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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G32/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de junio de 2004 hace saber la relación de los representantes electos ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; Que, esta Corporación considera necesario legitimar a los representantes electos ante el Consejo de Coordina- ción Local Distrital ante la Municipalidad Distrital de La Perla,reconociendo la importancia de las propuestas de las or- ganizaciones de la comunidad para fortalecer los meca- nismos de participación y las prácticas democráticas de laciudadanía organizada; De conformidad con los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo20º de la Ley Nº 27972 -Nueva Ley Orgánica de Municipa- lidades-; SE DECRETA: Artículo Primero.- Reconocer a los representantes electos de las Organizaciones de la Sociedad Civil como miembros elegidos ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de La Perla que a con-tinuación se señala: 1. Señor HECTOR ELIAS OCHOA SALAZAR, identifi- cado con D.N.I. Nº 25654634, representante de la Organi- zación “Unión de Instituciones Vecinales de Viviendas y Organizaciones Representativas de La Perla - UIVORPE -”. 2. Señor JOSE ELADIO BARRERA ÑIQUEN, identifi- cado con D.N.I. Nº 25650054, representante de la Organi-zación “Frente de Integración Nacional de Asociaciones Laborales y Pymes - FINALAP -”. 3. Señor EDGAR DUCHE ESPINOZA, identificado con D.N.I. Nº 25803093, representante de la Organización “Ins- tituto Nacional para el Desarrollo Social - INNADES -“. 4. Señor PELAYO FELICIANO ALTAMIRANO GAMA- RRA, identificado con D.N.I. Nº 25760307, representante de la Organización “Asociación de Comerciantes del Mer- cado de La Perla Nº 012 - ACOMERPE -“. Artículo Segundo.- Encargar al Comité Electoral de- signado para el Proceso de Elección de los Representantesde la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Lo- cal Distrital de la Municipalidad Distrital de La Perla, proce- der a proclamar, entregar credenciales y tomar juramentocomo representantes elegidos como organizaciones repre- sentantes de la Sociedad Civil. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Servicios Sociales y al Comité Electoral designado, el cumplimiento del presente Decreto. Así mismo, encargar a la Gerencia de Servicios Sociales para que a través de la Oficina deParticipación Vecinal publique y difunda mediante carteles en lugares visibles de la Municipalidad y en lugares públi- cos del distrito el resultado del proceso electoral de losrepresentantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local de la Municipalidad Distrital de La Per- la, para el período 2004 - 2005; Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Secreta- ría General la publicación del presente Decreto en el diario de mayor circulación de la Provincia Constitucional delCallao. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 11027 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G61 /G61/G64/G6F/G6C/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 097-2004-MDLP-ALC La Perla, 27 de abril del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Visto, el Informe Nº 53-2004-SG DEMUNA-GSS-MDLP presentado por la Subgerencia de DEMUNA de fecha 5.4.04donde solicita la regulación para la emisión de autorizacio-nes para el trabajo de adolescentes en el distrito de La Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece “Las Municipalidades Provinciales y Distritalesson los Órganos de gobierno local, tienen autonomía polí- tica, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia, concordante con el artículo II del Título Prelimi-nar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, de conformidad con el artículo 84º incisos 2.4), 2.9), 3.1) de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecela defensa, protección y promoción de derechos del niño y del adolescente; Que, la Convención sobre los derechos del niño, estable- ce en su artículo 32º, el derecho a estar protegido contra la explotación económica, contra el desempeño de cualquier trabajo que ponga en peligro su vida, o entorpecer su edu-cación, o sea nocivo para su desarrollo físico, mental, es- piritual, moral o social; Que, el artículo II del Código del Niño y del Adolescen- te, Ley Nº 27377 establece que toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Gobierno Re-gional, Gobierno Local se considerará el Principio del Inte- rés Superior del Niño y del Adolescente; Que, de conformidad a las facultades conferidas por el artículo 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Se autoriza a la Subgerencia de Defensoría Municipal del Niño y Adolescente llevar el Re- gistro de Adolescentes trabajadores del distrito de La Per- la. Artículo Segundo.- Autorizar a la Subgerencia de De- fensoría Municipal del Niño y del Adolescente emitir las autorizaciones para el Adolescente trabajador. Artículo Tercero.- Apruébese como requisito para la autorización: - Autorización de los padres (padre o madre), tutores o responsables por escrito. - Certificado Médico, expedido por el Centro de Salud, o Municipalidad, expendio gratuito. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Servicios Sociales, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Secreta- ría General la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 11028 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G54/G61/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20/G4D/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G28/G54/G49/G4D/G29 /G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G20/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G6F/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2004/MDV-ALC Ventanilla, 2 de junio de 2004 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Ordinaria del 2 de junio del 2004, el Informe Nº 126-2004/MDV-GR, emitido por la Gerencia de Rentasel 1 de junio del 2004, mediante el cual se solicita la apro- bación de la Tasa de Interés Moratorio (TIM), aplicable a