Tributaria - FESUNAT; Que asimismo, mediante Resolución de Superinten- dencia Nº 106-2004/SUNAT, se declaró culminado el pro-ceso de fusión de los Fondos de Empleados de la SU- NAT y la ex ADUANAS, estableciéndose que su conduc- ción estará a cargo de un Comité Administrador Transi-torio hasta la elección de los nuevos representantes de los trabajadores, la cual deberá culminarse antes del 31 de diciembre de 2004; Que el Artículo 4º de la mencionada Resolución de Superintendencia Nº 106-2004/SUNAT, designa como in- tegrantes del Comité Administrador Transitorio del FESU-NAT a cuatro (4) representantes institucionales; Que asimismo, el Artículo 5º de la referida Resolu- ción de Superintendencia Nº 106-2004/SUNAT, precisaque los cuatro (4) representantes de los trabajadores ele- gidos para los Comités Especiales de los Fondos de Empleados de la SUNAT y la ex ADUANAS, continuaránejerciendo dicha representación ante el Comité Admi- nistrador Transitorio del FESUNAT; Que el Artículo 17º del Estatuto del FESUNAT, así como el Artículo 9º de su Reglamento, establecen que para que el Comité de Administración pueda sesionar se requiere de la presencia de por lo menos seis (6) desus integrantes, exigiendo la presencia mínima de tres (3) representantes de los trabajadores; Que se ha evidenciado la reiterada inasistencia por parte de algunos de los representantes de los trabajado- res a las sesiones convocadas, lo que viene generando graves perjuicios al funcionamiento del FESUNAT, ya queimpide que el Comité Administrador Transitorio sesione válidamente y adopte los acuerdos propios de su com- petencia; Que considerando la problemática expuesta, y a fin de permitir el adecuado funcionamiento de dicho Fondo de Empleados, materializado en la toma de decisionesoportunas, resultan necesarias las modificaciones delArtículo 17º de su Estatuto y del Artículo 9º de su Regla- mento; En uso de las facultades conferidas en los incisos u) y v) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 17º del Estatuto del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacionalde Administración Tributaria - FESUNAT, de acuerdo al Anexo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Modificar el Artículo 9º del Reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria - FESUNAT, de acuerdo al Anexo Nº 2 de la presente Resolución. Artículo 3º.- Precísase que las modificaciones a que se refieren los Artículos 1º y 2º de la presente Resolu- ción, serán de aplicación, inclusive, al Comité Adminis-trador Transitorio del FESUNAT, a que se refiere la Re- solución de Superintendencia Nº 106-2004/SUNAT. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 10768 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G69/G2D /G63/G72/G6F/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G63/G61/G6D/G69/G6E/G6F/G73/G20/G72/G75/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G50/G52/G4F/G2D/G56/GCD/G41/G53/G20/G52/G55/G52/G41/G4C/G20/G61/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0272-2004-REGIÓN ANCASH/ PRE Huaraz, 20 de mayo de 2004 Visto, el Memorándum Nº 776-2004-REGIÓN AN- CASH/GRI, Sobre exoneración de procesos de selec-ción para Contratación de Empresas para Mantenimien- to de Caminos Rurales - PROVÍAS; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 088-2003-PCM se aprobó la Transferencia del Mantenimiento Rutinario de Caminos Departamentales del PROVÍAS RURAL delMinisterio de Transportes y Comunicaciones a cuatro Go- biernos Regionales; entre ellos al Gobierno Regional Ancash; Que en el Programa de Mantenimiento Rutinario de Caminos Departamentales programado para el ejercicio 2003, PROVÍAS RURAL ha venido ejecutando el mante-nimiento rutinario de los siguientes caminos departamen- tales de la Región Ancash: Pomachaca-Huaytuna, con una longitud de 8.49 km.; San Marcos-Pomachaca-Huari, conuna longitud de 32.64 km.; Huari-San Luis (km 109+543- 140+003), con una longitud de 30.46 km, ubicados en la provincia de Huari; Huari-San Luis (km 140+003-171+313), con una longitud de 31.31km ubicado en la pro- vincia de C.F. Fitzcarrald; Aczo Llamellín, con una longi- tud de 15.75 km., ubicado en la provincia de Antonio Ra-ymondi; mediante contratos suscritos con las Asociacio- nes Civiles de Mantenimiento Víal: VALLE PUCHKA, RIO MOSNA, VALLE DE COLCAS, LAGUNA DE HUACHU-